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Conozca los requisitos para realizar el traspaso de su vehículo en Cali

Conozca los requisitos para realizar el traspaso de su vehículo en Cali

Conozca los pasos para realizar el traspaso de su vehículo

Para facilitar el trámite de traspaso a persona determinada y aclarar algunas dudas de los ciudadanos, la Secretaría de Movilidad de Cali, presentó los requisitos que deben cumplir las personas que soliciten este procedimiento.

Esto, teniendo en cuenta la Resolución 4775 de 2019 del Ministerio de Transporte; donde se establece el manual de trámites para el registro o matrícula de vehículos automotores y no automotores. En todo el territorio nacional.

La persona que adelanta el proceso deberá presentar un formulario original de solicitud de trámites debidamente diligenciado, con firmas por las partes ( vendedor en la casilla N21 del formulario y el comprador en la casilla No 22 del formulario).

Asimismo, es necesario presentar las improntas adheridas directamente sobre el formulario de solicitud de trámites (sin residuos de papel). Además, se deberá adjuntar el contrato de compra y venta original; completamente diligenciado y firmado por las partes.

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El vendedor y el comprador deben estar a paz y salvo por infracciones de tránsito. Por lo que deberán estar registrados en el RUNT.

También es importante mencionar que el vehículo involucrado en la transacción, debe estar al día en el pago de sus impuestos correspondientes; así como con el SOAT, y la Revisión técnico – mecánica y de gases. Y posteriormente acreditar el pago de derechos de trámites.

Sí la persona que radicará el documento en ventanilla no es el vendedor o el comprador, deberá adjuntar el documento escrito donde el vendedor o comprador lo autoricen para radicar los documentos. Esta autorización debe especificar la placa y los trámites a realizar.

Otros aspectos a saber

En el caso en que intervenga una persona jurídica en el trámite como vendedor o comprador, deberá aportar fotocopia del certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a 30 días.

Para los vehículos de servicio público en modalidad de pasajeros, se deberá aportar el contrato de cesión de derechos expedido por la empresa afiladora y firmada por las partes cedentes, cesionario y representante legal de la empresa afiliada.

En caso de las sucesiones se deberá aportar escritura pública original. En este caso no es requisito aportar un contrato de compra venta.

Para los remates se debe aportar el acta de remate original, este caso no es requisito para aportar un contrato de compra venta.

El documento señala que los vehículos ensamblados o fabricados y vendidos en forma independiente el chasis y la carrocería, debe anexar las respectivas facturas de venta.

Si el vehículo presenta limitación o gravamen a la propiedad, deberá adjuntar el documento en el que conste su levantamiento o la autorización otorgada por el beneficiario del gravamen o limitación; en el sentido de aceptar la continuación de éste con el nuevo propietario.


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