Te lo explico

¿Cómo denunciar si comparten mis fotos o vídeos íntimos en redes sociales?

¿Qué hacer si se filtran sus fotos o vídeos íntimos en Internet? Quienes cometan este delito pueden recibir hasta 12 años de cárcel.

¿Qué hacer si se filtran sus fotos o vídeos íntimos en Internet? Quienes cometan este delito pueden recibir hasta 12 años de cárcel.

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El sexting es una práctica cibernética en la que comparte fotos o vídeos íntimos con su consentimiento, esto no cuenta como una infracción como tal. Sin embargo, si se divulgan estas fotos o vídeos sin el consentimiento previo del individuo, puede llegar a incurrir en varios delitos.

Tales como extorsión, pornografía infantil, prostitución infantil y/o afectar la integridad, privacidad o libertad de expresión en entornos digitales, que, constituye una violación de derechos fundamentales.

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Proceso de denuncia sobre material íntimo difundido sin consentimiento

Denunciar es el primer paso. Las víctimas pueden acudir a la Fiscalía General de la Nación y presentar la denuncia verbal o escrita. Incluyendo pruebas disponibles sobre las fotos o vídeos íntimos.

Seguidamente, la Fiscalía evalúa los hechos y, si es procedente, inicia un proceso penal. Las conductas pueden constituir acoso sexual, injuria, extorsión o delitos informáticos.

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En caso de no poder acudir directamente al Fiscalía, puede acercarse al cuadrante de Policía Nacional más cercano en su comuna, barrio o municipio más cercano.

De esa manera, ellos recibirán su denuncia y la redireccionarán a la autoridad competente. Si se es menor de edad, puede asistir con padre de familia, tutor o la Fiscalía designará un defensor de familia para que lo haga en nombre de la víctima.

La Fiscalía será la encargada de adelantar la investigación y presentar el caso ante el juez penal, quien podrá emitir una condena si se comprueba la responsabilidad.

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Algunas leyes que respaldan estos casos

Debe saber que la Constitución lo ampara en caso de que esto ocurra con tres leyes fundamentales para respetar sus derechos en caso de una situación así.

  • Ley 1581 de 2012, que habla sobre la protección de datos personales.
  • Ley 1273 de 2009 por medio del cual se modificó el Código Penal y se creó una protección a la violación de los datos personales que da de 8 a 12 años de cárcel.
  • Ley 1336 de 2009​ que habla sobre la lucha contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes.

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Laura Velandia

Laura Velandia

Estudiante en formación Universidad Autónoma de Occidente

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Ecología

CVC anuncia restricciones por el fenómeno de El Niño: estas son las medidas que deberán cumplir los ciudadanos

El Fenómeno de El Niño ya fue confirmado en Cali anunciaron restricciones para prevenir el desabastecimiento de agua e incendios forestales.

El Fenómeno de El Niño ya fue confirmado en Cali anunciaron restricciones para prevenir el desabastecimiento de agua e incendios forestales.

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Antes de que el fenómeno de El Niño intensifique sus efectos en el Valle del Cauca, la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) recordó que ya se encuentran vigentes una serie de medidas obligatorias para prevenir el desabastecimiento de agua y reducir el riesgo de incendios forestales.

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Asimismo, las restricciones con el agua fueron adoptadas mediante la Resolución 06600-5943 de 2026, luego de que el Ideam confirmara oficialmente la presencia de este fenómeno climático en Cali.

La autoridad ambiental explicó que, aunque el fenómeno de El Niño no significa la ausencia total de lluvias, sí genera una disminución considerable de las precipitaciones.

Por ello, informó que se encuentra administrando los niveles del embalse de Salvajina, que actualmente supera el 84 % de su capacidad, con el propósito de garantizar el abastecimiento de la Planta de Puerto Mallarino, la cual suministra agua a más del 70 % de Cali.

Imágenes de referencia | Alcaldía de Cali y MinAmbiente

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Entre las principales restricciones para el agua adoptadas por la CVC en Cali se encuentran las siguientes:

  • Prioridad para el consumo humano: El agua disponible deberá destinarse prioritariamente al consumo humano y a las necesidades domésticas, tanto en zonas urbanas como rurales.
  • Prohibición del uso de aguas superficiales para actividades recreativas y de limpieza: No se podrá utilizar agua de ríos, quebradas o demás fuentes superficiales para llenar piscinas y estanques ornamentales, regar jardines y zonas verdes, ni para lavar vehículos o fachadas de viviendas y edificaciones.
  • Control sobre el aprovechamiento del recurso hídrico: La CVC podrá desmontar captaciones ilegales, represamientos o desvíos de agua que afecten su distribución. Además, cuando sea necesario, suspenderá el otorgamiento de nuevas concesiones de aguas superficiales, salvo aquellas destinadas al consumo humano.
  • Prohibición de quemas abiertas: Con el objetivo de prevenir incendios forestales, se mantiene la prohibición de realizar quemas abiertas en zonas rurales, excepto aquellas que cuenten con el respectivo permiso ambiental. Asimismo, los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo deberán reforzar la vigilancia en áreas protegidas y ecosistemas estratégicos.
  • Sanciones por incumplimiento: La autoridad ambiental advirtió que quienes incumplan las disposiciones contempladas en la resolución podrán ser objeto de medidas preventivas y sanciones establecidas en la legislación ambiental vigente.

Por otro lado, estas medidas se aplicarán en toda la jurisdicción de la CVC, en Cali y el resto del departamento del Valle del Cauca, con especial atención en las cuencas de mayor vulnerabilidad hídrica, entre ellas Arroyohondo, El Cerrito, Fraile, Mulaló, Sonso, Vijes, Yotoco y Yumbo, donde el riesgo de desabastecimiento e incendios forestales es más alto durante la temporada de menor precipitación.

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Laura Velandia

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Estudiante en formación Universidad Autónoma de Occidente

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Colombia

¿Le impusieron una multa de tránsito y no está de acuerdo? Así puede ejercer su derecho a la controversia

¿Recibió una multa de tránsito y no está de acuerdo? Conozca cómo ejercer su derecho a la controversia en Colombia

¿Recibió una multa de tránsito y no está de acuerdo? Conozca cómo ejercer su derecho a la controversia en Colombia

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Recibir una multa de tránsito no significa que el conductor acepte inmediatamente la sanción, en Colombia se permite que la ciudadanía ejerza su derecho a la controversia cuando consideran que un comparendo es incorrecto o injusto.

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En ese sentido, en 90 Minutos te explicamos cómo realizar este procedimiento y cuáles son los plazos que debes tener en cuenta.

Este procedimiento busca garantizar el derecho a la defensa de los ciudadanos y permite que un inspector de tránsito en su municipio o distrito evalúe las circunstancias de cada caso antes de emitir una decisión definitiva.

En suma, debe tener en cuenta los plazos establecidos por la ley.

Si se trata de un comparendo físico impuesto por un agente de tránsito en la vía, el conductor cuenta con cinco días hábiles siguientes a la imposición para iniciar el proceso de impugnación.

Por su parte, cuando la sanción corresponde a una fotomulta o infracción electrónica, el plazo es de once días hábiles contados desde la notificación, ya sea de manera personal o mediante aviso.

Tenga claro que si supera estos tiempos, puede significar la pérdida del derecho a controvertir la sanción.

Reunir pruebas y solicitar la audiencia en el uso de su derecho a la controversia

Una vez conocido el comparendo, el conductor debe obtener una copia del documento y recopilar todas las evidencias que respalden su versión de los hechos.

Entre las pruebas que pueden presentarse se encuentran fotografías del lugar, videos captados por cámaras de seguridad o dispositivos instalados en el vehículo, testimonios de testigos y cualquier documento que permita demostrar que la infracción no ocurrió o fue registrada de manera incorrecta.

Posteriormente, el ciudadano deberá solicitar una audiencia de impugnación ante la Secretaría de Tránsito correspondiente.

Actualmente, este trámite puede realizarse de forma presencial o virtual, dependiendo de las herramientas habilitadas por cada entidad. Ciudades como Cali y Bogotá cuentan con plataformas digitales que facilitan este proceso.

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Llegada la fecha programada, el conductor deberá asistir a la audiencia, ya sea presencialmente o mediante conexión virtual.

Durante la diligencia tendrá la oportunidad de exponer sus argumentos, presentar las pruebas recopiladas y responder a las observaciones de la autoridad de tránsito.

Es importante asistir puntualmente, ya que la inasistencia puede generar la pérdida automática del caso y la obligación de asumir el pago total de la sanción.

Espere al fallo del inspector de tránsito en su municipio o distrito

Por su parte, el inspector de tránsito analizará las pruebas y emitirá un fallo.

Si la decisión es absolutoria, la multa quedará anulada y el proceso terminará sin sanción para el conductor.

Por otro lado, si el fallo es sancionatorio, la persona deberá pagar la multa en su totalidad.

Además, quienes decidan impugnar la multa deben tener presente que, en caso de recibir un fallo sancionatorio, perderán el beneficio de los descuentos por pronto pago del 50% contemplados en la normativa vigente.

Finalmente, antes de iniciar el proceso, resulta fundamental evaluar las pruebas con las que disponga y conocer cada una de las etapas del procedimiento para ejercer adecuadamente su derecho a la controversia en Colombia.

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Nicolas Trujillo Arroyave

Nicolas Trujillo Arroyave

Estudiante en formación Universidad Autónoma de Occidente

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Noticias de Cali

¿Cuál es la velocidad máxima en la que se pueden movilizar motos y carros en Cali?

Diversos estudios demuestran que disminuir la velocidad reduce significativamente la probabilidad de lesiones graves o fatales.

Diversos estudios demuestran que disminuir la velocidad reduce significativamente la probabilidad de lesiones graves o fatales.

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Recientemente la Secretaría de Movilidad de Cali recordó los límites de velocidad permitidos dentro de las zonas urbanas, siendo aplicable no solo a la capital vallecaucana, sino a la mayoría de ciudades en el país. Igualmente, es importante recordar que, estos lineamientos son dictados de manera nacional, pero cada Administración local puede tener variaciones a la norma dependiendo de la necesidad.

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Asimismo, cabe aclarar que desde la Ley 2251 de 2022, conocida como Ley Juan Esteban, la cual reformó el Artículo 106 de la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito), se terminó expresamente que:

Artículo 106. Límites de velocidad en vías urbanas y carreteras municipales. En las vías urbanas, la velocidad máxima permitida será de cincuenta (50) kilómetros por hora.

Igualmente, se señala que:

“En zonas residenciales, escolares, hospitalarias y en intersecciones, la velocidad máxima será de treinta (30) kilómetros por hora”.

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Tomado de la Secretaría de Movilidad de Cali.

Variaciones dentro de cada una de las zonas delimitadas

Asimismo, la ley dispone que las autoridades de tránsito podrán establecer límites inferiores, cuando las condiciones técnicas o de seguridad lo requieran. Por ejemplo, la modificación legal busca reducir la siniestralidad vial y proteger a los actores más vulnerables como peatones, ciclistas y motociclistas.

Lea además: Reporte de fotomultas: ¿A los cuántos días deberían notificarle la infracción?

Justamente, existen las denominadas ‘zonas 30’, siendo espacios diferenciales y especiales donde las personas deben reducir la velocidad:

  • Áreas hospitalarias
  • Zonas militares
  • Residencias o colegios.

Ahora bien, diversos estudios demuestran que disminuir la velocidad reduce significativamente la probabilidad de lesiones graves o fatales en caso de un siniestro. 

¿Por qué se llama la ley Juan Esteban?

Cabe aclarar que esta Ley nombrada así en honor al pequeño ciclista que perdió la vida arrollado por un vehículo, en el municipio de Zipaquirá (Cundinamarca).

bicicletas
Foto: Pexels

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Antonio Tamayo Cuéllar

Antonio Tamayo Cuéllar

Editor web y periodista egresado de la Universidad Autónoma de Occidente.