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En Colombia ya hay decreto que regula el porte de armas traumáticas

El decreto tiene como propósito disminuir los riesgos y violencia que estas armas pueden generar cuando recientemente han sido utilizadas a través de su modificación para cometer actos criminales.

El decreto tiene como propósito disminuir los riesgos y violencia que estas armas pueden generar cuando recientemente han sido utilizadas a través de su modificación para cometer actos criminales.

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Este viernes 5 de noviembre el Gobierno Nacional expidió el decreto 1417 del 2021 que regula el porte de armas traumáticas en Colombia, con el propósito de disminuir los riesgos y la violencia tras el aumento de los actos delictivos llevados a cabo con este tipo de armas.

Así lo dio a conocer el ministro de Defensa, Diego Molano Aponte, quien expresó que el objetivo fundamental es disminuir la violencia que las armas pueden generar cuando son utilizadas a través de su modificación “para hurtos o para afectar, en muchos casos, la integridad de policías o de otros ciudadanos en Colombia”.

Asimismo, el decreto señala que “las armas traumáticas son dispositivos destinados a propulsar uno o varios proyectiles de goma o de otro tipo que pueden causar lesiones; daños, traumatismos y amenaza, y por sus características deben ser consideradas como armas”.

Por lo tanto, desde ahora se deberá portar un permiso para tener un arma traumática y las personas que las poseen tendrán un plazo máximo de ocho meses para entregarlas a la Industria Militar, Idumil, e iniciar con el proceso de registro.

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¿Cómo puede registrar el arma?

Para el registro, la comunidad deberá acercarse a los puntos que las autoridades autoricen para entregar las armas traumáticas para luego; diligenciar un formulario en donde la persona decidirá entre entregar el arma, solicitar el marcaje y continuar con el trámite de registro y emisión del permiso de tenencia y/o porte del arma o hacer entrega de la misma voluntariamente en el caso en que decida no marcarla, ni adelantar el trámite de registro y emisión del permiso.

Este es el proceso para solicitar el permiso de tenencia del arma traumática

De este modo, para solicitar el permiso legal, la persona, después de hacer la entrega a Indumil; deberá evidenciar la entrega del comprobante de recepción junto con el formato con los datos del propietario y de las armas para, posteriormente; solicitar la cita con el código único de atención ciudadana electrónica y presentarse el día de la cita en el Departamento de Control del Comercio de Armas, Municiones y Explosivos a nivel nacional para el enrolamiento, obtención de la huella dactilar y fotografía en el sistema.

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De igual manera, una vez cancelado el valor, el cual no se encuentra establecido en el decreto; y luego de haber asistido a la citación, el arma será entregada en un plazo de ocho días hábiles.

Según cifras suministradas por la Policía, los delitos con estas armas han ido aumentando

Las cifras reveladas por la Policía Nacional que se tuvieron en cuenta para la elaboración del decreto demuestran que desde el 2018 se ha incrementado el uso de estas de forma irregular; registrándose para ese año un total de 3.201 armas traumáticas incautadas, mientras que para el 2019 la cifra ascendió a 3.804.

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En ese sentido, para el 2020, pese a la poca movilidad generada por la pandemia del covid-19; la Policía incautó alrededor de 5.478 armas y para el 2021 ha ido aumentando a 6.569.

Finalmente, el artículo 365 del Código Penal plantea que "el que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare, porte o tenga en un lugar armas incurrirá en un delito de porte ilegal".

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¡Atención! La próxima semana inician pagos del subsidio Colombia Mayor

Muchas son las dudas que tiene la población beneficiada del subsidio Colombia Mayor. Por eso, con este informe buscamos aclarar esas preocupaciones.

Muchas son las dudas que tiene la población beneficiada del subsidio Colombia Mayor. Por eso, con este informe buscamos aclarar esas preocupaciones.

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Muchas dudas se han generado en los últimos meses por el pago del subsidio Colombia Mayor, otorgado por el Gobierno Nacional a personas con ciertas características poblaciones y sociales. Por eso, hoy buscamos aclararlas, por lo que es una información que debería compartirle a sus padres, abuelos, tíos, vecinos y todo el que necesite claridad ‘Colombia Mayor’.

Primero, es necesario aclarar que todavía no han comenzado los pagos del año 2023. Prosperidad Social anunció que inician la próxima semana con el operador SuperGiros.

En ese sentido, una vez inicie el proceso, se les pagará a los beneficiarios lo correspondiente a los meses de enero y febrero.

Desde el Gobierno se ha manifestado que entienden la preocupación y desespero de los beneficiarios, adultos mayores; sin embargo, hay que entender que hay retrasos por problemas de contratación a nivel nacional y no porque lo hayan retirado del programa.

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¿Quiénes deben hacer algún trámite especial?

En primer lugar, aquellos beneficiarios que no están en las bases de datos, pero, ¿Cómo sabe si está o no? Debe ingresar a www.sisben.gov.co, opción consulta tu grupo Sisbén; ingresa su documento y verifica.

De no encontrar ninguno de sus datos, deberá inscribirse y solicitar la encuesta, preferiblemente a través del portal web de la entidad (www.sisben.gov.co)

Para este proceso le recomendamos revisar el instructivo revise el instructivo que le dejamos a continuación >>>>>>>>> o como última opción, puede acudir presencialmente a cualquiera de las sedes del Sisbén.

En segundo lugar, aquellos que quieran que les revisen el grupo en el que están, especialmente los que tengan desde la categoría D1, porque les parece que están mal calificados (estas personas también deberán solicitar una nueva encuesta, de la misma forma que los primeros)

Estos trámites pueden hacerse de manera virtual, pero hay dos cosas que solo se pueden hacer de manera presencial:

Inclusiones y modificaciones: es decir que, si el adulto mayor quiere incluir a alguien en su hogar, un hijo o alguien más que vaya a vivir con él, o si se va a vivir con alguien más.

Igualmente, en el caso de modificaciones de datos, como celular o número de documento, por ejemplo.

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¿Quiénes pueden aplicar al subsidio de Colombia Mayor?

Para ser beneficiario debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser colombiano.
  • Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
  • Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir.
  • Y De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.

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Sin embargo, aquellos que ya lo tienen asignado y lo están recibiendo, pueden estar en un grupo menor o igual a C18

Si cumplo estos requisitos ¿Cómo puedo acceder al subsidio?

En primer lugar, la persona debe estar inscrita y clasificado en el Sisbén, para eso debe solicitar la encuesta (vea este instructivo) cuando ya lo encuesten y tenga un grupo asignado, vaya a la sede del programa Colombia Mayor, que para Cali no es en el Sisbén, sino en el barrio El Bosque o en alguna de las trece sedes de los C.A.L.I dispuestos para este proceso.

Finalmente, desde Prosperidad Social manifestaron que el monto del subsidio seguirá, por ahora, siendo de 80 pesos mensuales, sin embargo, este año se entregará cada dos meses.

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