La forma en que se remunera el trabajo nocturno en Colombia cambió de manera significativa a partir del 25 de diciembre de 2025, cuando entró en vigencia una de las disposiciones más relevantes de la Ley 2466 de 2025, también conocida como la reforma laboral aprobada este año.
Asimismo, con esta modificación, el recargo nocturno, el pago adicional que reciben los trabajadores que laboran durante horas de la noche, ahora comienza a aplicarse desde las 7:00 p.m. en adelante. Ampliando en dos horas el periodo que se reconoce como nocturno sobre lo que estaba establecido previamente en el Código Sustantivo del Trabajo.
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Este cambio implica que todas las horas trabajadas entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m. del día siguiente deben ser remuneradas con el recargo nocturno, que en esta etapa es equivalente a un 35 % adicional sobre el valor de la hora ordinaria de trabajo. Antes de la reforma, ese recargo solo aplicaba a quienes laboraban a partir de las 9:00 p.m.
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¿Por qué cambió el horario del recargo nocturno?
La ampliación del horario busca reconocer de forma más amplia la compensación por trabajar en horas en las que la mayoría de trabajadores descansa, lo que según las autoridades laborales contribuye a una protección salarial más justa para sectores donde el trabajo nocturno es habitual, como comercio, transporte, salud, seguridad y servicios.
La reforma fue sancionada seis meses antes, el 25 de junio de 2025, y su entrada en vigor a finales de diciembre permitió dar tiempo de adaptación a empleadores y empleadores para ajustar contratos, nóminas y sistemas de pago acorde con la nueva normativa.
Según el Gobierno Nacional, esta disposición impactará directamente las condiciones salariales de millones de trabajadores que laboran en horarios nocturnos habituales, puesto que ahora reciben reconocimiento adicional por dos horas más de laburo nocturno por jornada.
Aunque el recargo nocturno de 35 % se mantiene en esta fase, la reforma también contempla incrementos progresivos para los próximos años, con el objetivo de mejorar aún más la compensación por trabajo nocturno y en días de descanso, domingos y festivos.
Para los trabajadores, la recomendación frente a posibles incumplimientos es exigir el pago correcto ante el empleador y, si no hay solución, acudir al Ministerio de Trabajo para presentar quejas, asesoría o denuncias formales.

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