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Presidente Duque defiende ley de seguridad ciudadana

Presidente Duque defiende ley de seguridad ciudadana

Especial para 90minutos.co

El presidente Iván Duque se encuentra, se encuentra el jueves 23 de diciembre en el Fuerte Militar de Tolemaida; en donde manifestó su defensa contra el proyecto de ley de seguridad ciudadana.

Cabe recordar que este proyecto solo espera la aprobación del jefe de Estado para ser una norma. Dentro de los puntos que se establecen en la ley de seguridad ciudadana; resalta el fortalecimiento de la penalización a personas que ataquen infraestructuras públicas, y resguarda el uso de la legítima defensa en determinados casos.

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Conforme a esto, el mandatario manifestó que las quejas presentadas por el pueblo y algunos miembros de la oposición, pareciera que son ‘contemplativos’ y ‘generosos’ con los criminales.

De igual manera; argumenta que las personas que atenten contra los bienes y servicios de los colombianos, merecen ser castigados ejemplarmente.

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En cuanto a las prohibiciones establecidas en el marco de la seguridad ciudadana; se afirma que uno de sus objetivos es debilitar el uso de armas de todo tipo por parte de los criminales. En concreto, se habla de la prohibición del porte de armas blancas y una amplia restricción al uso de armas traumáticas.

Aspectos a tener en cuenta de la ley de seguridad ciudadana

El proyecto está sustentado en 69 artículos, en donde se estipulan el fortalecimiento de leyes para sancionar delitos hacia la fuerza pública y bienes o servicios públicos; al mismo tiempo, tiende a crear instrumentos jurídicos que validen el uso de la legítima defensa en ciertos casos.

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En lo que respecta a los artículos relacionados con la legítima defensa, uno de los parágrafos señala que ‘Se presume también como legítima la defensa que se ejerza para rechazar al extraño que usando maniobras o mediante violencia penetre o permanezca arbitrariamente en habitación o dependencias inmediatas, o vehículo ocupado. La fuerza letal se podrá ejercer de forma excepcional para repeler la agresión al derecho propio o ajeno.’

Uso de armas

Este artículo refleja las sanciones que se impondrán a las personas que mediante un arma de fuego, arma o elemento letal, arma hechiza o arma blanca; amenace o intimide a otra persona, conforme a esto, la pena estaría entre 48 a 72 meses de prisión.

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Elemento corto punzante

Las personas que sean atrapadas usando cualquier tipo de arma blanca en eventos o espacios públicos, tendrán una sanción de 24 a 36 meses; sin embargo, las personas que practiquen una actividad, profesión u oficio lícito no tendrán problemas.

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Agravantes

Los delitos a los que se les sumará el artículo ‘agravante’ son los que sean en contra de las personas que sirvan en el cargo de servidor público.

Por tanto, según el artículo 20 de la ley de seguridad ciudadana, estas personas tendrán una penalización de 36 a 60 meses de prisión.

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Bienes del Estado y penas de prisión

Para las personas que ocupen, invadan, o desalojen un inmueble ajeno de forma violenta; recibirán según esta ley, de 48 a 120 meses de prisión. Asimismo, cuando los actos sean cometidos de manera violenta o intimidante; la pena aumentaría a la mitad de lo establecido.

Si los actos son cometidos por un grupo o colectivo; la pena será incrementada una tercera parte.

En lo que respecta a los bienes al patrimonio del Estado, público, cultural o fiscal; la pena será aumentada una tercera parte de lo establecido. De igual manera,  si los daños son suministrados a bienes fiscales necesarios para la prestación de servicio público, la pena será elevada a la mitad.  

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