En los últimos años, el debate sobre las diferencias de precio en productos dirigidos a hombres y mujeres ha ganado visibilidad en Colombia. Consumidores, expertos y autoridades han puesto la mirada en prácticas del mercado que impactan de forma desigual el bolsillo, especialmente en artículos de uso cotidiano.
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Este tema ha abierto una conversación más amplia sobre equidad, consumo y regulación, así como sobre el papel de las marcas y del Estado frente a estas dinámicas. Sin embargo, es importante conocer qué es el impuesto rosa y cómo se regula en Colombia.
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¿Cómo se define este sobrecosto?
Según la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, define el impuesto rosa como ''el sobreprecio que pagan las mujeres por encima del precio que pagan los hombres en algunos productos, orientados al consumo femenino''.
Asimismo, según el colectivo antiracista feminista Afrofeminas, este concepto fue introducido en los Estados Unidos a partir de los años 90, gracias a un estudio que pretendía analizar la diferencia de precios basado en el género.
Con este estudio se concluyó que las mujeres podían llegar a pagar hasta un 25% más por un corte de cabello, por el lavado de un mismo tipo de prenda, o por una cuchilla de afeitar.
Adicionalmente, el nombre de este concepto proviene del color rosa que es utilizado por el marketing y el packaging como envoltorio diferenciador, que además le agrega un mayor valor al producto.

¿Cuál es la regulación en el país?
El noticiero 90 Minutos consultó con la experta en leyes y economía, la abogada Stephanie Oliveros, quién aclaró el panorama legal sobre este sobrecosto.
''En Colombia no existe una ley específica que regule el llamado impuesto rosa, pues se trata más de un concepto utilizado para evidenciar los sobrecostos que, con frecuencia, asumen las mujeres en productos de uso cotidiano. No obstante, la Corte Constitucional se ha pronunciado en varias ocasiones al revisar la aplicación del IVA en ciertos artículos, lo que ha abierto el debate sobre la equidad en la tributación y el consumo.''
Explicó.
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Sin embargo, en Colombia, la Corte Constitucional, en 2018 y nuevamente en 2021, estableció que no debe aplicarse el IVA a productos de higiene menstrual como toallas higiénicas, tampones y copas menstruales.
La abogada precisa que estos son, puntualmente, los únicos artículos que han quedado exentos de este tipo de sobrecosto en el país, debido a su carácter esencial y a su uso frecuente por parte de las mujeres.
La Corte Constitucional de Colombia concluyó que la partida 96.19 del artículo 185 de la Ley 1819 de 2016, mediante la cual se quiso gravar las toallas higiénicas y tampones con una tarifa del 5% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) violaba los principios de igualdad, equidad y progresividad en materia tributaria, por ser una medida desproporcionada y discriminatoria para las mujeres. Por esta razón, declaró la inexequibilidad de la norma y solicitó incluir los productos mencionados en el listado de los bienes exentos del pago de IVA contemplado en el artículo 188 de la misma ley.
Colombia, Corte Constitucional, Sentencia C-117, 14 de noviembre de 2018.
Impacto en la economía femenina
El concepto del impuesto rosa en Colombia se refuerza no solo por la normatividad vigente, sino que además se sustenta en problemáticas como la feminización de la pobreza, el diseño desigual de las políticas públicas y fiscales y en la falta de representación de las mujeres en el mercado.
En cualquier caso, es importante recalcar que la existencia de la Sentencia C-117 de 2018 no es la solución al problema, a pesar de ser un precedente, porque en dicha sentencia solo se aborda la problemática desde la perspectiva de los bienes de primera necesidad.
''Con frecuencia lo veo en artículos de higiene personal como cuchillas de afeitar, champús o jabones, e incluso en prendas de vestir dirigidas al público femenino. En muchos casos, estos aumentos responden únicamente a cambios en el diseño, como el uso del color rosa o elementos asociados a lo femenino, sin que exista una diferencia real en la calidad o funcionalidad del producto.''
Concluyó Oliveros.
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