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¡Hasta hoy! Estos son los subsidios del Gobierno que vencerán esta jornada

Prosperidad Social confirmó hace unos días la ampliación de la fecha para que más ciudadanos pudieran reclamar el subsidio que vence este 8 de abril.

¡Hasta hoy! Estos son los subsidios del Gobierno que vencerán esta jornada
Tomado para 90 Minutos.

Prosperidad Social confirmó hace unos días la ampliación de la fecha para que más ciudadanos pudieran reclamar el subsidio que vence este 8 de abril.

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Prosperidad Social extendió a finales de marzo la transferencias de Renta Ciudadana y Devolución del IVA teniendo como fecha límite este miércoles 8 de abril.

Asimismo, en su momento, el director de la entidad, Mauricio Rodríguez Amaya, explicó:

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“Esperamos que las transferencias lleguen a los hogares que más lo necesitan, superando las diversas dificultades que pueden presentarse en el territorio”.

En suma, Rodríguez se refirió así a problemas registrados al inicio de la jornada en varias regiones, principalmente por las situaciones de orden público en el Cauca y las afectaciones climáticas en otros departamentos del país.

Lea además: Inicia el segundo ciclo de pagos de Jóvenes en Paz, subsidio del Gobierno ¿Qué plazo tendrá?

Montaje realizado por 90minutos.co / Imágenes tomadas de Pixabay y Unsplash.

Ciclo de entregas de subsidio de Renta Ciudadana y Devolución de IVA

Al cierre del 29 de marzo, Prosperidad Social reportó:

  • Avance del 69,8 %.
  • Hogares beneficiarios: 533.000.
  • Inversión superior a los 242.000 millones de pesos.

Asimismo, la entrega en la modalidad de giro se realiza a través de la red aliada de SuRed y SuperGiros en diferentes puntos de Colombia.

Consultas de subsidio de Renta Ciudadana o cualquier programa del Gobierno

Cabe aclarar que, los beneficiarios de este subsidio del Gobierno Nacional no tienen que hacer trámites adicionales y estos no tienen ningún costo. Además de que no requieren intermediarios. Para evitar fraudes, consulte sólo los canales oficiales:

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Colombia

¿Habrá cambios en la retención en la fuente? Consejo de Estado revocó suspensión del Decreto 572

Mientras continúa el proceso de fondo, el debate sobre la legalidad y conveniencia de este mecanismo de recaudo seguirá abierto.

¿Habrá cambios en la retención en la fuente? Consejo de Estado revocó suspensión del Decreto 572
Tomado de Unsplash. / Imagen de referencia.

Mientras continúa el proceso de fondo, el debate sobre la legalidad y conveniencia de este mecanismo de recaudo seguirá abierto.

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El Consejo de Estado revocó la suspensión provisional que pesaba sobre varios apartados del Decreto 572 de 2025, una norma expedida por el Gobierno Nacional para modificar algunas tarifas de retención y autorretención en la fuente con el objetivo de anticipar el recaudo tributario.

La decisión representa un nuevo capítulo en uno de los debates fiscales más importantes de los últimos meses.

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La medida había sido suspendida de manera provisional en mayo de 2026, luego de que varios demandantes cuestionaran los fundamentos técnicos y económicos utilizados para justificar los cambios introducidos por el decreto. En ese momento, el alto tribunal consideró necesario detener temporalmente la aplicación de algunas disposiciones mientras avanzaba el estudio del caso.

¿Qué decidió el Consejo de Estado?

Tras analizar un recurso de súplica presentado por el Ministerio de Hacienda, el Consejo de Estado concluyó que en esta etapa del proceso no correspondía realizar un análisis profundo sobre la legalidad de la norma, sino únicamente determinar si existían razones suficientes para mantener la medida cautelar. Por ello, decidió revocar la suspensión provisional y permitir nuevamente la vigencia de las disposiciones cuestionadas.

Lea además: ¿Es necesario contar con un abogado en el proceso de divorcio? Experta explica

El alto tribunal aclaró que los argumentos presentados por los demandantes deberán ser estudiados en una sentencia de fondo, donde se evaluará integralmente la legalidad del decreto y sus efectos sobre el sistema tributario colombiano.

Tomado de Unsplash. / Imagen de referencia.

¿Qué cambia para los contribuyentes?

Con la decisión judicial, volverán a aplicarse las modificaciones relacionadas con las tarifas de autorretención y las bases mínimas para practicar la retención en la fuente previstas en el Decreto 572 de 2025. Estas medidas buscan anticipar parte del recaudo del impuesto sobre la renta y mejorar el flujo de recursos hacia las finanzas públicas.

No obstante, el Consejo de Estado señaló que la reactivación de la norma no tendrá efectos inmediatos. Debido a los ajustes operativos y tecnológicos que deben realizar empresas, contadores y agentes de retención, las disposiciones comenzarán a aplicarse desde el primer día calendario del mes siguiente a la ejecutoria de la decisión judicial. Siendo julio.

Mientras continúa el proceso de fondo, el debate sobre la legalidad y conveniencia de este mecanismo de recaudo seguirá abierto. Lo cierto es que la reciente decisión devuelve la vigencia al esquema tributario diseñado por el Gobierno. Y obliga a los contribuyentes a prepararse para su próxima implementación.

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Nuestro Derecho

¿Es necesario contar con un abogado en el proceso de divorcio? Experta explica

Expertos en derecho canónico aclaran que existe una diferencia fundamental entre el divorcio civil y la nulidad matrimonial eclesiástica.

Expertos en derecho canónico aclaran que existe una diferencia fundamental entre el divorcio civil y la nulidad matrimonial eclesiástica.

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Muchas personas que han contraído matrimonio por la Iglesia Católica se preguntan si, después de una separación o divorcio civil, es posible volver a casarse por el rito religioso. Frente a esta inquietud, expertos en derecho canónico aclaran que existe una diferencia fundamental entre el divorcio civil y la nulidad matrimonial eclesiástica.

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Sandra Liliana Bernal, abogada adscrita al Tribunal Eclesiástico de Cali, explicó que el divorcio corresponde únicamente al ámbito civil. Mientras que la nulidad matrimonial es un proceso mediante el cual la Iglesia determina si el matrimonio fue válido desde su inicio.

“La persona que se casó por la Iglesia y desea regularizar su situación ante la fe católica debe iniciar un proceso de nulidad matrimonial”, señaló la profesional durante una entrevista en el programa Nuestro Derecho.

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¿Qué implica una nulidad matrimonial?

De acuerdo con la experta, cuando un tribunal eclesiástico declara la nulidad de un matrimonio, los fieles recuperan la posibilidad de acceder plenamente a los sacramentos. Entre los principales efectos se encuentran la posibilidad de confesarse, recibir la comunión y, si así lo desean, contraer nuevamente matrimonio por la Iglesia.

Bernal aclaró que muchas personas realizan este procedimiento no necesariamente para volver a casarse, sino para cerrar una etapa de su vida y regularizar su situación religiosa.

Lea además: ¿Qué trámites deben realizarse cuando fallece un familiar?

Asimismo, desmintió uno de los mitos más extendidos sobre este trámite: los procesos de nulidad no se envían al Vaticano ni requieren la intervención directa del Papa. En el Valle del Cauca existen tribunales eclesiásticos en ciudades como Cali, Palmira, Buga y Buenaventura, donde se adelantan estos procedimientos, cuya duración promedio es de alrededor de año y medio.

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¿Es necesario contar con un abogado en el proceso de divorcio?

La abogada explicó que no es obligatorio contratar un profesional para iniciar una solicitud de nulidad matrimonial. Cualquier persona puede acudir directamente al Tribunal Eclesiástico y presentar la documentación requerida.

Sin embargo, destacó que el acompañamiento de un abogado especializado puede facilitar el proceso, especialmente para quienes tienen dudas sobre los requisitos o prefieren delegar los trámites. Estos profesionales actúan como facilitadores y orientan a los interesados durante cada etapa del procedimiento, aunque la representación legal no constituye un requisito indispensable para obtener una decisión por parte del tribunal.

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Nuestro Derecho

¿Qué trámites deben realizarse cuando fallece un familiar?

Contar con información clara y asesoría especializada puede marcar la diferencia entre un proceso ordenado y uno lleno de complicaciones legales y económicas.

¿Qué trámites deben realizarse cuando fallece un familiar?
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Contar con información clara y asesoría especializada puede marcar la diferencia entre un proceso ordenado y uno lleno de complicaciones legales y económicas.

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La muerte de un ser querido no solo representa un momento difícil desde el punto de vista emocional, sino que también implica una serie de trámites legales, patrimoniales y tributarios que las familias deben afrontar. Una de las principales dudas que surge en estos casos es si los herederos deben pagar impuestos y cuáles son las obligaciones que se generan durante el proceso de sucesión.

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La abogada y experta Lina Toro explicó que sí existen impuestos asociados a la herencia, aunque estos dependen de la situación patrimonial del fallecido y de la planeación que se haya realizado previamente:

“Hay unos impuestos que se deben pagar cuando las personas fallecen, pero estos van a depender mucho de qué tan anticipadas han estado las personas y las familias frente a estos pagos”, señaló.

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Uno de los aspectos fundamentales es identificar los bienes, propiedades, cuentas bancarias y demás activos que dejó el fallecido, así como verificar quién figura como titular de estos. También es necesario revisar si existen deudas pendientes, ya que la sucesión no solo contempla los bienes que recibirán los herederos, sino también las obligaciones económicas que tenía el causante.

Según la experta, el principal impuesto que deben asumir los herederos es el de ganancia ocasional, el cual se aplica sobre el valor de los bienes recibidos mediante herencia.

Sin embargo, aclaró que en algunos casos pueden existir exenciones o mecanismos legales que permitan reducir la carga tributaria.

“Los herederos son los encargados de pagar ese impuesto sobre la ganancia ocasional por el valor de los bienes que les llega luego de la herencia”, indicó.

Lea además: ¿Cuál es la diferencia entre salario mínimo, integral y vital? Experta despeja dudas

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Asimismo, Toro destacó la importancia de la planeación patrimonial, una herramienta que permite organizar los bienes en vida y facilitar el proceso sucesoral:

“Lo más importante es poderse anticipar, no esperar a que la persona ya esté enferma o haya fallecido”, afirmó.

Finalmente, la especialista recomendó a las familias mantener actualizada la documentación relacionada con propiedades, vehículos, inversiones y demás activos. Asimismo, aconsejó buscar asesoría profesional para comprender las implicaciones jurídicas y tributarias de cada caso.

De manera similar, señaló que la planeación patrimonial no solo busca optimizar aspectos fiscales, sino también garantizar una adecuada administración de los bienes y evitar conflictos entre los herederos:

“La planeación patrimonial busca revisar cómo está el patrimonio de las personas y las familias para encontrar optimizaciones y anticiparnos al proceso sucesoral”, concluyó.

Contar con información clara y asesoría especializada puede marcar la diferencia entre un proceso ordenado y uno lleno de complicaciones legales y económicas. Fallece un familiar, proceso legal e implicaciones detalladas en la siguiente entrevista:

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