Una de las mayores preocupaciones de las personas al quedarse sin trabajo es la posibilidad de perder su servicio de salud. La incertidumbre sobre cómo reaccionar ante una emergencia médica durante el periodo de desempleo genera una gran inquietud.
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Cuando una persona tiene empleo, los pagos a la EPS en Colombia, son cubiertos en parte por la empresa en la que labora. En el caso de contratos por prestación de servicios, se destina un porcentaje de los ingresos del empleado para pagar las prestaciones obligatorias, que incluyen salud y pensión.
¿Qué pasa con la EPS cuando una persona queda sin trabajo?
De acuerdo con el Ministerio de Salud, una vez la persona deja de laborar y de cotizar, puede seguir utilizando los servicios durante 30 días. Este tiempo se cuenta desde el momento en que finaliza el contrato con la empresa, o cuando se deja de ser cotizante.
Caber recordar, si la persona tiene beneficiarios registrados en su EPS, como su núcleo familiar directo, estos también tendrán acceso a los servicios de salud. El tiempo para los familiares es también de 30 días posteriores a la finalización del contrato laboral.
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¿Qué pasa si la persona ha cotizado durante más de cinco años?
En el caso de personas que hayan cotizado durante al menos cinco años consecutivos, tienen derecho a recibir los servicios de salud por un periodo de tres meses, una vez dejen de cotizar, es decir, que continúa afiliado a la EPS en Colombia por un tiempo.
Protección al cesante
Otra opción disponible para quienes pierden su empleo es el mecanismo de Protección al Cesante. En este caso, las cesantías acumuladas durante el tiempo laborado pueden ser utilizadas para cubrir el costo del servicio de salud. Para acceder a esta protección, el trabajador debe estar inscrito en la Red de Servicios de Empleo y haber terminado formalmente su vínculo laboral.
Este beneficio permite que el ciudadano tenga el servicio de salud por un máximo de seis meses, durante los cuales las cesantías son utilizadas para realizar los pagos correspondientes.
Régimen subsidiado
En caso de que las cesantías no sean suficientes o no se cuente con este beneficio, existe la posibilidad de ingresar al régimen subsidiado.
Para ello, el ciudadano debe estar clasificado en las categorías A, B o C del Sisbén y hacer la solicitud correspondiente con su EPS para ser atendido bajo este régimen.
Aunque perder el empleo puede generar angustia respecto al servicio de salud, el sistema colombiano ofrece varias alternativas que permiten a los ciudadanos continuar con su atención médica, garantizando el acceso a la salud como un derecho fundamental.
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