Luego de conocerse la nueva UVT y el salario mínimo que regirá este año; el país tiene todos los datos que permitirán conocer los diferentes incrementos. Tome nota de los productos y servicios que subirán de precio este 2022.
Inflación
Las siguientes tarifas subirán en 2022 en igual porcentaje que el incremento del 5,62% que tuvo el IPC en 2021:
- Peajes
- Servicios públicos
- Arriendos
- Matrículas de colegio
- Avalúos catastrales
- Patios y grúas
- Mesadas de pensiones superiores al salario mínimo
Salario mínimo
El diciembre pasado se conoció un acuerdo histórico con el que el salario mínimo de 2022 subirá en 10,07%; hasta el millón de pesos. El fuerte incremento también tendrá consecuencias en las siguientes tarifas:
- Subsidios de vivienda: los umbrales y ayudas de los subsidios de vivienda están denominados en salarios mínimos legales vigentes (SMLV). De esta manera, en 2022 el programa Mi Casa Ya dará un auxilio para la cuota inicial de entre $20 y $30 millones. Y aplicará para hogares con ingresos mensuales menores a $4 millones (cuatro SMLV).
Lea también: Licencia de tránsito y otros documentos también serán digitales desde el 5 de enero
- SOAT: las coberturas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) están denominadas en salarios mínimos diarios. Aunque hay una clara influencia de este salario, la tarifa del servicio no necesariamente sube en el mismo porcentaje. También tiene en cuenta otros factores como el número de accidentes y sus respectivos gastos médicos.
UVT
En esta oportunidad el Gobierno decretó que la Unidad de Valor Tributario (UVT) subirá 4,67% en 2022, quedando en $38.004. En este sentido el incremento se verá reflejado:
- Multas, sanciones y otros: el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 (Ley 1955 de 2019) estableció en su artículo 49 que todos los “cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, actualmente denominados y establecidos con base en el salario mínimo mensual legal vigente, deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT)”
- Declaración de renta: el estatuto tributario vigente establece que quienes tengan ingresos anuales de más de 1.400 UVT deben declarar renta el año inmediatamente siguiente. Es decir, en 2023 deberán declarar renta quienes en todo el 2022 tengan ingresos de más de $53,2 millones ($38.004 x 1.400)
Sigue nuestras redes sociales: