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Podrá denunciar sobrecostos en precios de transporte públicos durante el Día sin Carro

Desde las 7 de la mañana hasta las 7 de la noche ningún vehículo podrá movilizarse por la ciudad; a menos de que esté en las excepciones.

Podrá denunciar sobrecostos en precios de transporte públicos durante el Día sin Carro
Especial para 90minutos.co

Desde las 7 de la mañana hasta las 7 de la noche ningún vehículo podrá movilizarse por la ciudad; a menos de que esté en las excepciones.

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La Secretaría de Movilidad de Cali habilitó una línea telefónica para denunciar sobrecostos de precios de transporte públicos durante día sin carro.

Este jueves 22 de septiembre de 2022 se realizará el primer día sin carro en Cali. Desde las 7 de la mañana hasta las 7 de la noche ningún vehículo podrá movilizarse por la ciudad; a menos de que esté en las excepciones.

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Durante estos horarios las personas podrán usar medios de transporte como bicicletas, servicio masivo MIO, taxis, vehículos públicos y automotores de transporte especial.  

Los ciudadanos expresaron su preocupación por la posible alza de precios este día en los transportes. Por eso, la Alcaldía y la Secretaría de Movilidad habilitaron esta línea con el fin de evitar esta situación.

“Tenemos una línea en la cual los ciudadanos pueden comunicar cualquier sobrecosto que se presente en las tarifas autorizadas a la prestación del servicio de transporte público, en cualquiera de sus denominaciones”.

William Vallejo, secretario de Movilidad.

El número habilitado por la Secretaría de Movilidad es el 310 347 58 62.

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Estas son todas las excepciones para el día sin carro y moto de este jueves

Este jueves 22 de septiembre se cumplirá en Cali una nueva jornada del día sin carro y sin moto. El horario que ha dispuesto la Secretaría de Movilidad va entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m.

Ese día no podrán circular carros y motos en el horario establecido por la administración municipal. Sin embargo, habrá algunas excepciones que quedaron consignadas en el decreto firmado para la jornada denominada “Por una Movilidad Sostenible”.

A continuación, detallamos las excepciones:

1.    Vehículos que conforman la caravana presidencial y las de funcionarios del alto nivel ejecutivo y legislativo nacional; el vehículo oficial asignado la Gobernadora del Valle del Cauca, el Alcalde de Cali, los Embajadores y los Cónsules.

2.    Vehículos adscritos al Ministerio de Defensa Nacional y a la Fuerza Pública en los términos del artículo 216 de la Constitución Política; vehículos operativos de Migración Colombia e Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario-INPEC; cuyos vehículos sean destinados al traslado de procesados, debidamente identificados.

3.    Vehículos de propiedad de cuerpos de bomberos, Defensa Civil Colombiana y Cruz Roja, destinados únicamente a rescates y manejo de desastres; vehículos de Gestión del Riesgo y vehículos operativos del Departamento Administrativo del Medio Ambiente (DAGMA).

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4.    Vehículos tipo ambulancia con identificación permanente no removible habilitados por la Secretaría de Salud de Santiago de Cali; vehículos de atención médica personalizada con identificación permanente no removible; el conductor y su acompañante deberán estar debidamente uniformados y portar el carné de la empresa en un lugar visible.

5.   Vehículos en los que se desplace personal médico, asistencial, farmacéutico, hospitalario y clínico.

6.    Vehículos de transporte de residuos y/o desechos hospitalarios, los cuales deben contar con identificación permanente no removible Vehículos.

7.    Vehículos y motocicletas de tipo operativo, destinados al mantenimiento de servicios públicos esenciales de energía, alumbrado público, telefonía fija; internet, acueducto, alcantarillado, aseo, recolección de basuras y gas; en los términos de la ley 142 de 1994, con identificación permanente no removible y los de supervisores de rutas de aseo que se encuentren en misión. En cuyo caso el conductor deberá portar el carné de la empresa.

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8. Vehículos operativos de la Secretaría de Movilidad, del Centro de Diagnostico Automotor del Valle, del Instituto Nacional de Vías, de Ia Secretaría de Seguridad y Justicia, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Organizaciones No Gubernamentales (ONG), de la Secretaría de Infraestructura y de la Secretaría de Salud Pública.

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9.    Vehículo que habitualmente transporte o sea conducido por persona en situación de discapacidad, cuya condición motora, sensorial o mental, limite su movilidad de manera permanente; de acuerdo a lo establecido en la Resolución 4575 de 2013 del Ministerio de Transporte o las normas que en adelante la deroguen o modifiquen, previamente acreditados por la Secretaría de Movilidad del Municipio de Santiago de Cali de acuerdo al Decreto Municipal 4112.010.20.0497 del 1 de julio de 2021 modificado por el Decreto Municipal 4112.010.20.0914 del 20 de noviembre de 2021, siempre y cuando la persona en situación de discapacidad se encuentre ocupando el vehículo.

10. Vehículos utilizados para la producción y transmisión de video y/o audio, de propiedad de medios de comunicación, con identificación permanente no removible.

11. Vehículos conducidos o utilizados por personas que acrediten ser protegidas por el Estado mediante la Dirección de Protección; Servicios Especiales de la Policía Nacional (DIPRO) o la Unidad Nacional de Protección (UNP).

12. Vehículo oficial utilizado por el Personero Municipal de Santiago de Cali; el Procurador Provincial de Santiago de Cali; el Procurador Regional del Valle del Cauca; el Contralor Municipal de Santiago de Cali; el Contralor Seccional del Valle del Cauca; el Registrador de Instrumentos Públicos de Cali; los Registradores Delgados Departamentales, el Defensor Regional del Pueblo Seccional Valle del Cauca; Concejales del Distrito de Santiago de Cali y Diputados del Departamento del Valle Cauca.

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13. Vehículos operativos de la fiscalía general de la Nación - Seccional Cali, los vehículos designados por la presidencia del Consejo seccional de la Judicatura de Santiago de Cali y por la Dirección Seccional de Administración Judicial – Seccional Cali, destinados al transporte de jueces y magistrados.

14. Vehículos y motocicletas propulsados por motor hibrido y/o eléctrico según su licencia de tránsito.

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15. Vehículos operativos de propiedad de Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, destinados a la prevención del contrabando, la evasión fiscal y las infracciones cambiarias.

16. Vehículos destinados al transporte y distribución de alimentos, bebidas, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad debidamente acondicionados, en cuyo caso el conductor deberá estar debidamente uniformado e identificado.

17. Vehículos en los que se desplacen personas que realizan actividades necesarias para la operación aérea y aeroportuaria y personas que tengan viajes en transporte aéreo programados durante la “Jornada de la movilidad sostenible” o en horas próximas a la misma, circunstancias que deberá ser acreditadas.

18. Vehículos del personal operativo esencial para el funcionamiento del sistema de transporte público debidamente identificados.

19. Vehículos y motocicletas en los que se movilice personal de vigilancia y seguridad privada destinados a la protección de personas, edificaciones, supervisión y monitoreo de alarmas, debidamente autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada o que hagan parte de esquemas de seguridad autorizados por los organismos del Estado, debidamente identificados.

20. Vehículos destinados al transporte de valores debidamente identificados y acondicionados.

21. Vehículos destinados y/o adecuados técnicamente para el traslado de féretros.

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22. Vehículos y motocicletas que prestan el servicio a empresas de mensajería, o en que se realiza entrega de domicilios para establecimientos de comercio, en las cuales los vehículos y motocicletas se encuentren debidamente identificadas con logos y/o distintivos pintados o adheridos al vehículo y/o en las cuales los conductores se encuentren debidamente uniformados e identificados como personal de los establecimientos mencionados, para lo cual en vehículos solo podrán circular el personal en servicio y en motocicletas solo el conductor.

23. Vehículos y motocicletas en los que se realiza entrega de domicilios para establecimientos de comercio por medio de plataformas digitales, en las cuales los conductores se encuentren debidamente acreditados digitalmente. Deberán circular sin acompañante.

24. Vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad vigente.

25. Vehículos de propiedad de los establecimientos educativos que presten el servicio de transporte escolar, en los términos del Artículo 2.2.1.6.10.1 y subsiguientes del Decreto Nacional No. 1079 del 26 de Mayo de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte" o las normas que lo modifiquen o adicionen.

26. Vehículos de carga con capacidad igual o mayor a 3.5 toneladas que, transporten materiales de construcción. Adicionalmente los vehículos de tres (3) ejes en adelante, deberán cumplir con las restricciones establecidas en el artículo No 5 del Decreto No 4112.010.20.0434 de 2017.

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Otras disposiciones del día sin carro y moto

Igualmente, la Secretaría de Movilidad estableció que los vehículos que sean retirados de los patios oficiales de Cali, tendrán un término improrrogable de dos (02) horas para disponer el vehículo a su lugar de destino.

Con esto, el propietario o tenedor del vehículo retirado, acreditará tal situación con los documentos de retiro expedidos por la autoridad competente. 

Igualmente, este jueves 22 de septiembre no podrán circular durante la jornada aquellos vehículos que pagan la Tasa por Congestión y Contaminación. Según la autoridad distrital, por tratarse de una jornada diferente a la medida de Pico y Placa.

Incumplir la medida de día sin carro y moto tendrá una multa con un valor de $ 495.603 y además acarreará la inmovilización del vehículo.

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Se registran fuertes lluvias e inundaciones en el sur de Cali

A través de redes sociales, algunos usuarios reportan inundaciones en sectores como Cañas Gordas y la estación del MÍO Universidades.

Se registran fuertes lluvias e inundaciones en el sur de Cali
Foto de Unsplash

A través de redes sociales, algunos usuarios reportan inundaciones en sectores como Cañas Gordas y la estación del MÍO Universidades.

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En las últimas horas, se han registrado fuertes lluvias en varios sectores de la capital vallecaucana. Cabe mencionar que desde hace unos días inició la temporada de lluvias en la ciudad.

Las precipitaciones en el sur de Cali han causado inundaciones en algunas calles. A través de redes sociales, algunos usuarios reportan inundaciones en sectores como Cañas Gordas y la estación del MIO Universidades.

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Además, se han reportado fallos en semáforos de distintos sectores de la capital vallecaucana.

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Sembrarán cerca de 12 mil árboles en Cristo Rey

Su objetivo es fortalecer la cobertura arbórea de la ciudad previo a la COP16, cumbre que albergará Cali en el mes de octubre.

Su objetivo es fortalecer la cobertura arbórea de la ciudad previo a la COP16, cumbre que albergará Cali en el mes de octubre.

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Un grupo de caleños se organiza para sembrar cerca de 12,000 árboles en los cerros de Cali este fin de semana. La iniciativa busca la recuperación de estas zonas afectadas por el hombre.

En los primeros cinco meses del año, el Cuerpo Voluntario de Bomberos de Cali ha atendido cerca de 16 incendios forestales que han afectado la fauna y flora de la capital vallecaucana. Ante eso, parte de la comunidad caleña quiere mostrar su compromiso con espacios como los cerros y realizarán una sembraton en Cristo Rey.

“Necesitamos recuperar nuestro medio ambiente, no estamos recuperando de pronto el mundo, pero estamos logrando recuperar el pedacito en que nosotros vivimos. Son 12.196 árboles que van a ser plantados, se va a crear un bosque en una de las partes del sector de Cristo Rey. Esto como agradecimiento a los 12.000 turistas que nos visitan en esta COP16”.

Explicó Mauricio Molina, vocero de la iniciativa.

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Su objetivo también es fortalecer la cobertura arbórea de la ciudad previo a la COP16, cumbre que albergará Cali en el mes de octubre.

“Este día es por nuestro medio ambiente, se va a ayudar a que la montaña siga reviviendo y va a ser como un núcleo donde va a empezar a nacer agua, va a empezar a crearse un mini ecosistema.  Nuestra ciudad se va a beneficiar y se va a beneficiar mucho al río Cali, eso es lo más importante”

Concluyó el vocero de esta iniciativa.

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Congresistas solicitan al Gobierno Nacional incluir a los Farallones de Cali en la COP16

En la carta resaltaron los temas de la recuperación de afluentes, reforestación del Área Protegida, y fortalecimiento de la vigilancia y patrullaje.

Congresistas solicitan al Gobierno Nacional incluir a los Farallones de Cali en la COP16
Secretaria de Seguridad y Justicia.

En la carta resaltaron los temas de la recuperación de afluentes, reforestación del Área Protegida, y fortalecimiento de la vigilancia y patrullaje.

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Ante la alerta por minería ilegal en los Farallones de Cali, nueve congresistas del Valle del Cauca se unieron para hacer un llamado a los Ministerios de Defensa, Justicia y Medio Ambiente, para reforzar el cuidado del parque nacional.

Por medio de la carta, los congresistas solicitan al Gobierno Nacional aprovechar la COP16 para visibilizar la problemática ambiental y de seguridad.

“Queremos que la COP16 sirva para visibilizar la problemática y recuperar el Parque de las amenazas que lo ponen en riesgo”.

De igual forma, resaltó que se debe trabajar fuertemente en la recuperación de afluentes, reforestación del Área Protegida, y fortalecimiento de la vigilancia y patrullaje.

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También, alertaron por la posible contaminación en los ríos que pasan por el Parque Nacional; lo cuales podrían ser contaminados con mercurio, plomo y cianuro, causando así, disminución en la calidad del agua que se consume en Cali.

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Otro de los temas que resaltaron es la gran cantidad de cultivos ilícitos, que según Simci hay más de 500 hectáreas de siembra de coca, por lo que, los Farallones de Cali es la séptima Área Protegida más afectada.

Finalmente, resaltaron que varios de los incendios que se han presentado en las Zonas de Ladera en Cali no tuvieron un origen natural, ni fueron provocados por la temporada seca; sino por personas, expandiendo así su presencia y poniendo en riesgo especies en vías de extinción.

Por esto, solicitan al Presidente Gustavo Petro y al Gobierno Nacional, incluir dentro de la agenda de la COP16 la situación del parque; además de alternativas de solución, en donde se pueda conservar la biodiversidad.

“Consideramos que no se puede hablar de derechos ambientales sin hablar de derechos humanos y no se puede hablar de derechos humanos sin hablar de seguridad“.

La carta fue firmada por los senadores Carlos Fernando Motoa, María Fernanda Cabal, José Luis Pérez, Duvalier Sánchez, Norma Hurtado, Juan Carlos Garcés, Paulino Riascos, Hernando González y Christian Garcés.

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