Colombia

Tome nota: Habrá una jornada especial con descuentos para definir su situación militar

Desde el 5 hasta el 15 de junio se hará una jornada especial desde las 7:00 a.m. hasta las 5:00 p.m. para adquirir la libreta militar.

Tome nota: Habrá una jornada especial con descuentos para definir su situación militar
Especial para 90minutos.co

Desde el 5 hasta el 15 de junio se hará una jornada especial desde las 7:00 a.m. hasta las 5:00 p.m. para adquirir la libreta militar.

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Desde el 5 hasta el 15 de junio se llevará a cabo una jornada especial en las 12 zonas de reclutamiento y 60 distritos militares de manera continua, desde las 7:00 a.m. hasta las 5:00 p.m.

Las personas que asistan a estas convocatorias especiales, tendrán un descuento del 60% en la cuota de compensación militar; y del 90% en las multas o sanciones que se les hayan impuesto en el proceso de definición de su situación militar.

Al final, también podrá optar por acceder de manera gratuita a la ‘constancia electrónica’; o a la expedición de su ‘tarjeta de Reservista de Segunda Clase’, que tendrá un costo de $174.000 para este año.

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¿Quiénes pueden acceder?

Los colombianos residentes en el país o en el exterior, que estén en las siguientes situaciones:

  1. Infractores que hayan sido sancionados con multas, estos son:
    • Personas que habiendo sido citados a concentración para incorporación no se presentaron en la fecha, lugar y hora indicada por el servicio de reclutamiento y movilización.
    • Ciudadanos que no asistieron a la primera evaluación de aptitud psicofísica.
    • Los ciudadanos que realizaron el proceso de inscripción de manera extemporánea en vigencia de la Ley 48/93, es decir antes del 4 de agosto de 2017.
    • Ciudadanos mayores de edad que fueron aplazados por estar cursando estudios de bachillerato y no se presentaron a definir su situación militar una vez obtuvieron su título de bachiller, en vigencia de la Ley 1861/17.
    • Los ciudadanos a quienes se les liquidó la cuota de compensación militar y no cancelaron el recibo en el plazo establecido (recibo vencido).
  2. Los hombres que superaron la edad máxima de incorporación (mayores de 24 años).
  3. Ciudadanos declarados no aptos por los comités de aptitud psicofísica de la Dirección de Reclutamiento.
  4. Residentes en el exterior que demuestren una residencia mínima de 3 años.
  5. Quienes estén exentos de la prestación del servicio militar y que por ley deban cancelar la cuota de compensación militar, conforme a las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley 1861 de 2017 siendo estos:
    • Hijo único, hombre o mujer.
    • El huérfano de padre o madre que atienda con su trabajo a la subsistencia de sus hermanos incapaces de ganarse el sustento.
    • Si el joven es hijo de padres incapacitados para trabajar o mayores de 60 años, cuando estos carezcan de renta, pensión o medios de subsistencia, siempre que dicho hijo vele por ellos.
    • Hermano o hijo de quien haya muerto o adquirido una inhabilidad absoluta y permanente en combate, en actos del servicio o como consecuencia del mismo, durante la prestación del servicio militar obligatorio, a menos que, siendo apto, voluntariamente quiera prestarlo.
    • Hijos de oficiales, suboficiales, soldados e infantes de Marina profesionales, agentes, nivel ejecutivo y de la Fuerza Pública que hayan fallecido, o que los organismos y autoridades médico laborales militar o de policía hayan declarado su invalidez, en combate o en actos del servicio y por causas inherentes al mismo, a menos que, siendo aptos, voluntariamente quieran prestarlo.
    • Clérigos y religiosos de acuerdo a los convenios concordatarios vigentes. Asimismo, los similares jerárquicos de otras religiones o iglesias dedicados permanentemente a su culto.
    • Casados que hagan vida conyugal.
    • Quienes acrediten la existencia de unión marital de hecho legalmente declarada.
    • Las personas en situación de discapacidad física, psíquica, o sensorial permanente.
    • Los varones colombianos que después de su inscripción hayan dejado de tener el componente de sexo masculino en su registro civil.
    • Ciudadanos incluidos en el programa de protección a víctimas y testigos de la Fiscalía General de la Nación.
    • Objetores de conciencia reconocidos previo trámite ante la comisión interdisciplinaria dispuesto en el artículo 77 al 80 de la ley 1861 de 2017.
    • Padre de familia.

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Sin embargo, si usted no cumple con estos requisitos; absténgase de asistir ya que su situación podrá ser definida en cualquier momento en el Distrito Militar asignado.

Requisitos mínimos:

  • Estar inscrito en la página web: www.libretamilitar mil.co y cargar en la plataforma la fotocopia de la cédula de ciudadanía, registro civil de nacimiento, acta y diploma de grado de bachiller si aplica, una foto 3x4 fondo azul (en corbata, en formato JPG y que no exceda 1MB).
  • En caso de ser exonerado conforme a las causales antes descritas, deberán acreditar los documentos soportes de la causal. Para ello, podrá verificar los documentos necesarios, en la página web www.reclutamiento.mil.co, sección "definición de la situación militar.
  • Recibo de cuota de compensación militar y/o multas vencido (si lo tiene).
  • Si es ciudadano colombiano residente en el exterior, deberá otorgar autorización simple donde faculta a un tercero a realizar el lugar previsto para la jornada y expresar si opta porque se entregue la tarjeta militar física a la persona autorizada, o en su lugar solicita sea enviada a través de valija diplomática al consulado correspondiente.
  • Si reside por más de 3 años en el exterior independiente de la edad, estará exonerado de prestar servicio militar y lo podrá acreditar a través de los siguientes documentos: Visa del estado receptor "constancia de Residencia".

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¿Existe un permiso laboral para el duelo por la pérdida de una mascota en Colombia?

Muchas personas consideran que los animales de compañía ya hacen parte del concepto de familia, por ende, su fallecimiento puede ser demasiado doloroso.

¿Existe un permiso laboral para el duelo por la pérdida de una mascota en Colombia?
Tomado de Unsplash.

Muchas personas consideran que los animales de compañía ya hacen parte del concepto de familia, por ende, su fallecimiento puede ser demasiado doloroso.

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En la sociedad actual existe una tendencia de las nuevas generaciones, las cuales prefieren adoptar o comprar mascotas antes que tener bebés. Para ejemplificar, en España se estima que existen más de 9 millones de perros en el país; datos que confrontan a los 6 millones de niños menores de 14 años, según el Instituto Nacional de Estadística (INE). 

Sin embargo, en el caso de Colombia, el panorama no es diferente en relación con el país europeo. El 40% de las familias en el país reportan tener algún animal de compañía; hecho que se refuerza al ser considerado como parte del núcleo familiar. 

Por todo lo anterior, ¿existe alguna ley que otorgue una licencia laboral a las personas que sufren una pérdida de su mascota en Colombia? 

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Actualmente, en el país no existe una ley que permita lo anterior. Aunque exista la ‘ley por luto’, pero no cubre mascotas de manera directa. Pero, una de las alternativas ante la muerte de un perrito o gatico, puede considerar una incapacidad médica a la EPS; dirigido puntualmente a la situación emocional que padece ante la pérdida del animal de compañía. 

Adicionalmente, puede llegar a un acuerdo entre el empleador y empleado la licencia por calamidad doméstica. Pero, la decisión depende netamente de la organización empleadora: tanto del tiempo de tramitarla como su validación. 

En conclusión, el permiso laboral por duelo de una mascota realmente no existe en Colombia, pero cabe la posibilidad de llegar a un consenso con el empleador.

perrito triste
Pexels

Beneficios de tener mascotas 

Según estudios desarrollados desde hace años, la presencia de animales de compañía en la rutina de cada persona beneficia la reducción del cortisol (hormona relacionada con el estrés). 

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Además, el rol de acompañante con etapas psicológicas complicadas también es destacado. Por ende, son considerados vitales para el desarrollo de cada persona. 

Finalmente, ante los beneficios y el cariño que tienen los animales de compañía, el permiso laboral por duelo de mascota debería ser debatido por organizaciones defensoras de los derechos de los animales. 

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¿Cuál es el presupuesto para la COP16? Esto dijo la Ministra de Ambiente

En la XX Asamblea de Ciudades Capitales, Susana Muhamad anunció que para la COP16 se tendrá un presupuesto inicial alto, sin embargo, es mayor al que creen.

¿Cuál es el presupuesto para la COP16? Esto dijo la Ministra de Ambiente
Foto tomada de redes sociales.

En la XX Asamblea de Ciudades Capitales, Susana Muhamad anunció que para la COP16 se tendrá un presupuesto inicial alto, sin embargo, es mayor al que creen.

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Desde Cali, la Ministra de Ambiente anunció presupuesto para realizar la COP16 y extendió invitación a los alcaldes de las ciudades principales para participar.

En medio del evento de la XX Asamblea de Ciudades Capitales, Susana Muhamad anunció que para la COP16 se tendrá un presupuesto inicial de 120.000 millones de pesos, del cual, hasta el momento, se tiene aprobado 95.000 millones de pesos.

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“Ya se hizo el pago el 50% por parte de Cancillería, se está terminando otro trámite para el otro 50% que paga el Ministerio de Ambiente (…) Hay un presupuesto total inicial para la COP de 120.000 millones de pesos”.

Susana Muhamad, ministra de Ambiente.

Así mismo, aseguró que este presupuesto es mayor a lo que las personas creen.

“Este es un presupuesto a la baja, esto no es un llamado aquí a la especulación de precios, ni de contratistas para por eso vamos a trabajar a través del fondo de la Vida y la Biodiversidad”.

Susana Muhamad, ministra de Ambiente.

Por otro lado, realizó la invitación a los distintos al Alcaldes y Gobernadores para participar en el proceso y la realización, ya que, la COP16 es un evento nacional.

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“No son invitados a un evento, juegan un rol de liderazgo y activación en sus territorios que permita generar consciencia frente a la paz con la naturaleza".

Susana Muhamad, ministra de Ambiente.

La COP16 se realizará en Cali durante el mes de octubre y albergará a más de 12 mil delgados de alrededor de 200 países. Siendo este, el evento de biodiversidad más grande a nivel mundial.

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¿Cuándo será el próximo festivo en Colombia?

Tras haber pasado el día del trabajo, con su tradicional día no laboral, la próxima fecha festiva no está tan lejana en comparación a todo el mes de abril.

¿Cuándo será el próximo festivo en Colombia?
Pixabay

Tras haber pasado el día del trabajo, con su tradicional día no laboral, la próxima fecha festiva no está tan lejana en comparación a todo el mes de abril.

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El mes de mayo inició con un festivo en Colombia, puntualmente por el día del trabajo. Fecha que tiene la característica de ser muy conmemorativa y con jornadas de marchas en contra de los abusos laborales que se puedan producir en distintas organizaciones. 

Pese a que Colombia es un país con una gran cantidad de días no laborales, el mes de abril no hubo una fecha conmemorativa luego de semana santa; la cual fue en la última semana de marzo. 

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Sin embargo, la próxima fecha no laboral del país será el 13 de mayo, donde se celebrará el día de la Ascensión; generalmente calza con el día de las madres, el cual será el 8 de este mismo mes. 

Las demás fechas festivas en Colombia 

  • 3 de junio: Corpus Christi. 
  • 10 de junio: Día del Sagrado Corazón. 
  • 1 de julio: Día de San Pedro y San Pablo. 
  • 20 de julio: Día de la Independencia de Colombia. 
  • 7 de agosto: Batalla de Boyacá. 
  • 19 de agosto: Asunción de la Virgen. 
  • 14 de octubre: Día de la Raza. 
  • 4 de noviembre: Día de Todos los Santos. 
  • 11 de noviembre: Día de la Independencia de Cartagena. 
  • 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción. 
  • 25 de diciembre: Navidad. 
Alcaldía de Cali.

Adicionalmente, Colombia no es el país con más días festivos del planeta. Según el reporte de World Of Statistics para el año 2023:

  • Nepal lidera la lista con asombrosos 35 días festivos
  • Myanmar con 32
  • Irán con 26 días feriados.

Por su parte, en Latinoamérica tampoco es el país con más festivos, de hecho Argentina lo supera con 20 días feriados. Por su parte, los festivos en Colombia serán 18 en 2024.

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