En Colombia, el servicio militar es una figura regulada por la Constitución y las leyes correspondientes. Todo hombre al cumplir los 18 años tiene la obligación de definir su situación militar (por ejemplo, prestando servicio o gestionando la exención), salvo que aplique alguna causal de exoneración.
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Sin embargo, que alguien sea hijo único sí aparece como una de las causales que pueden eximirlo o hacer válido su trámite de exención según la ley.

Causales de exoneración para prestar servicio militar: hijo único entre ellas
La ley 1861 de 2017 (y normativa conexa) incluye dentro de sus causales varias condiciones bajo las cuales una persona puede quedar exonerada del servicio militar obligatorio. Entre esas condiciones está ser hijo único, siempre que se puedan acreditar los documentos pertinentes que demuestren esa condición.
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Otras causales que también permiten quedar exento incluyen:
- Ser huérfano de padre o madre que con su trabajo sostiene hermanos que no pueden subsistir por sí mismos.
- Si los padres son mayores o incapacitados para trabajar y el hijo debe atenderlos.
- Tener discapacidad (física, sensorial, psíquica) permanente.
- Ser indígena con certificación de su comunidad.
- Ser padre de familia, estar casado, hacer parte de víctimas del conflicto, objetor de conciencia, etc.
Entonces, no todos los hijos únicos están obligados a prestar servicio militar. El hecho de ser hijo único es una de las causales legales de exoneración, siempre que la persona presente los documentos que acrediten esa condición, de acuerdo con los requisitos establecidos en las normas vigentes.
Por ende, es importante consultar cada caso y su respectiva aplicación para poder tener un asesoramiento personalizado.

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