El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) confirmó que la mayoría de las infracciones a la UEFA hacía referencia no se pudieron demostrar: “Como las acusaciones sobre haber camuflado fondos de capital eran significativamente más graves que obstruir las investigaciones de la CFCB, no era apropiado imponer una exclusión de las competiciones europeas por no haber cooperado correctamente”, comunicaron.
El Manchester City apeló la sanción que se le impuso el 14 de febrero por haber ido en contra de la normativa de licencias de la UEFA y el “fair play” financiero al exagerar su beneficio de patrocinadores en las informaciones transmitidas a la UEFA entre 2012 y 2016.
La sanción dictaba que el conjunto inglés no podría participar en las próximas 2 ediciones de UEFA Champions League por supuestamente camuflar “fondos de capital” como “ingreso de patrocinadores”, sin embargo, el TAS falló a favor de los cityzens.
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Por otra parte, también se le redujo la multa impuesta por 30 millones de euros a una cantidad total del 10 millones, en un comunicado el TAS señaló que: “El Manchester City ha contravenido el artículo 56 de las regulaciones sobre licencias de clubes y sobre fair play financiero. El Manchester City tendrá que pagar una multa de 10 millones de euros a la UEFA en 30 días”.
Para llevar a cabo la reducción de dicha multa, el TAS se apoyó en los recursos financieros del club, la importancia de la cooperación de los equipos debido a las limitadas capacidades de investigación del CFCB, y la ruptura del City de tal principio.
Además de esto, el equipo mostró su agradecimiento con la decisión que tomó el TAS y afirmó mediante un comunicado que: “El Manchester City quiere manifestar su satisfacción con la resolución que valida la posición del club y las pruebas que fueron presentadas”.
— Manchester City (@ManCityES) July 13, 2020
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