La Secretaría de Movilidad Cali ya tiene listo el borrador del decreto de la medida del Pico y Placa que se implementará durante el segundo semestre del año.
De acuerdo con la entidad, este documento ya está disponible para la consulta ciudadana.
Cabe destacar que, por medio de este decreto se adoptarán medidas de carácter temporal para el mejor ordenamiento del tránsito de vehículos automotores por las vías del Distrito.
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El borrador publicado por la Secretaría de Movilidad indica que la medida se implementaría a partir del 1 de julio hasta el 31 de diciembre y aplicaría para los vehículos de servicio particular de toda clase.
“La restricción contenida en el presente artículo implica la prohibición de circulación de dichos vehículos en el perímetro urbano de Santiago de Cali dentro del periodo de tiempo comprendido entre las 06:00 a.m. hasta las 07:00 p.m., del día, tomando como referencia el último dígito de la placa”.
Secretaría de Movilidad de Cali.
Así quedaría la rotación semanal del Pico y Placa en Cali:
Día de la semana | Último dígito de la placa |
Lunes | 7 y 8 |
Martes | 9 y 0 |
Miércoles | 1 y 2 |
Jueves | 3 y 4 |
Viernes | 5 y 6 |
Según la autoridad de movilidad, la restricción establecida en el presente artículo aplica igualmente a los vehículos que ingresan y/o salen del perímetro urbano del Distrito de Santiago de Cali desde y hacia el resto del país.
“La restricción de tránsito establecida en este artículo no aplica para los días sábados, domingos y feriados establecidos por la ley o cuando excepcionalmente lo establezca la autoridad competente”.
Es preciso recordar que, durante el periodo comprendido entre 01 al 05 de julio de 2024 las medidas adoptadas en el decreto serán de carácter pedagógico.
¿Qué vehículos se exceptúan de la restricción del Pico y Placa en Cali?
- Todos los Vehículos con placas oficiales
- Los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible Eléctrico, Gasolina/Eléctrico o Diésel/Eléctrico.
- Los vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco (5) toneladas según su licencia de tránsito.
- Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida mediante el Acuerdo Municipal No 0563 del 2023 o la norma que le modifique.
- Las motocicletas.
Finalmente, las sugerencias y comentarios ciudadanos pueden ser enviados al correo electrónico oficial movilidad@cali.gov.co, hasta el 23 de junio.
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