La administración distrital realizó la firma del decreto que reglamenta el acceso a beneficios tributarios temporales dirigidos a personas y establecimientos de comercio que resultaron afectados por los atentados ocurridos en junio y agosto de 2025 en Cali.
De acuerdo con la Alcaldía, la medida establece un camino para que, quienes sufrieron pérdidas a causa de estos hechos, puedan acogerse a alivios fiscales, en un paso que busca aportar a la reactivación económica y a la estabilización de los sectores impactados por la violencia.
“Esta reglamentación se da en cumplimiento del Acuerdo Distrital 0627 de 2025, mediante el cual el Concejo Distrital autorizó al alcalde Alejandro Eder para otorgar estos beneficios, y confirma que la Administración Distrital avanza con hechos reales en el acompañamiento a quienes resultaron afectados”.
Comunicado Alcaldía de Cali.
¿Quiénes reciben la exoneración y cómo funciona?
Los beneficios tributarios temporales están dirigidos a propietarios, poseedores y establecimientos de comercio que hayan sufrido afectaciones verificadas por los atentados del 10 de junio y 21 de agosto de 2025.
De acuerdo con lo establecido en el decreto reglamentario, los contribuyentes que cumplan los requisitos podrán acceder a la exoneración del 100 % del:
- Impuesto predial para los periodos gravables 2026 y 2027.
- Impuesto de Industria y Comercio (ICA) para los periodos 2026 y 2027, aplicable a los establecimientos de comercio ubicados en las zonas afectadas.
- Impuesto de Delineación Urbana para las licencias de construcción destinadas a la reconstrucción de inmuebles afectados, beneficio vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
Cabe resaltar que los beneficiarios fueron censados por la Secretaría de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres, quienes verificaron las afectaciones y elaboraron un informe técnico que certifica los daños sufridos por el predio o el establecimiento de comercio.
“La Subdirección de Impuestos y Rentas del Departamento Administrativo de Hacienda otorgará oficio con la exoneración prevista en el Acuerdo 627 de 2025, a los contribuyentes que figuren en el informe técnico realizado por la Secretaría de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres. En este caso y para este efecto, también expedirá el respectivo acto Administrativo el cual será publicado de conformidad con las normas pertinentes”.
Alcaldía de Cali.
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El beneficio también podrá otorgarse, bajo las condiciones establecidas en el Acuerdo Distrital, a las personas que demuestren haber sido afectadas y que no hayan sido incluidas en el censo inicial. Para ello, deberán presentar su solicitud ante la Subdirección de Impuestos y Rentas del Departamento Administrativo de Hacienda.
“El año pasado fue muy duro para Cali porque sufrimos seis ataques, que dejaron 10 personas fallecidas, más de 150 heridas y decenas de viviendas y negocios afectados. Con este acuerdo logramos ese alivio económico, para que las personas afectadas puedan recuperar sus viviendas y sus negocios y de esa manera reactivar las zonas que fueron golpeadas”.
Alejandro Eder, alcalde de Cali.
Sobre el beneficio financiero, el director del Departamento Administrativo de Hacienda, Jhon Quinchua Ceballos, señaló que este decreto permite “garantizar que los beneficios tributarios temporales lleguen de manera efectiva a las familias y comerciantes afectados”.
Finalmente, el director agregó que se trata de una acción puntual que contempla apoyos por más de 3.400 millones de pesos, orientados a respaldar la recuperación de los afectados y contribuir a la reconstrucción de sus viviendas y establecimientos.
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