El auge de las plataformas de alojamiento turístico ha impulsado el crecimiento de las rentas cortas en Colombia. Sin embargo, muchos propietarios desconocen que vivir en un edificio o conjunto residencial bajo el régimen de propiedad horizontal puede implicar restricciones para desarrollar esta actividad.
De acuerdo con el abogado experto en temas inmobiliarios Julián Millán, sí es posible que una administración o el reglamento de propiedad horizontal prohíban que un apartamento sea utilizado para alquileres de corta duración o vivienda turística.
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El reglamento puede establecer restricciones
Según explicó Millán, una de las situaciones más comunes ocurre cuando el propietario decide ofrecer su inmueble en plataformas de hospedaje temporal y comunica su intención a la administración del edificio.
En ese momento, la administración puede informarle que no está autorizado para hacerlo si el reglamento de propiedad horizontal prohíbe expresamente este tipo de actividad.
"La respuesta concreta es sí", afirmó el abogado, al referirse a la posibilidad de que existan limitaciones para desarrollar rentas cortas dentro de una copropiedad.
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También hay controles durante el registro
El experto explicó que existe un segundo escenario, que ocurre cuando el propietario realiza el trámite para obtener el Registro Nacional de Turismo (RNT), requisito obligatorio para ofrecer este tipo de alojamiento.
Durante el proceso de inscripción, el sistema solicita información sobre si el inmueble pertenece a una propiedad horizontal y pregunta si el reglamento del edificio autoriza el desarrollo de rentas cortas o viviendas turísticas.
De esta manera, no solo la administración puede advertir la restricción, sino que el propio proceso de registro exige verificar si la actividad está permitida.

La importancia de revisar el reglamento
Para Julián Millán, antes de invertir en un inmueble con la intención de destinarlo al alquiler turístico es fundamental leer cuidadosamente el reglamento de propiedad horizontal.
Aunque una persona sea propietaria de su apartamento, ello no significa que pueda darle cualquier uso. Las normas internas de la copropiedad pueden establecer restricciones que todos los residentes deben respetar.
Por ello, el abogado recomienda verificar previamente si el edificio permite las rentas cortas y, en caso de existir dudas, consultar con la administración o buscar asesoría jurídica. De esta manera se evitan inconvenientes posteriores y posibles sanciones derivadas del incumplimiento del reglamento de propiedad horizontal.

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