A partir del 12 de agosto, más de 6,1 millones de colombianos deberán cumplir con la obligación de declarar renta ante la Dian. Aunque muchas personas creen que declarar significa necesariamente pagar, la realidad es que no siempre es así. En muchos casos, el trámite consiste únicamente en reportar la información financiera del año anterior.
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Declarar no siempre es pagar
Uno de los puntos clave a tener en cuenta es que declarar renta no equivale a ser contribuyente. Muchas personas están obligadas a presentar la declaración, pero no a pagar el impuesto. Esta información le permite a la Dian llevar un control sobre los movimientos económicos que se realizan en el país.
Fechas clave: del 12 de agosto al 24 de octubre
El calendario tributario comienza el 12 de agosto con los ciudadanos cuya cédula termina en 01 y 02, y se extiende hasta el 24 de octubre, fecha límite para quienes tengan cédulas terminadas en 99 y 00.
Eso sí, no es necesario esperar hasta el último día para declarar. Adelantar el proceso ayuda a evitar congestiones en los sistemas de la Dian y facilita el cumplimiento oportuno.
La novedad del año: facturación electrónica y beneficios
Aunque los documentos necesarios para declarar renta se mantienen similares a años anteriores, una de las principales novedades en 2025 es el énfasis en la facturación electrónica.
La Dian está promoviendo activamente su uso y, de hecho, ofrece incentivos tributarios a quienes presenten correctamente sus facturas electrónicas emitidas durante 2024.
Esto significa que, si haces compras o pagos registrados con este sistema, podrías acceder a descuentos en el valor a pagar de tu impuesto.
¿Qué documentos necesitas tener listos?
Aunque el proceso puede hacerse por cuenta propia, muchos ciudadanos prefieren buscar asesoría para evitar errores que puedan resultar en sanciones. A continuación, los documentos más importantes que se deben tener a la mano:
- Extractos bancarios: saldo al 31 de diciembre de 2024.
- Certificados de inversiones: acciones, fondos colectivos, derechos fiduciarios, etc.
- Certificado de ingresos y retenciones: emitido por el empleador.
- Facturas electrónicas: emitidas durante 2024, útiles para obtener descuentos.
- Pagos a seguridad social: para trabajadores independientes.
- Escrituras de propiedad: si tiene vivienda propia.
- Extractos de deudas: tarjetas de crédito, créditos de consumo o de vehículo.
- Soportes de compra de vehículos: valor pagado por adquisiciones.
- Ventas de propiedades: deben ser reportadas.
- Certificados de acciones: valor de acciones a 31 de diciembre de 2024.
- Pagos de cuota inicial de vivienda: con documentos que evidencien los montos.
- Intereses de créditos hipotecarios: certificados de los pagos realizados.
- Impuesto predial: comprobantes de pago de propiedades.
- Información sobre dependientes: carta con parentesco y detalles claros.
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Tener listos estos documentos facilitará el proceso de declaración. Además, quienes usen facturación electrónica podrían acceder a beneficios tributarios. En todo caso, la recomendación general es no dejar para último momento esta obligación con la Dian.
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