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¿Cómo tramitar el pasaporte en Cali? Siga el paso a paso

Conozca aquí el paso a paso de cómo tramitar el pasaporte en Cali, de forma rápida, sencilla y en línea.

Conozca aquí el paso a paso de cómo tramitar el pasaporte en Cali, de forma rápida, sencilla y en línea.

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El pasaporte colombiano es un documento esencial para viajar internacionalmente y funciona como identificación en el extranjero. Si estás en Cali y necesitas tramitarlo, en 90 Minutos te lo explico.

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Es importante que tenga en cuenta el tipo de pasaporte que requiere.

  • Pasaporte Ordinario: Pasaporte apto para personas con poca frecuencia de viajes internacionales.
    $333.000 COP

Número de páginas: 32
Vigencia: 10 años

  • Pasaporte Ejecutivo: Pasaporte apto para personas con alta frecuencia de viajes internacionales.
    $466.000 COP

Número de páginas: 48
Vigencia: 10 años

  • Pasaporte Emergencia: Necesario salvaguardar la vida, la salud y/o la integridad de la persona.
    $339.000 COP

Número de páginas: 8
Vigencia: 7 meses

Pasos para tramitarlo

Paso 1: Registro en la plataforma

Para iniciar el trámite, accede al Sistema Integral de Trámite al Ciudadano en la página web de la Cancillería. Allí, completa el formulario de registro con tu información personal.

https://pasaportes.valledelcauca.gov.co/home/inicio

Paso 2: Realizar el primer pago

Después del registro, deberás efectuar el primer pago a través de PSE o en los puntos Gane autorizados en Cali.

  • Pasaporte Ordinario: $222.000
  • Pasaporte Ejecutivo: $222.000
  • Pasaporte de Emergencia: $147.000

Paso 3: Agendar la cita

Una vez realizado el pago, agenda tu cita eligiendo la oficina de pasaportes en Cali, la fecha y la hora disponibles.

Paso 4: Asistir a la cita

El día de la cita, preséntate en la oficina de pasaportes con tu documento de identidad original y el primer comprobante de pago. Durante la visita, te tomarán la fotografía, las huellas dactilares y la firma digital.

Paso 5: Realizar el segundo pago

Dependiendo del tipo de pasaporte que elijas, deberás hacer un segundo pago:

  • Pasaporte Ordinario: $111.000
  • Pasaporte Ejecutivo: $244.000
  • Pasaporte de Emergencia: $192.000

Paso 6: Entrega del pasaporte

Finalmente, en un plazo de tres días hábiles podrás retirar tu pasaporte en la oficina donde realizaste el trámite. También puedes recibirlo a domicilio con un costo adicional y deberás solicitarlo el día de la cita.

Además, si presentas el último certificado electoral, obtendrás un 10% de descuento en el costo del pasaporte.

Recuerda, planifica con anticipación tu trámite para evitar contratiempos y viajar sin inconvenientes.

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Luisa Valentina Caicedo Martinez

Luisa Valentina Caicedo Martinez

Estudiante en formación Universidad Autónoma de Occidente

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Ecología

CVC anuncia restricciones por el fenómeno de El Niño: estas son las medidas que deberán cumplir los ciudadanos

El Fenómeno de El Niño ya fue confirmado en Cali anunciaron restricciones para prevenir el desabastecimiento de agua e incendios forestales.

El Fenómeno de El Niño ya fue confirmado en Cali anunciaron restricciones para prevenir el desabastecimiento de agua e incendios forestales.

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Antes de que el fenómeno de El Niño intensifique sus efectos en el Valle del Cauca, la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) recordó que ya se encuentran vigentes una serie de medidas obligatorias para prevenir el desabastecimiento de agua y reducir el riesgo de incendios forestales.

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Asimismo, las restricciones con el agua fueron adoptadas mediante la Resolución 06600-5943 de 2026, luego de que el Ideam confirmara oficialmente la presencia de este fenómeno climático en Cali.

La autoridad ambiental explicó que, aunque el fenómeno de El Niño no significa la ausencia total de lluvias, sí genera una disminución considerable de las precipitaciones.

Por ello, informó que se encuentra administrando los niveles del embalse de Salvajina, que actualmente supera el 84 % de su capacidad, con el propósito de garantizar el abastecimiento de la Planta de Puerto Mallarino, la cual suministra agua a más del 70 % de Cali.

Imágenes de referencia | Alcaldía de Cali y MinAmbiente

Lea también: Embalse Sara Brut supera el 100 % de almacenamiento ante fenómeno de El Niño

Entre las principales restricciones para el agua adoptadas por la CVC en Cali se encuentran las siguientes:

  • Prioridad para el consumo humano: El agua disponible deberá destinarse prioritariamente al consumo humano y a las necesidades domésticas, tanto en zonas urbanas como rurales.
  • Prohibición del uso de aguas superficiales para actividades recreativas y de limpieza: No se podrá utilizar agua de ríos, quebradas o demás fuentes superficiales para llenar piscinas y estanques ornamentales, regar jardines y zonas verdes, ni para lavar vehículos o fachadas de viviendas y edificaciones.
  • Control sobre el aprovechamiento del recurso hídrico: La CVC podrá desmontar captaciones ilegales, represamientos o desvíos de agua que afecten su distribución. Además, cuando sea necesario, suspenderá el otorgamiento de nuevas concesiones de aguas superficiales, salvo aquellas destinadas al consumo humano.
  • Prohibición de quemas abiertas: Con el objetivo de prevenir incendios forestales, se mantiene la prohibición de realizar quemas abiertas en zonas rurales, excepto aquellas que cuenten con el respectivo permiso ambiental. Asimismo, los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo deberán reforzar la vigilancia en áreas protegidas y ecosistemas estratégicos.
  • Sanciones por incumplimiento: La autoridad ambiental advirtió que quienes incumplan las disposiciones contempladas en la resolución podrán ser objeto de medidas preventivas y sanciones establecidas en la legislación ambiental vigente.

Por otro lado, estas medidas se aplicarán en toda la jurisdicción de la CVC, en Cali y el resto del departamento del Valle del Cauca, con especial atención en las cuencas de mayor vulnerabilidad hídrica, entre ellas Arroyohondo, El Cerrito, Fraile, Mulaló, Sonso, Vijes, Yotoco y Yumbo, donde el riesgo de desabastecimiento e incendios forestales es más alto durante la temporada de menor precipitación.

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Laura Velandia

Laura Velandia

Estudiante en formación Universidad Autónoma de Occidente

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Colombia

¿Le impusieron una multa de tránsito y no está de acuerdo? Así puede ejercer su derecho a la controversia

¿Recibió una multa de tránsito y no está de acuerdo? Conozca cómo ejercer su derecho a la controversia en Colombia

¿Recibió una multa de tránsito y no está de acuerdo? Conozca cómo ejercer su derecho a la controversia en Colombia

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Recibir una multa de tránsito no significa que el conductor acepte inmediatamente la sanción, en Colombia se permite que la ciudadanía ejerza su derecho a la controversia cuando consideran que un comparendo es incorrecto o injusto.

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En ese sentido, en 90 Minutos te explicamos cómo realizar este procedimiento y cuáles son los plazos que debes tener en cuenta.

Este procedimiento busca garantizar el derecho a la defensa de los ciudadanos y permite que un inspector de tránsito en su municipio o distrito evalúe las circunstancias de cada caso antes de emitir una decisión definitiva.

En suma, debe tener en cuenta los plazos establecidos por la ley.

Si se trata de un comparendo físico impuesto por un agente de tránsito en la vía, el conductor cuenta con cinco días hábiles siguientes a la imposición para iniciar el proceso de impugnación.

Por su parte, cuando la sanción corresponde a una fotomulta o infracción electrónica, el plazo es de once días hábiles contados desde la notificación, ya sea de manera personal o mediante aviso.

Tenga claro que si supera estos tiempos, puede significar la pérdida del derecho a controvertir la sanción.

Reunir pruebas y solicitar la audiencia en el uso de su derecho a la controversia

Una vez conocido el comparendo, el conductor debe obtener una copia del documento y recopilar todas las evidencias que respalden su versión de los hechos.

Entre las pruebas que pueden presentarse se encuentran fotografías del lugar, videos captados por cámaras de seguridad o dispositivos instalados en el vehículo, testimonios de testigos y cualquier documento que permita demostrar que la infracción no ocurrió o fue registrada de manera incorrecta.

Posteriormente, el ciudadano deberá solicitar una audiencia de impugnación ante la Secretaría de Tránsito correspondiente.

Actualmente, este trámite puede realizarse de forma presencial o virtual, dependiendo de las herramientas habilitadas por cada entidad. Ciudades como Cali y Bogotá cuentan con plataformas digitales que facilitan este proceso.

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Llegada la fecha programada, el conductor deberá asistir a la audiencia, ya sea presencialmente o mediante conexión virtual.

Durante la diligencia tendrá la oportunidad de exponer sus argumentos, presentar las pruebas recopiladas y responder a las observaciones de la autoridad de tránsito.

Es importante asistir puntualmente, ya que la inasistencia puede generar la pérdida automática del caso y la obligación de asumir el pago total de la sanción.

Espere al fallo del inspector de tránsito en su municipio o distrito

Por su parte, el inspector de tránsito analizará las pruebas y emitirá un fallo.

Si la decisión es absolutoria, la multa quedará anulada y el proceso terminará sin sanción para el conductor.

Por otro lado, si el fallo es sancionatorio, la persona deberá pagar la multa en su totalidad.

Además, quienes decidan impugnar la multa deben tener presente que, en caso de recibir un fallo sancionatorio, perderán el beneficio de los descuentos por pronto pago del 50% contemplados en la normativa vigente.

Finalmente, antes de iniciar el proceso, resulta fundamental evaluar las pruebas con las que disponga y conocer cada una de las etapas del procedimiento para ejercer adecuadamente su derecho a la controversia en Colombia.

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Nicolas Trujillo Arroyave

Nicolas Trujillo Arroyave

Estudiante en formación Universidad Autónoma de Occidente

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Noticias de Cali

¿Cuál es la velocidad máxima en la que se pueden movilizar motos y carros en Cali?

Diversos estudios demuestran que disminuir la velocidad reduce significativamente la probabilidad de lesiones graves o fatales.

Diversos estudios demuestran que disminuir la velocidad reduce significativamente la probabilidad de lesiones graves o fatales.

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Recientemente la Secretaría de Movilidad de Cali recordó los límites de velocidad permitidos dentro de las zonas urbanas, siendo aplicable no solo a la capital vallecaucana, sino a la mayoría de ciudades en el país. Igualmente, es importante recordar que, estos lineamientos son dictados de manera nacional, pero cada Administración local puede tener variaciones a la norma dependiendo de la necesidad.

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Asimismo, cabe aclarar que desde la Ley 2251 de 2022, conocida como Ley Juan Esteban, la cual reformó el Artículo 106 de la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito), se terminó expresamente que:

Artículo 106. Límites de velocidad en vías urbanas y carreteras municipales. En las vías urbanas, la velocidad máxima permitida será de cincuenta (50) kilómetros por hora.

Igualmente, se señala que:

“En zonas residenciales, escolares, hospitalarias y en intersecciones, la velocidad máxima será de treinta (30) kilómetros por hora”.

Lea además: Nuevo día cívico en Colombia afectará el calendario tributario: Dian explica

Tomado de la Secretaría de Movilidad de Cali.

Variaciones dentro de cada una de las zonas delimitadas

Asimismo, la ley dispone que las autoridades de tránsito podrán establecer límites inferiores, cuando las condiciones técnicas o de seguridad lo requieran. Por ejemplo, la modificación legal busca reducir la siniestralidad vial y proteger a los actores más vulnerables como peatones, ciclistas y motociclistas.

Lea además: Reporte de fotomultas: ¿A los cuántos días deberían notificarle la infracción?

Justamente, existen las denominadas ‘zonas 30’, siendo espacios diferenciales y especiales donde las personas deben reducir la velocidad:

  • Áreas hospitalarias
  • Zonas militares
  • Residencias o colegios.

Ahora bien, diversos estudios demuestran que disminuir la velocidad reduce significativamente la probabilidad de lesiones graves o fatales en caso de un siniestro. 

¿Por qué se llama la ley Juan Esteban?

Cabe aclarar que esta Ley nombrada así en honor al pequeño ciclista que perdió la vida arrollado por un vehículo, en el municipio de Zipaquirá (Cundinamarca).

bicicletas
Foto: Pexels

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Antonio Tamayo Cuéllar

Antonio Tamayo Cuéllar

Editor web y periodista egresado de la Universidad Autónoma de Occidente.