Se conoció que la Alcaldía de Santiago de Cali publicó el borrador del decreto en el que se definiría el pico y placa para el 2026. De acuerdo con el documento, la medida para los vehículos de servicio particular iniciaría “a partir del día cinco (05) de enero de 2026 y hasta el día treinta (30) de junio de 2026”.
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Respecto al horario de circulación no habría cambio alguno, pues se mantendría en el horario comprendido entre las 06:00 a.m. hasta las 7:00 p.m.
En este sentido, para el primer semestre de 2026, tomando como referencia el último dígito de la placa, la medida se regiría así:
| DÍA DE LA SEMANA | ÚLTIMO DÍGITO PLACA |
| LUNES | 1 y 2 |
| MARTES | 3 y 4 |
| MIÉRCOLES | 5 y 6 |
| JUEVES | 7 y 8 |
| VIERNES | 9 y 0 |
Es preciso señalar que, el decreto estipularía que “durante el período comprendido entre el cinco (05) al nueve (09) de enero de 2026, las medidas adoptadas en el presente artículo serán de carácter pedagógico”.
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¿Qué vehículos estarían exentos del pico y placa en Cali para el 2026?
De acuerdo con el borrador del decreto, se exceptúan de la medida, los siguientes grupos de vehículos:
- Vehículos de emergencia y vehículos operativos debidamente registrados, identificados y acondicionados para emergencias pertenecientes a Defesa Civil, Bomberos voluntarios, cruz roja, ambulancias debidamente registradas como tales en la licencia de tránsito y ante el RUNT y demás organismos de socorro.
- Los vehículos registrados en el tipo de servicio Oficial, Diplomáticos y Consulares.
- Los vehículos a los cuales se les haya otorgado exención a la restricción, que transportan personas con discapacidad o movilidad reducida no requieren una nueva solicitud, salvo si hay cambio de vehículo.
- Los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible Eléctrico, Gasolina/Eléctrico o Diésel/Eléctrico.
- Los vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco (5) toneladas según su licencia de tránsito.
- Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida mediante el Acuerdo Distrital No. 0563 del 2023 o la norma que lo modifique.
- Las motocicletas.
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