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¿Qué sucede si un empleador no afilia a un trabajador al sistema de seguridad social?

¿Qué sucede si un empleador no afilia a un trabajador al sistema de seguridad social?

Tomado de Unsplash.

En Colombia, la afiliación de los trabajadores al Sistema de Seguridad Social es una obligación legal y fundamental que garantiza derechos esenciales como la salud, pensión y riesgos laborales. El incumplimiento de esta obligación por parte del empleador acarrea diversas consecuencias legales, económicas y sociales que afectan tanto al trabajador como al empleador.

Según la Ley 100 de 1993, es responsabilidad del empleador afiliar a sus trabajadores a las entidades que administran la seguridad social, incluyendo salud, pensiones y riesgos laborales. Esta afiliación debe realizarse desde el inicio de la relación laboral, sin importar la duración del contrato o si el trabajador está en período de prueba.

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Consecuencias para el trabajador el no estar vinculado a un Sistema de Seguridad Social

Ahora bien, la falta de afiliación impide al trabajador acceder a servicios de salud, prestaciones económicas por incapacidades, licencias de maternidad o paternidad y, a largo plazo, a una pensión de vejez o invalidez.

Además, el trabajador queda desprotegido ante accidentes laborales, lo que puede afectar su bienestar y el de su núcleo familiar.

Asimismo, el empleador que no cumple con la afiliación enfrenta múltiples repercusiones, la más importante es la de asumir todos los gastos derivados de enfermedades, accidentes, maternidad y pensiones del trabajador. Incluyendo tratamientos médicos y prestaciones económicas.

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De igual manera, el Ministerio de Trabajo puede imponer multas que oscilan entre 1 y 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) por la no afiliación o el pago incorrecto de aportes al sistema de seguridad social.

Asimismo, Viviana Bernal, abogada invitada al programa de 90 minutos, Nuestro derecho, puntualizó las consecuencias de no afiliar a un trabajador al Sistema de Seguridad Social:

“Hacer este proceso tiene un impacto sobre el sistema pensional, el sistema de riesgos laborales y salud. El no generar este tipo de aportes al sistema generaría que el empleador deba responder por todas las contingencias que lleguen a ocurrir en el desarrollo de esa relación laboral como lo haría la entidad de seguridad social”.

Asimismo, Bernal continuó precisando:

“De llegarse a generar un evento adverso, como por ejemplo un accidente laboral en el desarrollo de las actividades que desempeña una persona de servicio doméstico, el empleador deberá cubrir prestaciones asistenciales y económicas de la misma forma que lo haría la administradora de riesgos laborales”.

En suma, la Corte Constitucional ha establecido que la negligencia del empleador no justifica dejar desamparados a los trabajadores con expectativas pensionales legítimas. Por ello, el empleador está obligado a asumir las prestaciones que el sistema de seguridad social habría cubierto.

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Recomendaciones para empleadores

Para evitar estas consecuencias, es esencial que los empleadores:

Cumplir con estas obligaciones no solo garantiza el bienestar de los trabajadores, sino que también protege al empleador de posibles sanciones y responsabilidades legales.

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