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No olvide el pico y cédula en Cali para este lunes 26 de julio de 2021

No olvide el pico y cédula en Cali para este lunes 26 de julio de 2021

Este es el pico y cédula en Cali para este lunes 26 de julio de 2021. La medida regirá hasta el 5 de agosto de 2021. De ese modo, la Secretaría de Salud de Cali busca disminuir el riesgo de contagio por el covid-19 y evitar aglomeraciones.

La Alcaldía de Cali, expidió el decreto 4112.010.20.0516 de 2021, que da continuidad a las medidas regulatorias desde el pasado jueves 22 de julio de 2021.

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De acuerdo con el decreto, el regreso del pico y cédula se implementa especialmente para acceder a establecimientos comerciales y diferentes servicios relacionados con la adquisición de bienes.

Hoy lunes 26 de julio, la medida del pico y cédula va dirigido a los ciudadanos con documento de identidad terminado en dígito PAR (2, 4, 6, 8 y 0).

Cabe resaltar, que esta medida se implementa debido a la alerta hospitalaria por los altos casos de covid-19 y la alta ocupación UCI, que aunque en las últimas semanas ha disminuido, aún se mantiene alta en Cali.

Recordemos que el fin de semana fue detectado el primer caso de la variante Delta en Colombia. Se trata de un caso reportado en Cali; un viajero que llegó procedente de Estados Unidos y actualmente se encuentra en aislamiento total.

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Hay que decir que la medida también rige para servicios bancarios, financieros y notariales; así como para la atención al ciudadano en entidades públicas y de prestación de cualquier otro tipo de servicios como trámites de pago, ante la subdirección de impuestos y su oficina técnica, la subdirección de Tesorería, sus dos oficinas técnicas y los servicios de Tránsito.

Excepciones

La alcaldía de Cali, aclaró que el pico y cédula no aplicará para aquellas personas que presenten el carnet con el esquema completo de vacunación contra el covid-19. Asimismo, la restricción tampoco aplicará para el personal médico y quienes presten servicios de salud.

Del mismo modo, esta medida de pico y cédula en Cali no se adhiere para el personal de servicios de tránsito o personas en condición de discapacidad. Igualmente, esta medida no se emplea para personas que apoyan a adultos mayores.

Es decir, los días pares pueden acceder a estos servicios, los ciudadanos con cédulas terminadas en número par y los días impares, quienes tengan documento de identificación terminado en impar.

Esta medida no rige para el ingreso a restaurantes, bares, hoteles y servicios de hospedaje. Además, exceptúa los gimnasios.

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¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los establecimientos comerciales?

La Secretaria de Cali, explica que se debe cumplir con todos los protocoles de bioseguridad en los establecimientos de comercio y demás recintos donde se desarrollen actividades laborales y educativas. Con respecto al aforo, se deben garantizar el distanciamiento físico de mínimo un (1) metro de distancia entre las personas que se encuentren en el lugar o entorno.
Por ende, el aforo en las instalaciones de centros comerciales, grandes superficies, supermercados, locales comerciales y gastronómicos no podrá superar el 50%.
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