Colombia

Video: tensión entre Ejercito e indígenas del Cauca que buscaban tomarse hacienda cañera

El enfrentamiento ocurrió mientras los indígenas invadían predios del Ingenio Azucarero del Cauca.

Video: tensión entre Ejercito e indígenas del Cauca que buscaban tomarse hacienda cañera

El enfrentamiento ocurrió mientras los indígenas invadían predios del Ingenio Azucarero del Cauca.

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Los hechos se presentaron el pasado jueves 4 de enero en la Hacienda Miraflores, zona rural de Corinto. Allí se registró un enfrentamiento en que que hubo insultos y algunos disparos entre militares e indígenas que buscaban tomarse el terreno de un Ingenio.

 La Tercera División del Ejército informó que “El enfrentamiento se presentó debido a que cerca de 50 personas invadieron unos predios pertenecientes al Ingenio Azucarero del Cauca e intentaban incinerar la maquinaria que se encontraba en el lugar”.

Frente a esto, los uniformados llegaron al lugar para buscar controlar la situación; el hecho no dejó personas heridas, sin embargo sí hubo disparos por parte de los militares, el fuerte enfrentamiento quedó registrado en un video que fue difundido en redes sociales.

En el video se evidencia  la agresión verbal por parte de ambos grupos. El momento de mayor tensión se logra evidenciar cuando uno de los indígenas pone sobre el cuello de uno de los militares un machete, amenazando con herirlo, allí sus compañeros intentan controlar la situación y en medio de los gritos, se comienzan a escuchar disparos.

Posteriormente el video muestra que son los mismos militares quienes realizaron varios disparos al suelo para intentar intimidar a los civiles y terminar el enfrentamiento.

En un comunicado, la Institución se pronunció el pasado jueves en la noche sobre los hechos, aclarando que La Unidad Militar, adscrita a la Fuerza de Tarea Apolo de la Tercera División, adelantaba operaciones de control territorial como parte su misión Constitucional.

Añadiendo que para dar claridad a la situación, ya se destinaron hacia el lugar de los hechos funcionarios de la Inspección Delegada para adelantar las primeras averiguaciones.

Posteriormente, La Tercera División del Ejército pondrá la denuncia por el delito contemplado en el artículo 429 del Código Penal, que sanciona la situación violencia contra el servidor público, relacionado en este caso con el accionar violento y las amenazas por parte de los civiles en contra de la Fuerza Pública.

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Decisión contra Petro genera debate: cuestionan si Comisión de Acusaciones puede suspender al Presidente

La determinación fue adoptada, según se argumentó, con el propósito de evitar una eventual participación en política o posibles interferencias en el desarrollo de la campaña electoral.

Decisión contra Petro genera debate: cuestionan si Comisión de Acusaciones puede suspender al Presidente
EFE/ Lenin Nolly

La determinación fue adoptada, según se argumentó, con el propósito de evitar una eventual participación en política o posibles interferencias en el desarrollo de la campaña electoral.

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En una decisión que ya genera controversia y cuestionamientos jurídicos, Gloria Arizabaleta, presidenta e investigadora de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, ordenó una medida cautelar que suspende temporalmente del cargo al presidente Gustavo Petro hasta el próximo 21 de junio, fecha de la segunda vuelta presidencial.

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La determinación fue adoptada, según se argumentó, con el propósito de evitar una eventual participación en política o posibles interferencias en el desarrollo de la campaña electoral.

En el auto, que circula en redes sociales, se señala que la suspensión provisional corresponde a una medida cautelar que puede ser adoptada por el funcionario instructor durante investigaciones relacionadas con faltas graves o gravísimas.

El documento además sostiene que la presunta conducta atribuida al presidente Gustavo Petro estaría relacionada con la prohibición de participación en política contemplada en el artículo 60, numerales 1 y 2, de la Ley 1952 de 2019, considerada como una falta gravísima.

Además, en el documento se aclara que la "determinación definitiva de su naturaleza será objeto de la investigación; sin embargo, por la jerarquía del disciplinable y la trascendencia de la presunta falta, es decir, por el desconocimiento del deber de neutralidad de los servidores públicos en el marco de una contienda electoral, a pocos días de la segunda vuelta presidencial, la conducta no puede catalogarse como leve".

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Reacciones políticas ante la medida cautelar

La senadora Angélica Lozano reaccionó a la decisión calificándola como “absurda” y aseguró que, según el artículo 194 de la Constitución, únicamente el Senado de la República tiene la facultad de suspender o destituir al presidente.

La congresista explicó que una medida de este tipo debería surtir un trámite legislativo y disciplinario mucho más amplio, que incluiría una votación en la Comisión de Acusaciones, posteriormente en la plenaria de la Cámara de Representantes y luego en la Comisión de Instrucción del Senado, integrada por cinco senadores abogados, antes de llegar a consideración de la plenaria del Senado.

Por su parte, el ministro del Interior, Armando Benedetti, también cuestionó la decisión y aseguró que, jurídicamente, la Comisión de Acusaciones no tiene facultades para suspender al presidente de la República, al tratarse de un órgano de instrucción.

Según explicó, cualquier proceso de este tipo debe surtir varias etapas institucionales: primero, la plenaria de la Cámara de Representantes debe actuar como ente acusador, ya sea en materia penal o disciplinaria, y posteriormente corresponde al Senado definir una eventual suspensión o destitución del mandatario.

“El Senado es el único órgano que puede suspender al presidente de la República. La Comisión de Acusaciones no tiene esa competencia, y mucho menos puede hacerlo la voluntad individual de una representante”.

Benedetti.

El representante electo por el Centro Democrático, Daniel Briceño, también reaccionó a la decisión y aseguró que la representante Gloria Arizabaleta, a quien señaló de ser cercana al Gobierno nacional, no tiene competencia para suspender al presidente Gustavo Petro.

Briceño afirmó que la medida buscaría generar una estrategia de victimización política de cara a la campaña presidencial y cuestionó la legalidad de la actuación. “Quieren repetir escenas del pasado y creen que los colombianos somos ingenuos”, expresó el dirigente político.

De igual forma, la senadora María Fernanda Cabal se pronunció y declaró la decisión como “muy grave”:

“Muy grave esta decisión de una congresista del Pacto Histórico de Petro. La Comisión de Acusaciones no tiene esa competencia, que parece más un favor para que Petro se victimice y arme un lío en el país. Solo el Senado puede decretar la suspensión”.

Roy Barreras también se pronunció sobre la polémica decisión y cuestionó sus alcances, señalando que una actuación de este tipo podría generar escenarios de desestabilización institucional en el país.

De igual forma, calificó la medida como “inconstitucional” y aseguró que representa una amenaza contra las instituciones democráticas.

Las investigaciones contra Gustavo Petro en la Comisión de Acusaciones

La Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes abrió una investigación disciplinaria contra el presidente Gustavo Petro para establecer si habría incurrido en una presunta intervención indebida en política a través de publicaciones realizadas en su cuenta de la red social X entre 2023 y 2025.

De acuerdo con el auto conocido, los investigadores encontraron elementos suficientes para avanzar en una etapa formal de investigación sobre al menos 15 mensajes publicados por el mandatario, los cuales estarían relacionados con actividades, debates o controversias de carácter político-partidista.

La Comisión señaló que las publicaciones tendrían la entidad suficiente para justificar el inicio de la actuación instructiva, cuyo objetivo será verificar los hechos denunciados, esclarecer las circunstancias en las que ocurrieron y determinar si existe una eventual relevancia disciplinaria frente a las restricciones constitucionales y legales sobre participación en política por parte de servidores públicos.

Como parte de las diligencias, el organismo ordenó incorporar al expediente capturas de pantalla, publicaciones y demás material digital recopilado durante la fase preliminar, además de adelantar una verificación técnica sobre la autenticidad y contexto de los contenidos difundidos.

La Policía Judicial adscrita a la Comisión será la encargada de validar los mensajes objeto de análisis, documentar fechas, enlaces, alcance de las publicaciones y establecer posibles responsables de la administración de la cuenta. Asimismo, deberá garantizar la preservación y cadena de custodia del material digital.

Adicionalmente, la Comisión solicitó al Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) certificar, en un plazo de cinco días, si la cuenta @petrogustavo ha sido utilizada oficialmente como canal institucional de comunicación del jefe de Estado.

La solicitud también incluye información sobre funcionarios, asesores, contratistas o terceros que hayan tenido acceso a la cuenta presidencial, así como detalles sobre los protocolos internos para la elaboración, revisión y publicación de contenidos en redes sociales y las directrices institucionales relacionadas con la participación en política.

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Colombia

Magistrado de Bogotá ordena a De la Espriella quitar publicidad política que tenga símbolos patrios

El magistrado le ordenó a De la Espriella abstenerse de incurrir en el "uso indebido de los emblemas nacionales".

Magistrado de Bogotá ordena a De la Espriella quitar publicidad política que tenga símbolos patrios
Fotografía de archivo en la que se captó al candidato a la presidencia de Colombia por el Movimiento de derecha Defensores de la Patria, Abelardo de La Espriella, durante un acto proselitista, en Bogotá (Colombia). EFE/Carlos Ortega

El magistrado le ordenó a De la Espriella abstenerse de incurrir en el "uso indebido de los emblemas nacionales".

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El magistrado Rafael Albeiro Chavarro, del Tribunal Superior de Bogotá, ordenó de manera provisional al candidato presidencial Abelardo de la Espriella suspender el uso del eslogan de campaña “Firme por la patria” y retirar, en un plazo máximo de 24 horas, toda la publicidad política que contenga símbolos patrios.

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Por medio de un auto que admite una tutela, el magistrado ponente acogió las pretensiones del demandante y, de manera provisional, le ordenó a De la Espriella abstenerse de incurrir en el "uso indebido de los emblemas nacionales".

Cabe señalar que, para el accionante, esto afecta "la libertad electoral y de escogencia del conglomerado social y transmite el mensaje de que toda manifestación de oposición a esa campaña electoral, así como cualquier decisión contraria a esa propuesta política, constituye un acto de deslealtad con el Estado colombiano".

El accionante argumentó que la legislación electoral colombiana prohíbe el uso de símbolos patrios en campañas para cargos de elección popular. Según explicó, esta medida busca prevenir prácticas que puedan afectar la institucionalidad democrática del país y está contemplada en los artículos 5 de la Ley 130 de 1994 y 35 de la Ley 1475 de 2011.

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En este sentido, para el magistrado Chavarro, De la Espriella y su empresa política 'Defensores de la Patria' han afectado los derechos fundamentales a la libertad de elección y de escogencia al incluir y difundir de manera indebida símbolos patrios en su publicidad electoral.

Y es que, en el auto, argumenta que esta situación se agravó por la mora procesal injustificada en la que habría incurrido el Consejo Nacional Electoral (CNE) frente a una denuncia presentada el 14 de octubre de 2025, en la que se puso en su conocimiento esta falta.

De acuerdo con el magistrado, dicha omisión también habría generado un constreñimiento sobre los votantes, razón por la cual consideró procedente conceder la medida cautelar.

"Las pruebas recaudadas permiten advertir que la propaganda electoral difundida en redes sociales por el candidato presidencial Abelardo Gabriel de la Espriella Otero y el grupo significativo de ciudadanos 'Defensores de la Patria' hace un uso inadecuado de símbolos patrios dentro de la campaña política".

Comunicado.

Además, agrega que esa conducta desconoce la libertad electoral protegida por el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos y por el artículo 258 de la Constitución.

Según el magistrado ponente, el uso de estos elementos también iría en contra de lo establecido en los artículos 5 de la Ley 130 de 1994 y 35 de la Ley 1475 de 2011, además de desconocer la jurisprudencia fijada por la Corte Constitucional en las sentencias C-1153 de 2005 y C-490 de 2011.

Los fundamentos de la decisión judicial

  • El uso de la bandera de Colombia.
  • La utilización de la paleta cromática asociada a ese símbolo patrio (amarillo, azul y rojo).
  • El saludo propio de las fuerzas militares y de policía.
  • El uso de la palabra "patria" antecedida por el término "defensores", una combinación que, según el despacho, transmite la idea de que quienes no comparten esa campaña política incurren en una forma de deslealtad con el Estado colombiano.

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Colombia

¿Se acerca un nuevo 'Super Niño' a Colombia? Esto es lo que advierten los expertos

Aunque todavía existe incertidumbre sobre la magnitud final del fenómeno, los expertos coinciden en que el segundo semestre de 2026 será clave.

¿Se acerca un nuevo 'Super Niño' a Colombia? Esto es lo que advierten los expertos
Tomado de Pexels / Imagen de referencia.

Aunque todavía existe incertidumbre sobre la magnitud final del fenómeno, los expertos coinciden en que el segundo semestre de 2026 será clave.

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Las alertas sobre un posible fenómeno de El Niño de gran intensidad han comenzado a aumentar en varios países de América Latina. Mientras en Perú las autoridades monitorean la evolución de las temperaturas del océano Pacífico ante el riesgo de un evento climático extremo, en Colombia también crece la atención sobre lo que podría ocurrir durante el segundo semestre de 2026.

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De acuerdo con el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), los modelos internacionales muestran señales claras de calentamiento en el océano Pacífico ecuatorial, una de las principales características asociadas al desarrollo del fenómeno de El Niño.

Asimismo, las proyecciones indican una alta probabilidad de que estas condiciones se consoliden entre junio y agosto, con posibilidades de extenderse hasta finales de año.

Tomado de Unsplash. / Imagen de referencia.

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Aunque las autoridades aún no han declarado oficialmente la presencia del fenómeno, sí han activado mecanismos de seguimiento y prevención ante los posibles impactos. Puntualmente, en regiones del país específicas como las costas o la zona insular.

¿Qué significa hablar de un 'Super Niño'?

El término “Super Niño” suele utilizarse para describir eventos de El Niño excepcionalmente fuertes, caracterizados por un calentamiento muy por encima de lo normal en las aguas del Pacífico tropical. Sin embargo, expertos recuerdan que no se trata de una categoría oficial utilizada por todos los organismos meteorológicos.

Aun así, diversos pronósticos sugieren que el evento previsto para 2026 podría alcanzar una intensidad moderada, fuerte o incluso muy fuerte si continúan aumentando las temperaturas oceánicas durante los próximos meses.

Los posibles efectos para Colombia

Históricamente, El Niño ha estado asociado en Colombia con una reducción de las lluvias, aumento de las temperaturas y mayor riesgo de incendios forestales, especialmente en las regiones Andina, Caribe y parte de la Pacífica. También puede afectar la disponibilidad de agua para consumo humano, agricultura y generación de energía hidroeléctrica.

Por esta razón, el Gobierno Nacional y los organismos de gestión del riesgo ya iniciaron planes de preparación para enfrentar posibles escenarios de sequía y desabastecimiento. Las autoridades recomiendan a las comunidades mantenerse informadas a través de los boletines oficiales del Ideam y evitar difundir versiones alarmistas que no cuenten con respaldo científico.

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