La Gobernación del Valle informó a los ciudadanos las situaciones y casos en los que se pueden condonar los intereses de los contribuyentes morosos.
El pasado 17 de abril del presente año (2023) el Gobierno Departamental recordó a los ciudadanos vallecaucanos la vigencia de la ordenanza 610. Esto es para los contribuyentes que se encuentran en mora a la condonación de los intereses y sanciones de su deuda.
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De igual manera, la ordenanza está vigente hasta el 31 de octubre del 2023 para quienes se encuentren o clasifiquen dentro de los casos específicos.
Las condiciones que la Gobernación reconoce y podrán acceder a los alivios son las siguientes:
- Personas fallecidas que no dejaron bienes.
- Las deudas que después de cinco años no se cancelaron y tampoco se tiene registro del deudor.
- Establecimientos públicos y agentes retenedores que estén en mora por deudas antes del 2020.
- Los ciudadanos que se encuentren en cobro coactivo y el embargo no haya superado el 80% de la deuda al momento de la solicitud de condonación,.
- Los contribuyentes que tengan vehículos que hayan sido hurtados, chatarrizados o se encuentren con traspaso abierto, hacen parte de las condiciones para poder acceder a los alivios.
Asimismo, las personas que estén interesadas en aplicar a la remisión de deudas por parte de la Gobernación deberán de radicar la solicitud por escrito.
La radicación por escrito será por la ventanilla única del primer piso del edificio de la Gobierno Departamental, también va a ser con atención y asesoría si es necesario.
Finalmente, el Gobierno del Valle resaltó que la remisión de las deudas debe de cumplir unas condiciones específicas en el documentos aprobado por la Asamblea.
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