Servicios legales y trámites

¿Una propiedad horizontal puede prohibir las rentas cortas? Esto explica un abogado experto

Este tipo de servicio requiere de unas confirmaciones previas por parte de las mismas aplicaciones y el reglamento interno del inmueble.

¿Una propiedad horizontal puede prohibir las rentas cortas? Esto explica un abogado experto
Montaje realizado por 90minutos.co / Imágenes tomadas de Unsplash.

Este tipo de servicio requiere de unas confirmaciones previas por parte de las mismas aplicaciones y el reglamento interno del inmueble.

Compartir

El auge de las plataformas de alojamiento turístico ha impulsado el crecimiento de las rentas cortas en Colombia. Sin embargo, muchos propietarios desconocen que vivir en un edificio o conjunto residencial bajo el régimen de propiedad horizontal puede implicar restricciones para desarrollar esta actividad.

De acuerdo con el abogado experto en temas inmobiliarios Julián Millán, sí es posible que una administración o el reglamento de propiedad horizontal prohíban que un apartamento sea utilizado para alquileres de corta duración o vivienda turística.

Únete a nuestro canal de WhatsApp + ¡Síguenos en Google News!

El reglamento puede establecer restricciones

Según explicó Millán, una de las situaciones más comunes ocurre cuando el propietario decide ofrecer su inmueble en plataformas de hospedaje temporal y comunica su intención a la administración del edificio.

En ese momento, la administración puede informarle que no está autorizado para hacerlo si el reglamento de propiedad horizontal prohíbe expresamente este tipo de actividad.

"La respuesta concreta es sí", afirmó el abogado, al referirse a la posibilidad de que existan limitaciones para desarrollar rentas cortas dentro de una copropiedad.

Lea además: ¿Es necesario contar con un abogado en el proceso de divorcio? Experta explica

También hay controles durante el registro

El experto explicó que existe un segundo escenario, que ocurre cuando el propietario realiza el trámite para obtener el Registro Nacional de Turismo (RNT), requisito obligatorio para ofrecer este tipo de alojamiento.

Durante el proceso de inscripción, el sistema solicita información sobre si el inmueble pertenece a una propiedad horizontal y pregunta si el reglamento del edificio autoriza el desarrollo de rentas cortas o viviendas turísticas.

De esta manera, no solo la administración puede advertir la restricción, sino que el propio proceso de registro exige verificar si la actividad está permitida.

casa
Exclusiva para 90minutos.co

La importancia de revisar el reglamento

Para Julián Millán, antes de invertir en un inmueble con la intención de destinarlo al alquiler turístico es fundamental leer cuidadosamente el reglamento de propiedad horizontal.

Aunque una persona sea propietaria de su apartamento, ello no significa que pueda darle cualquier uso. Las normas internas de la copropiedad pueden establecer restricciones que todos los residentes deben respetar.

Por ello, el abogado recomienda verificar previamente si el edificio permite las rentas cortas y, en caso de existir dudas, consultar con la administración o buscar asesoría jurídica. De esta manera se evitan inconvenientes posteriores y posibles sanciones derivadas del incumplimiento del reglamento de propiedad horizontal.

apartamentos en zona residencial.
Exclusiva para 90minutos.co / Antonio Tamayo.

Artículo relacionado

Sigue nuestras redes sociales:

Lee más noticias

Nuestro Derecho

¿Declarar renta significa pagar impuestos? Estas son las dudas más frecuentes de los colombianos

Una experta tributaria aclaró las principales dudas sobre declaración de renta, impuestos y obligaciones fiscales en Colombia.

Una experta tributaria aclaró las principales dudas sobre declaración de renta, impuestos y obligaciones fiscales en Colombia.

Compartir

Los temas relacionados con impuestos, declaración de renta y obligaciones tributarias suelen generar incertidumbre entre los colombianos. Muchas personas desconocen cuándo deben declarar, cuáles son sus responsabilidades ante la autoridad tributaria y qué consecuencias puede traer el incumplimiento de estas obligaciones.

Únete a nuestro canal de WhatsApp + ¡Síguenos en Google News!

La abogada experta en derecho tributario, Lina Toro, explicó que en Colombia las personas jurídicas están obligadas a presentar declaración de renta, mientras que las personas naturales deben hacerlo cuando superan ciertos topes establecidos cada año por el Gobierno Nacional.

Te lo explico: Retiro de cesantías
Pixabay

Estos límites están relacionados con aspectos como patrimonio, ingresos, consumos, movimientos bancarios y uso de tarjetas de crédito.

“Las personas naturales están obligadas a declarar siempre que superen ciertos topes establecidos anualmente por el Gobierno Nacional, que tienen que ver con patrimonio, ingresos, consumos, tarjetas de crédito y consignaciones bancarias”

Señaló la experta, Lina Toro, abogada socia / Fonte Taxes y Directora del Área de Impuestos.
personas exentas declaración renta
Tomado de Unsplash.

Lea también: ¿Qué tan peligroso es el 'Cinturón de fuego del Pacífico' para Colombia?

Errores comunes y recomendaciones para emprendedores

Según Lina Toro, uno de los errores más frecuentes entre emprendedores y pequeños empresarios es iniciar actividades económicas sin conocer cuáles impuestos les aplican o cuáles obligaciones deben cumplir.

“Es importante que se empiecen a asesorar para que esos impuestos los puedan considerar en su sistema de costos”

Indicó Lina Toro, abogada socia / Fonte Taxes y Directora del Área de Impuestos.

Otro de los mitos más comunes es creer que declarar renta significa necesariamente pagar impuestos. Sin embargo, la especialista aclaró que esto no siempre ocurre.

Declaración de renta 2025 en Colombia.
Tomado de: Pexels

“No necesariamente. Los topes que se establecen para presentar la declaración no implican automáticamente una obligación de pago”

Explicó Lina Toro, abogada socia / Fonte Taxes y Directora del Área de Impuestos.

Agregó que algunas personas ya han cubierto total o parcialmente el impuesto mediante retenciones en la fuente e incluso podrían obtener saldos a favor.

Finalmente, recomendó a emprendedores y pequeños empresarios revisar qué impuestos les corresponden, verificar si pueden acogerse al régimen simple de tributación y mantener un adecuado control de todas sus operaciones para evitar sanciones e intereses por incumplimientos.

Artículo relacionado

Sigue nuestras redes sociales:

Lee más noticias

Servicios legales y trámites

¿Qué cambiará con el Sisbén? ajustes se aplicarán desde julio

El proceso de empalme e implementación del nuevo sistema tendrá una duración de dos años.

¿Qué cambiará con el Sisbén? ajustes se aplicarán desde julio
Tomado de Sisben.

El proceso de empalme e implementación del nuevo sistema tendrá una duración de dos años.

Compartir

El sistema utilizado en Colombia para identificar a las personas que pueden acceder a programas sociales tendrá una transformación importante a partir del 1 de julio de 2026. El tradicional Sisbén comenzará una etapa de transición hacia el Registro Universal de Ingresos (RUI), una nueva herramienta que busca mejorar la forma en la que el Estado clasifica las condiciones económicas de los hogares y asigna los subsidios.

Únete a nuestro canal de WhatsApp + ¡Síguenos en Google News!

El cambio no significa la desaparición inmediata del Sisbén ni la suspensión automática de las ayudas que reciben millones de colombianos. La implementación del nuevo modelo será gradual y contempla un periodo de transición de aproximadamente dos años, durante el cual las entidades encargadas podrán analizar los resultados. Además de realizar ajustes y garantizar que los programas sociales continúen funcionando.

sisben
Tomado de la Alcaldía de Bogotá.

¿Cómo funcionará el Registro Universal de Ingresos (RUI)?

Una de las principales modificaciones será la manera en la que se obtiene la información de los hogares. Mientras el Sisbén actual depende principalmente de encuestas y datos suministrados por las familias, el RUI utilizará información proveniente de registros administrativos de diferentes entidades del Estado.

Lea además: ¿Qué debería hacer apenas recibe su prima y salario? Experto aclara

El nuevo sistema incorporará datos de alrededor de 47 entidades públicas. Entre ellas organismos como la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la Registraduría Nacional y otras instituciones que manejan información económica, laboral y social de los ciudadanos.

El objetivo es contar con una medición más actualizada de los ingresos y condiciones de vida de cada hogar.

Con este mecanismo, el Gobierno busca reducir errores en la clasificación de beneficiarios y lograr que los recursos destinados a programas sociales lleguen a las personas que realmente los necesitan. La información permitirá identificar cambios en los ingresos familiares y actualizar la situación económica de los hogares de manera más dinámica.

¿Los beneficiarios perderán los subsidios?

Una de las principales dudas entre los ciudadanos es si el cambio implicará la pérdida de ayudas como transferencias monetarias, programas de educación, salud o beneficios para población vulnerable.

Las autoridades han señalado que la transición no significa el ingreso o salida inmediata de beneficiarios de los programas sociales. Durante el proceso se realizarán evaluaciones para determinar cómo impacta la nueva clasificación y se harán los ajustes necesarios antes de la aplicación completa del modelo.

Ahora bien, dentro de la transición que durará dos años, el  RUI cambia el enfoque de las clasificaciones alfabéticas (grupos A, B, C, D) para enfocarse directamente en el ordenamiento por ingresos reales.

Tomado de la Alcaldía de Cali

Artículo relacionado

Sigue nuestras redes sociales:

Lee más noticias

Colombia

¿Habrá cambios en la retención en la fuente? Consejo de Estado revocó suspensión del Decreto 572

Mientras continúa el proceso de fondo, el debate sobre la legalidad y conveniencia de este mecanismo de recaudo seguirá abierto.

¿Habrá cambios en la retención en la fuente? Consejo de Estado revocó suspensión del Decreto 572
Tomado de Unsplash. / Imagen de referencia.

Mientras continúa el proceso de fondo, el debate sobre la legalidad y conveniencia de este mecanismo de recaudo seguirá abierto.

Compartir

El Consejo de Estado revocó la suspensión provisional que pesaba sobre varios apartados del Decreto 572 de 2025, una norma expedida por el Gobierno Nacional para modificar algunas tarifas de retención y autorretención en la fuente con el objetivo de anticipar el recaudo tributario.

La decisión representa un nuevo capítulo en uno de los debates fiscales más importantes de los últimos meses.

Únete a nuestro canal de WhatsApp + ¡Síguenos en Google News!

La medida había sido suspendida de manera provisional en mayo de 2026, luego de que varios demandantes cuestionaran los fundamentos técnicos y económicos utilizados para justificar los cambios introducidos por el decreto. En ese momento, el alto tribunal consideró necesario detener temporalmente la aplicación de algunas disposiciones mientras avanzaba el estudio del caso.

¿Qué decidió el Consejo de Estado?

Tras analizar un recurso de súplica presentado por el Ministerio de Hacienda, el Consejo de Estado concluyó que en esta etapa del proceso no correspondía realizar un análisis profundo sobre la legalidad de la norma, sino únicamente determinar si existían razones suficientes para mantener la medida cautelar. Por ello, decidió revocar la suspensión provisional y permitir nuevamente la vigencia de las disposiciones cuestionadas.

Lea además: ¿Es necesario contar con un abogado en el proceso de divorcio? Experta explica

El alto tribunal aclaró que los argumentos presentados por los demandantes deberán ser estudiados en una sentencia de fondo, donde se evaluará integralmente la legalidad del decreto y sus efectos sobre el sistema tributario colombiano.

Tomado de Unsplash. / Imagen de referencia.

¿Qué cambia para los contribuyentes?

Con la decisión judicial, volverán a aplicarse las modificaciones relacionadas con las tarifas de autorretención y las bases mínimas para practicar la retención en la fuente previstas en el Decreto 572 de 2025. Estas medidas buscan anticipar parte del recaudo del impuesto sobre la renta y mejorar el flujo de recursos hacia las finanzas públicas.

No obstante, el Consejo de Estado señaló que la reactivación de la norma no tendrá efectos inmediatos. Debido a los ajustes operativos y tecnológicos que deben realizar empresas, contadores y agentes de retención, las disposiciones comenzarán a aplicarse desde el primer día calendario del mes siguiente a la ejecutoria de la decisión judicial. Siendo julio.

Mientras continúa el proceso de fondo, el debate sobre la legalidad y conveniencia de este mecanismo de recaudo seguirá abierto. Lo cierto es que la reciente decisión devuelve la vigencia al esquema tributario diseñado por el Gobierno. Y obliga a los contribuyentes a prepararse para su próxima implementación.

Tomado de Unsplash. / Imagen de referencia.

Artículo relacionado

Sigue nuestras redes sociales: