La Ley 2486 de 2025 exime del SOAT y otros requisitos a ciertos vehículos eléctricos. Críticas se centran en riesgos viales y falta de protección a terceros.
Ley firmada por Petro deja sin SOAT ni matrícula a ciertos vehículos eléctricos y causa controversia.
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El presidente Gustavo Petro sancionó la Ley 2486 de 2025, que exime del SOAT, matrícula y licencia de conducción a los vehículos eléctricos de baja potencia. La decisión, aunque respaldada por argumentos ambientales, desató una fuerte polémica por sus efectos en seguridad vial y garantías legales.
La norma aplica específicamente a vehículos eléctricos con potencia inferior a 1.000 vatios, siempre y cuando transiten exclusivamente por ciclorrutas y otras zonas de cicloinfraestructura. Su objetivo, según el Gobierno, es incentivar el uso de medios de transporte limpios en contextos urbanos.
La ley ya está vigente desde el pasado 17 de julio. Surgió del proyecto 219 de 2024 en la Cámara y el 111 de 2023 en el Senado, y fue firmada por el mandatario tras superar todos los debates legislativos.
¿Qué incluye la exención?
De acuerdo con el texto, los vehículos que cumplan los requisitos estarán exentos de tres exigencias clave:
• SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito)
• Matrícula
• Licencia de conducción
La ley establece que los mayores de 16 años podrán conducirlos sin restricciones, mientras que los menores entre 12 y 16 años también podrán usarlos, pero solo dentro de la infraestructura vial destinada a ciclistas.
Desde el Gobierno nacional, esta decisión se presenta como parte de una estrategia para fortalecer la micromovilidad eléctrica y reducir emisiones de gases contaminantes. En ciudades como Bogotá y Medellín, el uso de bicicletas y vehículos eléctricos ha crecido significativamente.
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Sin embargo, sectores técnicos y políticos advierten que la medida podría aumentar los riesgos en las vías. La falta del SOAT significa que, en caso de accidente, no habrá cobertura médica garantizada ni indemnizaciones automáticas para terceros afectados.
“El problema no es la sostenibilidad, sino la falta de responsabilidad legal”.
Afirmó Juan David Quintero, vicepresidente del Concejo de Bogotá, quien ya anunció una demanda contra la ley
“Es una norma que deja a los peatones desprotegidos en caso de siniestros”.
La Secretaría de Movilidad de Bogotá, dirigida por Claudia Díaz, expresó su preocupación. Aunque apoyan la promoción del transporte limpio, pidieron que se priorice el derecho a la vida y se revisen las implicaciones en la convivencia vial.
El texto legal incluye 18 artículos, donde también se abordan temas como adelantamiento en cicloinfraestructura, garantías de repuestos y aspectos arancelarios. No obstante, para muchos expertos, el punto crítico sigue siendo la falta de un mecanismo que reemplazara la cobertura del SOAT.
El SOAT, obligatorio para todos los vehículos en Colombia, cubre gastos médicos, incapacidades, indemnizaciones por muerte y servicios funerarios. Su ausencia puede dejar a víctimas de accidentes sin respaldo económico.
¿Aporte ambiental o vacío legal?
Aunque sectores celebran el avance en movilidad eléctrica, otros lo ven como una puerta abierta a la informalidad y una amenaza para la seguridad vial. La discusión apenas comienza, y se espera que entidades de control y gobiernos locales demanden ajustes reglamentarios para mitigar los efectos no deseados.
Por ahora, la Ley 2486 de 2025 ya está en vigor, y su implementación será clave para determinar si la apuesta por la movilidad eléctrica se convierte en un verdadero avance… o en una fuente de nuevos riesgos para peatones y conductores.
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