En Colombia existe la Ley 769 del 2002 en el Código Nacional de Tránsito en donde aseguran que los vehículos pueden girar a la derecha cuando el semáforo está en rojo.
Sin embargo, hacen énfasis especial en que los conductores deberán darle prioridad al peatón y a los vehículos que tengan la vía.
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El giro a la derecha, cuando la luz está en rojo, está permitido respetando la prelación del peatón. La prohibición de este giro se indicará con señalización especial. Las autoridades de tránsito en su jurisdicción, podrán autorizarlo.
LEY 769 DE 2002 CÓDIGO NACIONAL DE TRÁNSITO TERRESTRE
Esto quiere decir que los conductores deberán estar atentos a los dos puntos anteriores, ya que si se produce algún accidente al hacer la maniobra, la persona será la responsable de las consecuencias del accidente.
En las únicas ocasiones en las que no está permitido realizar la maniobra, será cuando la autoridad no lo autorice o cuando previamente se indique por medio de una señalización la prohibición del giro.
Cabe resaltar que en lo que va del 2023, en Cali se han registrado más de 180.000 infracciones de tránsito, por lo que el conductor debe de estar atento antes de realizar la maniobra para evitar una posible multa o accidente.
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