Las empresas colombianas que estén obligadas a contratar aprendices del SENA y decidan no hacerlo deberán asumir un pago más alto a partir de los cambios establecidos en la reforma laboral. La medida busca fortalecer los procesos de formación técnica y tecnológica, así como ampliar las oportunidades para los jóvenes que ingresan al mercado laboral.
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De acuerdo con la Ley 2466 de 2025, las compañías que no vinculen a los aprendices exigidos por la normativa deberán realizar una monetización equivalente a 1,5 salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada cupo no cubierto. Con el salario mínimo de 2026, esta cifra ronda los 2,6 millones de pesos mensuales por aprendiz.

La obligación aplica principalmente para empresas privadas, personas naturales o jurídicas con actividades económicas distintas a la construcción que cuenten con 15 o más trabajadores. También incluye empresas industriales y comerciales del Estado, así como sociedades de economía mixta de los niveles nacional, departamental, distrital y municipal.
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¿Cuántos aprendices debe tener una empresa?

La legislación establece que las compañías deben vincular un aprendiz por cada 20 trabajadores. Además, cuando exista una fracción de 10 empleados o más, deberán contratar un aprendiz adicional. En el caso de las empresas que tienen entre 15 y 20 trabajadores, la norma exige al menos un aprendiz.
Uno de los cambios más relevantes de la reforma laboral fue el reconocimiento del contrato de aprendizaje como una modalidad especial de contrato laboral. Esto implica nuevas responsabilidades para los empleadores y mayores beneficios para los aprendices.
Durante la etapa lectiva, los aprendices reciben el 75 % del salario mínimo, mientras que en la etapa práctica obtienen el 100 %. Asimismo, tienen acceso a afiliación en salud, pensión y riesgos laborales, además de prestaciones sociales y otros beneficios contemplados por la ley.
Las cifras del SENA muestran que el recaudo por monetización e incumplimiento de la cuota de aprendizaje continúa creciendo. Mientras que en 2024 se obtuvieron más de 263.000 millones de pesos por este concepto, en 2025 la cifra superó los 440.000 millones, lo que representa un incremento cercano al 67 %.


Las empresas que incumplan tanto la contratación de aprendices como el pago de la monetización también pueden enfrentar sanciones adicionales. Entre ellas se encuentran multas calculadas en UVT, intereses moratorios por pagos tardíos y procesos sancionatorios adelantados por el SENA.
Aunque las sanciones económicas pueden ser elevadas, el pago de estas no exime a las compañías de cumplir con la cuota obligatoria de aprendizaje o de realizar la monetización correspondiente establecida por la ley.
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