El 2024 trajo consigo el tema de la facturación electrónica en Colombia. Asimismo, a través de la Resolución 008 se estableció un calendario para la transición hacia la generación y transmisión de manera electrónica de documentos equivalentes; siendo una manera de revalidar el dinero que se ha gastado en el momento de declarar renta.
Por su parte, entre el 1 de mayo y el 1 de noviembre, los contribuyentes deberán adaptarse a esta nueva normativa, bajo la guía y asesoramiento de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian.
Documentos que deben solicitar para la facturación electrónica
Justamente, la nueva reglamentación provoca algunas dudas en los comerciantes, quienes terminarán siendo los que más usen este proceso.
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Asimismo, Luis Carlos Reyes, director de la Dian, a través de su red social de Tik Tok, realizó una lista de los documentos que no deberían solicitar para la facturación electrónica en Colombia.
Por su parte, estos son los requerimientos que sí deben solicitar para expedir la factura electrónica en el país:
- Razón social (Nombre de la empresa)
- NIT
- Correo electrónico
Documentos que NO deberían solicitar
Sin embargo, Reyes explicó que estos documentos no deben ser solicitados:
- Registro de Cámara de Comercio
- RUT actualizado ni “desactualizado”: En esta credencial sucede un caso especial, ya que no se desactualiza; únicamente sucede cuando una información de la empresa cambia. Por ende, no es necesario que se requiera para la facturación, ni actualizado ni ‘vencido’.
- Cualquier tipo de RUT
- Nombre del representante legal, ni Cédula de Ciudadanía, ni fecha de nacimiento
- Dirección de empresa
- Teléfono
- Fecha de constitución de la empresa
- Solicitud de factura por correo electrónico
- Esperar una semana (debe ser inmediatamente)
- Llamada del contador de la organización
- Encuesta de satisfacción
- Crear un usuario dentro de una plataforma digital
@luiscarlosrh
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