La Mesada 14 es un beneficio adicional que otorga un pago equivalente a un mes de pensión a ciertos jubilados en Colombia. Aunque fue eliminada en 2005, ha sido restablecida para un grupo específico de pensionados de Colpensiones en 2025.
Los pensionados de Colpensiones que pueden acceder a la Mesada 14 deben cumplir con los siguientes criterios:
- Pensionados antes del 25 de julio de 2005:
Deben tener una pensión mensual inferior a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
- Pensionados entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011:
Su pensión mensual debe ser inferior a 3 SMLMV.
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Ahora bien, es importante destacar que este beneficio no aplica para quienes se pensionaron después del 31 de julio de 2011.

¿Cuál es el monto de la Mesada extra para pensionados a mitad de año?
El valor de la Mesada 14 corresponde a un mes adicional de la pensión que el beneficiario recibe habitualmente. Este pago se realiza una vez al año y está programado para entregarse en junio de 2025.
¿Cómo solicitar la Mesada 14?
Los pensionados que cumplan con los requisitos deben presentar una solicitud formal ante Colpensiones para el reconocimiento de la Mesada 14. Es fundamental realizar este trámite, ya que el pago no se otorga automáticamente.
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De igual manera, la entidad tiene un plazo de 15 días para responder a la solicitud. En caso de negativa, el pensionado puede interponer una demanda contra el fondo de pensiones para solicitar el reconocimiento de la Mesada 14.


Mesada para pensionados en mitad de año: ojo a estas especificaciones adicionales
- La Mesada 14 también aplica para los beneficiarios legales en caso de fallecimiento del pensionado.
- Este beneficio está dirigido a pensionados por diversos motivos, como jubilación, invalidez, vejez y sobrevivientes.
Para más información y para realizar la solicitud, los interesados deben comunicarse directamente con Colpensiones o visitar sus oficinas.
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