En el Consejo Nacional Electoral (CNE) no se alcanzó la votación mínima, quedó 5-4 y ahora la decisión final pasa a manos de conjueces.
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Este 2 de febrero en el CNE, los magistrados del organismo electoral colombiano, se reunieron para definir el futuro del candidato Iván Cepeda en la consulta interpartidista ´Frente por la vida´ del próximo 8 de marzo.
La votación final terminaría en 5-4, resultando mayoritariamente en contra de la ponencia que pedía avalar al candidato presidencial. Cabe precisar que el reglamento establece que se necesitan mínimo 6 votos para que la decisión del organismo electoral fuera vinculante.
En la discusión de este lunes 2 de febrero, en el CNE también se realizó el sorteo de los tres conjueces que asumirán el caso del candidato Cepeda , los dos primeros conjueces, tendrán la responsabilidad de definir la situación del candidato Iván Cepeda, en su posible participación de la consulta interpartidista. El tercer conjuez, asumirá como posible suplente de alguno de los otros dos en caso tal que sea necesario.
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Además, fuentes extraoficiales le cuentan a 90 Minutos que, presuntamente, en dado caso de que el candidato Iván Cepeda no pueda participar en la consulta interpartidista, existe la posibilidad de que finalmente no se convoque la consulta del ´Frente por la vida´.
No obstante, hasta el momento no hay nada confirmado definitivamente. También se presume que los candidatos de los movimientos políticos cercanos a la izquierda y el progresismo, sostendrán una reunión muy prontamente, para analizar sus próximos movimientos frente a la coyuntura actual.
Igualmente se presume que el presidente Petro pese a encontrarse de visita en Estados Unidos, se mantiene muy atento a lo que pueda suceder con la consulta donde participará su movimiento político y sus cercanos políticos como el candidato el exembajador en Reino Unido Roy Barreras y el exgobernador de Nariño Camilo Romero.
Argumentos de la ponencia a favor de Iván Cepeda en el CNE
En la ponencia que buscaba favorecer a Iván Cepeda , los tres magistrados del organismo electoral con mayor cercanía al movimiento del presidente Petro, explicaron las razones del porque el candidato Cepeda SI debería participar de la consulta del próximo 8 de marzo.
Uno de los primeros asuntos que se abordaron por los magistrados del organismo electoral, fue el de las acusaciones sobre presunta doble militancia de Cepeda. Esto se debe a que una de las demandas sostiene que él resultó ganador de una consulta por el Polo Democrático y que ahora pretende participar en una nueva consulta bajo el Pacto Histórico.
En ese contexto, se recordó que el Polo hizo parte del proceso de fusión que dio origen y vida político-jurídico al Pacto Histórico como partido único, razón por la cual dichos respaldos no pueden evaluarse bajo el criterio de la doble militancia.
"La fusión reconocida por esta corporación no constituye una simple reorganización interna sino una transformación estructural del sistema de partidos, lo cual impide analizar las actuaciones políticas posteriores bajo la premisa de una militancia simultánea o concurrente" dice la ponencia.
Adicionalmente otra de las demandas se sustentó el argumento, de que el artículo 7 de la Ley 1475 de 2011 establece expresamente, que no es posible participar en dos consultas, dado que los resultados de la primera tienen carácter vinculante. El resultado de las consultas será obligatorio para el partido, movimiento, grupo significativo de ciudadanos o coalición, que las hubiere convocado, así como para los precandidatos que hubieren participado en ellas” se establece en la Ley 1475.
Sin embargo sobre este punto los magistrados ponentes a favor de Iván Cepeda señalaron que debería interpretarse las consultas como un "instrumento de profundización democrática, orientado a garantizar que las candidaturas respondan efectivamente a voluntad de militantes y ciudadanos" por eso mencionan que esta figura no debe concebirse como un propósito final, sino como un medio para organizar y facilitar la participación de manera efectiva.
Igualmente los magistrados ponentes añadieron documentación en la que mencionan que el Pacto Histórico tenían intenciones y busco dejar en claridad que la consulta de octubre de 2025 era con la visión de estar en la elección de la consulta en marzo del 2026, adjuntando el documento: “acuerdo participar en una consulta partidista a realizarse el próximo 26 de octubre de 2026, con el objeto de elegir una precandidatura del movimiento Pacto Histórico para que participe en una consulta interpartidista que elija candidatura única en coalición o para ser candidato único a la elección de la presidencia”.
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