El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0742 de 2026, la primera reglamentación integral sobre el cierre de minas en Colombia, estableciendo un marco integral para que toda actividad minera concluya bajo criterios de sostenibilidad ambiental, protección de los derechos laborales, responsabilidad financiera y participación de las comunidades.
Únete a nuestro canal de WhatsApp + ¡Síguenos en Google News!
La norma establece que el cierre de las operaciones mineras será una etapa obligatoria dentro del ciclo de vida de cada proyecto, con el objetivo de garantizar la protección del ambiente, los derechos de los trabajadores y el desarrollo sostenible de los territorios.
Razón por la cual las disposiciones relacionadas con el cierre de minas deben propender por la debida consideración de los impactos laborales derivados del cese de las operaciones mineras y por la protección de los derechos de los trabajadores vinculados a dicha actividad económica.
Página 1. Decreto 0742 de 2026.
El decreto fija lineamientos administrativos, técnicos, sociales, laborales, ambientales y financieros que deberán aplicarse desde la etapa de explotación hasta el seguimiento posterior al cierre.
Además, contempla diferentes modalidades de cierre, entre ellas el progresivo, temporal, anticipado, final y un cierre técnico gradual dirigido a la pequeña minería y a los procesos de formalización.
Según el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, la medida busca saldar una deuda histórica del país al convertir el cierre de minas en una responsabilidad integral con los trabajadores, las comunidades y los territorios, evitando que las operaciones dejen pasivos ambientales o sociales.
''Con este decreto Colombia salda una deuda histórica con el país. El cierre de una mina se convierte en una responsabilidad integral con los trabajadores, las comunidades y los territorios. La transición energética justa también significa garantizar que ningún proyecto abandone pasivos ambientales o sociales, sino que deje oportunidades para el desarrollo sostenible''.
Afirmó.
Gobierno reglamenta por primera vez el cierre integral de minas en Colombia
Uno de los principales cambios de la reglamentación es la inclusión de medidas para proteger a los trabajadores durante el cierre de las operaciones.
Es decir, la norma exige planes de transición laboral, procesos de concertación con organizaciones sindicales, programas de reconversión productiva, capacitaciones con el SENA y mecanismos que garanticen el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social.
El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, destacó que, por primera vez, una reglamentación sobre cierre minero incorpora de manera expresa la protección de los derechos laborales y mecanismos de acompañamiento para facilitar una transición justa.
''Por primera vez una reglamentación de cierre minero incorpora de manera expresa la protección de los derechos laborales. Garantizamos mecanismos de transición laboral, reconversión productiva, acompañamiento institucional y vigilancia para que las y los trabajadores sean protagonistas de una transición justa y no las principales víctimas del cierre de una operación minera''.
Manifestó.
Asimismo, el decreto establece que las áreas donde finalice la actividad minera podrán destinarse a proyectos de restauración ecológica, conservación de la biodiversidad, producción agropecuaria sostenible, generación de energías renovables, turismo e infraestructura comunitaria, entre otros usos compatibles con el desarrollo territorial.
Con esta reglamentación, el Gobierno busca fortalecer la gobernanza del sector minero, brindar mayor seguridad jurídica a los proyectos y promover un modelo de minería responsable que incorpore el cierre como parte fundamental de la transición energética y el desarrollo sostenible del país.















