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"Una burla al voto": Petro tras recovocatoria de alcalde de Santa Marta

El fallo del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta fue criticado por el presidente colombiano, Gustavo Petro.

"Una burla al voto": Petro tras recovocatoria de alcalde de Santa Marta
EFE/Ricardo Maldonado Rozo.

El fallo del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta fue criticado por el presidente colombiano, Gustavo Petro.

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Un tribunal colombiano revocó este jueves en segunda instancia una acción de tutela que permitió la inscripción extemporánea del candidato que ganó la Alcaldía de Santa Marta, capital del departamento del Magdalena; lo que deja en el limbo el resultado en esa ciudad del norte del país.

Las elecciones del pasado 29 de octubre dieron como ganador a Jorge Luis Agudelo, candidato de Fuerza Ciudadana, partido de izquierda que desde hace doce años gobierna esa ciudad. Pero la sentencia de este jueves, del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, echa por tierra ese resultado y en teoría el ganador sería el segundo, Carlos Alberto Pinedo, del movimiento Santa Marta sí puede.

Agudelo (39,77 %) se impuso con menos de 300 votos de ventaja sobre Pinedo (39,64 %), lo que dio lugar a un tira y afloje en los tribunales y en el escrutinio electoral, dado el estrecho margen del 0,13 % entre los dos rivales.

Pero este jueves, al revocar el fallo de una acción de tutela (recurso de amparo) del 23 de octubre, que tan solo seis días antes de las elecciones permitió la inscripción de Agudelo, el tribunal resolvió "declarar la improcedencia" de ese recurso.

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¿Qué dijo Petro?

El fallo del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta fue criticado por el presidente colombiano, Gustavo Petro, que tiene en Fuerza Ciudadana un importante aliado político en el departamento del Magdalena.

"Lo que tenemos es una burla al voto ciudadano de Santa Marta. Art. 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos: No se pueden quitar derechos políticos, sino por sentencia de juez penal".

Manifestó Petro en la red social X (antes Twitter).

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¿Por qué lo revocaron?

Agudelo fue inscrito de manera extemporánea y gracias a una acción de tutela porque el Consejo Nacional Electoral (CNE) revocó días antes la candidatura de Patricia Caicedo, hermana del líder de Fuerza Ciudadana y gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo, por su relación de consanguinidad.

Tras conocer el fallo judicial de hoy, Pinedo dijo a medios locales que pidió "la exclusión" de los votos de Agudelo, lo que, de ser aceptado por las autoridades electorales, lo convertiría en alcalde electo de esa ciudad de unos 600.000 habitantes para el periodo 2024-2027.

"Estamos solicitando la exclusión de los votos del señor Agudelo y que en consecuencia le entreguen la credencial (de alcalde electo) al ganador que es Carlos Pinedo Cuello", manifestó el político, hablando en tercera persona.

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¿A quiénes aplicará la reducción de la jornada laboral en Colombia?

El gobierno colombiano ha adoptado medidas para reducir la jornada laboral semanal con la idea de que los trabajadores en Colombia tengan tiempo para otras actividades.

¿A quiénes aplicará la reducción de la jornada laboral en Colombia?
Especial para 90minutos.co

El gobierno colombiano ha adoptado medidas para reducir la jornada laboral semanal con la idea de que los trabajadores en Colombia tengan tiempo para otras actividades.

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En Colombia, la reducción de la jornada laboral ha sido un tema de interés y debate, con la implementación de nuevas regulaciones que buscan mejorar la calidad de vida de los trabajadores.

Sin embargo, no todos los empleados se benefician de esta medida.

Por ende, esclarecemos la medida y a quienes acoge y afecta.

De igual manera, el gobierno colombiano ha adoptado medidas para reducir la jornada laboral semanal. Lo anterior con la idea de buscar mejorar el equilibrio entre el trabajo y la vida personal de los empleados.

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En consecuencia, la Ley 2101 de 2021 establece que la jornada laboral pasará de 48 a 42 horas semanales de manera gradual; eso sí, sin reducir el salario de los trabajadores. Además, la reducción será paulatina hasta 2026.

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Excepciones a la reducción de la jornada laboral

A pesar de los beneficios que trae esta medida, hay ciertos grupos de trabajadores a quienes no se les aplica la reducción de la jornada laboral:

1.Trabajadores del Servicio Doméstico: Aquellos empleados que realizan labores de limpieza, cocina y otras tareas domésticas no están cubiertos por la reducción de la jornada laboral.

2. Trabajadores del Transporte: Conductores y personal de empresas de transporte, tanto terrestre como aéreo, se rigen por normativas especiales debido a la naturaleza de sus labores.

3. Trabajadores de Vigilancia: Los empleados de empresas de seguridad y vigilancia también quedan excluidos de esta reducción debido a los turnos extendidos que su trabajo requiere.

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Cabe aclarar que, la reducción de la jornada laboral en Colombia tiene excepciones que se basan en la particularidad de las funciones y la demanda específica de ciertos sectores laborales.

Para ejemplificar, en el caso del transporte y la vigilancia, los turnos pueden ser largos y continuos para garantizar la operatividad y seguridad; lo que hace inviable aplicar la reducción estándar de horas laborales.

Por ende, para aquellos trabajadores que no se benefician de la reducción de la jornada laboral, es crucial que existan otras formas de compensación y apoyo. Estos pueden incluir mejores condiciones de trabajo, beneficios adicionales o acuerdos específicos que reconozcan la naturaleza exigente de sus roles.

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Exclusiva para 90 Minutos | Miguel Ángel Plata

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Este es el proyecto de Ley que busca evitar la inmovilización de las motos en el país

Actualmente la propuesta está a sólo un debate de convertirse en una normativa en todo el país. Además de entregar garantía a los 'moteros'.

Este es el proyecto de Ley que busca evitar la inmovilización de las motos en el país
Foto: Especial para 90minutos.co

Actualmente la propuesta está a sólo un debate de convertirse en una normativa en todo el país. Además de entregar garantía a los 'moteros'.

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El senador Gustavo Moreno presentó hace varias semanas un proyecto de Ley. Este tiene como finalidad otorgarle a los conductores de motos en Colombia garantías en retenes.

Asimismo, buscaría que la inmovilización de motos en Colombia se reduzca, es decir, que en algunos casos el ‘motero’ infractor pueda evitar que el automotor sea llevado por una grúa. Eso sí, no lo blinda de la multa económica, ya que la infracción ya fue interpuesta.

De manera similar, la radicación del proyecto de Ley fue hecho en agosto de 2022 y desde entonces ha estado pendiente a su debate. Actualmente marcha de buena manera y está a un solo debate de convertirse en Ley.

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¿Qué buscaría el proyecto de Ley?

Cabe aclarar que, como en el caso de no inmovilización de motos, la multa permanecerá. Sin embargo, el Proyecto 310, llamado así por el senador Moreno, busca que los conductores de estos automotores puedan apelar sus multas a un corto tiempo; por esa razón, la inmovilización no sería la mejor opción.

Alcaldía de Cali.

A su vez, se espera que tanto las motocicletas como los carros tengan una igualdad de condiciones dentro del trato en las leyes de tránsito; ajustando las sanciones.

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De igual manera, el proyecto de Ley busca modificar los literales D.3, D.4, D.5, D.6, D.7 y D.15 del artículo 131 de la Ley 769 de 2002. En otras palabras, en dichos literales se alberga la cantidad de multas que provocan inmovilización de motos en Colombia; aunque si se aprueba el proyecta solo pasaría a ser una multa.

En 2024 las multas económicas por estas infracciones sería de $1.300.000, es decir, 30 salarios mínimos legales diarios vigentes.

Por ahora, se mantiene la expectativa sobre el último debate.

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No lo olvide: Estas son las diferencias entre cesantías y liquidación

Aunque ambos términos están relacionados con los derechos laborales y los beneficios económicos, tienen distintas aplicaciones y características.

No lo olvide: Estas son las diferencias entre cesantías y liquidación
Tomada de Unsplash.

Aunque ambos términos están relacionados con los derechos laborales y los beneficios económicos, tienen distintas aplicaciones y características.

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En el ámbito laboral colombiano, es fundamental comprender las diferencias entre liquidación y cesantías, dos conceptos clave que afectan a los trabajadores. Aunque ambos términos están relacionados con los derechos laborales y los beneficios económicos, tienen distintas aplicaciones y características. Por ende, te explicamos las diferencias principales para que puedas entender mejor estos aspectos de tu contrato de trabajo.

Liquidación en Colombia

Es comprendido como el conjunto de pagos que un empleado recibe al finalizar su contrato de trabajo. Ahora bien, este cálculo incluye varios componentes que varían según las circunstancias de la terminación del contrato. Los elementos más comunes de una liquidación son:

1. Salario Pendiente: El pago de los días trabajados en el último periodo laboral.

2. Vacaciones No Disfrutadas: La compensación por los días de vacaciones que no fueron tomados.

3. Prima de Servicios: Un beneficio que se paga dos veces al año, generalmente en junio y diciembre, que se prorratea al momento de la liquidación.

4. Indemnización por Despido: En caso de un despido injustificado, el empleado tiene derecho a una indemnización adicional.

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¿Qué son las Cesantías?

Por otra parte, a diferencia de la liquidación en Colombia, las cesantías son un ahorro obligatorio que el empleador debe realizar a favor del empleado durante la relación laboral.

Asimismo, este fondo tiene como objetivo apoyar al trabajador en situaciones de desempleo o para cubrir necesidades específicas como la compra de vivienda o educación. Las características principales de las cesantías son:

1. Depósito Anual: Cada año, el empleador debe depositar el equivalente a un mes de salario del empleado en un fondo de cesantías antes del 14 de febrero.

2. Retiro Parcial: Los empleados pueden retirar parcialmente sus cesantías para financiar proyectos de vivienda o educación.

3. Retiro Total: En caso de terminación del contrato, el trabajador puede retirar la totalidad de las cesantías acumuladas.

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