Colombia

Aquí le explicamos el decreto que amplía la cuarentena hasta el 1 de agosto y que ha generado confusión en Cali

En redes sociales circulan noticias mal interpretadas que generan incertidumbre sobre la posible cuarentena estricta temporal en la ciudad. Lo cierto es que el Alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina, aún no ha decretado esta medida.

Aquí le explicamos el decreto que amplía la cuarentena hasta el 1 de agosto y que ha generado confusión en Cali

En redes sociales circulan noticias mal interpretadas que generan incertidumbre sobre la posible cuarentena estricta temporal en la ciudad. Lo cierto es que el Alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina, aún no ha decretado esta medida.

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La semana pasada las autoridades municipales de Cali, informaron a los caleños que la ciudad ya estaba llegado a su punto de contagio más elevado. Desde entonces hay incertidumbre sobre la posible cuarentena obligatoria total o sectorizada en la ciudad.

Al respecto han circulado por redes sociales diferentes noticias falsas o mal interpretas, que hacen referencia a la medida de cuarentena obligatoria temporal que aún no se estipula en la Capital del Valle.

Una de las mencionadas, cita el Decreto 990 del 9 de Julio de 2020, que expidió el Gobierno Nacional, la cual estipula en el primer artículo, la extensión de la cuarentena desde el 16 de julio (hoy) hasta el 1 de agosto, por el acelerado ritmo de contagio por COVID- 19.

Efectivamente, el Gobierno publicó a través del portal estatal de normativas el Decreto en el que se aprueba la extensión del aislamiento preventivo obligatorio por 15 días más, sin embargo, este decreto adopta las nuevas 44 excepciones para circular durante la cuarentena. Las cuales son:

  1. Asistencia y prestación de servicios.
  2. Adquisición y pago de bienes y servicios.
  3. Asistencia y cuidado de menores de edad, adultos mayores, personas con discapacidad o enfermos.
  4. Por fuerza mayor o caso fortuito.
  5. Labores de las misiones médicas.
  6. Cadena de medicamentos, productos farmacéuticos, aseo, etc.
  7. Servicios de emergencias, incluidas las veterinarias.
  8. Servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  9. Cadena de productos de primera necesidad, reactivos, alimentos e insumos para atender la emergencia sanitaria.
  10. Cadena de agroinsumos y alimentos para animales.
  11. Comercialización de productos de primera necesidad.
  12. Servidores públicos, contratistas y particulares en función del COVID- 19.
  13. Misiones diplomáticas.
  14. Fuerzas Militares, Policía y otros organismos de seguridad del Estado.
  15. Actividades de los puertos exclusivamente para carga.
  16. Actividades de dragado marítimo y fluvial.
  17. Obras de infraestructura de transporte y obra pública.
  18. Construcción, ejecución de obras civiles y remodelación de inmuebles.
  19. Operación aérea con fines humanitarios.
  20. Comercialización de comidas a través de domicilios.
  21. Actividades de la industria hotelera.
  22. Funcionamientos de la infraestructura de computadores, redes, etc.
  23. Operación de centros de llamadas y de comercio electrónico.
  24. Servicios de vigilancia y seguridad privada.
  25. Servicios de limpieza y aseo.
  26. Actividades de servicios públicos como agua, energía, gas, etc.
  27. Servicios bancarios, financieros, divisas, juegos de suerte, etc.
  28. Servicios postales, mensajería, radio, TV, prensa y su distribución.
  29. Abastecimiento y distribución de bienes de primera necesidad en virtud de los programas del Estado.
  30. Actividades del sector interreligioso relacionadas con ayudas.
  31. Cadena de la industria manufacturera.
  32. Comercio al por mayor y al menor, incluido centros comerciales e inmobiliarias.
  33. Operadores de pagos de salarios, pensiones, prestaciones, etc.
  34. Desplazamiento de directivos y docentes de instituciones educativas.
  35. Actividades físicas, de ejercicio al aire libre y deporte individual en personas entre los 18 a 69 años y máximo dos horas diarias; niños mayores de 6 años tres veces a la semana y una hora al día; niños entre dos y cinco años tres veces a la semana y media hora al día; y adultos mayores de 70 años y máximo dos horas diarias.
  36. Avalúos de bienes y realización de estudios de títulos.
  37. Comisarías de familia e inspecciones de policía.
  38. Fabricación, mantenimiento, compra y venta de bicicletas.
  39. Parqueaderos de vehículos.
  40. Museos y bibliotecas.
  41. Laboratorios.
  42. Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general.
  43. Servicios de peluquería
  44. Desplazamientos y comparecencia de personas que garanticen la protección de los derechos fundamentales.

Las 44 excepciones mencionadas anteriormente, hacen parte de la cuarentena flexible, que estipuló el Gobierno Nacional en el Decreto 990 del 9 de Julio de 2020, para circular en el país.

Cabe destacar que los gobierno departamentales y municipales tienen incidencia en estas excepciones de acuerdo con el índice de alto o bajo riesgo de la propagación del virus del COVID- 19 que tengan los departamentos y municipios del país.

Sin bien, la curva de contagio en la Capital del Valle, sigue aumentando y no da espera en los centros de salud, que hoy ocupan un 92% de camas UCI, el Alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina sigue evaluando la medida de concertar la cuarentena estricta temporal en la ciudad.

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El encanto del café colombiano en China y Estados Unidos: Industria se expande

La Federación Nacional de Cafeteros de Colombia comenzó una transformación de su modelo operativo y de negocio en el mercado extranjero.

El encanto del café colombiano en China y Estados Unidos: Industria se expande
El gerente general de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia (FNC), Germán Bahamón, habla durante una rueda de prensa en Bogotá (Colombia) sobre la transformación de su modelo operativo y de negocio que incluye una mayor penetración en los mercados de Estados Unidos y China. EFE/Mauricio Dueñas Castañeda

La Federación Nacional de Cafeteros de Colombia comenzó una transformación de su modelo operativo y de negocio en el mercado extranjero.

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La Federación Nacional de Cafeteros de Colombia (FNC) comenzó una transformación de su modelo operativo y de negocio que incluye una mayor presencia en los mercados de Estados Unidos y China por medio de sus diferentes marcas, entre ellas Juan Valdez; así lo anunció el gerente general de la compañía, Germán Bahamón.

"La Federación ha vuelto a tener un papel más preponderante (...) queremos trabajar de la mano con los privados para hacer que el café de Colombia llegue a más destinos".

Manifestó Bahamón

Según el dirigente, la FNC, creada en 1927 y que agrupa a 552.000 familias productoras del grano, mira "con especial atención a China" y quiere "tener la posibilidad de surfear la ola del crecimiento del mercado chino".

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"Hemos aumentado los ingresos gracias a las ventas de café verde en el mercado chino; que crecieron un 224 % en 2023 en comparación con el año anterior".

Germán Bahamón.

El gigante asiático también está en la mira de la Federación de Cafeteros para expandir el mercado de café liofilizado que comercializa con la marca Buencafé, un productor y exportador de productos de valor agregado.

"Con esto queremos entrar también a China, en Indonesia, queremos desarrollar Oriente Medio", dijo Bahamón sobre Buencafé; que el año pasado dio un beneficio neto de 41,2 millones de dólares y tiene una participación del 5% en el mercado mundial de café liofilizado.

Expansión de Juan Valdez en Norteamérica

Otra punta de lanza en el mercado internacional es la red de cafeterías Juan Valdez, que el año pasado abrió 10 tiendas nuevas en Colombia y 51 en el exterior.

Además, tuvo un crecimiento del 24% en ventas, lo que le permitió aportar 10 millones de dólares al Fondo Nacional del Café, que invierte sus recursos en el desarrollo del sector.

Juan Valdez tiene actualmente 553 tiendas, de las cuales 358 están en Colombia y 195 en el exterior y "la meta es llegar a 1.200 tiendas en 2027"; cuando la Federación Nacional de Cafeteros celebrará su centenario.

En ese sentido, Bahamón anticipó que la marca emblemática del Café de Colombia se prepara para hacer una gran expansión en Norteamérica:

"Llevamos 10 meses en una negociación importante en torno a hacer un cambio en la historia comercial de Juan Valdez en Estados Unidos (...) para tener un socio que nos va a permitir entrar de manera fuerte en el mercado de grandes superficies de EE.UU. y Canadá y pasar de 13 millones de dólares en el mercado minorista a 100 millones de dólares en 2030".

Cafés especiales y descafeinados

El mercado de cafés especiales, producidos en microlotes de los que se sacan granos de gran calidad y precio; es otro segmento en el que la FNC ha puesto la mira.

La meta para este año es producir 29.206 sacos de cafés especiales y solo en el primer cuatrimestre la cifra fue de 13.995 sacos; lo que supone un crecimiento del 36% con respecto al mismo periodo de 2023.

La FNC también está haciendo una apuesta estratégica por una planta productora de café descafeinado, que el dirigente definió como "un sueño de oportunidades".

"Hemos visto que, en el mercado mundial, el consumo de café descafeinado ha tenido bastantes adeptos", dijo Bahamón, quien señaló que en España el 19% de los consumidores toman café descafeinado; en el Reino Unido son el 20%, en Alemania el 8% y en Estados Unidos, el 11%.

"Hay unos mercados que están pidiendo café descafeinado. Colombia tiene las capacidades industriales y de operación para crecer en ese sentido y atender una demanda que está creciendo en el mundo".

Según Bahamón.

Bahamón destacó también los buenos resultados del sector, pues en los últimos 12 meses (de mayo de 2023 a abril de 2024) la producción de café revirtió la tendencia a la baja y fue de 11,6 millones de sacos, un 2,6 % superior al ejercicio anterior.

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Gobierno buscará revivir la mesada 14 para los pensionados en Colombia

Este trámite se realizaría una vez sea aprobada la reforma pensional en la Cámara de Representantes.

Gobierno buscará revivir la mesada 14 para los pensionados en Colombia
Especial para 90minutos.co

Este trámite se realizaría una vez sea aprobada la reforma pensional en la Cámara de Representantes.

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En medio del evento Gobierno con los Barrios Populares’ en Ciudad Bolívar en Bogotá, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, anunció que el Gobierno buscará realizar una reforma constitucional para que los pensionados vuelvan a recibir la mesada 14.

“La mesada 14 que todos quisiéramos, para devolverla tenemos que hacer una reforma a la Constitución. Sacamos este sistema y luego nos vamos a hacer la reforma a la Constitución nacional".

Gloria Inés Ramírez, ministra de Trabajo.

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Ahora bien, una vez la reforma pensional sea aprobada, se establecerían los parámetros para la reforma a la Constitución.

Esta mesada fue creada bajo el artículo 142 de la Ley 100 de 1993, para pensionados que no excedieran los 15 salarios mínimos mensuales, pero fue eliminada en el gobierno del expresidente, Álvaro Uribe, en el 2005.

¿Qué es la mesada 14?

La Mesada 14 era un pago adicional para pensionados que se efectuaba en junio, duplicando así el pago mensual del pensionado.

Fue establecida por el artículo 142 de la Ley 100 de 1993 para aquellos pensionados cuyas pensiones no superaban los 15 salarios mínimos mensuales.

La abolición de la Mesada 14 fue llevada a cabo mediante el Acto Legislativo 01 de 2005. Este acto derogó dicho beneficio y se eliminó por completo a partir del 31 de julio de 2011.

Por lo tanto, las pensiones otorgadas después de esa fecha no incluyen 14 pagos adicionales al año.

Los únicos pensionados que aún reciben la Mesada 14 son aquellos que adquirieron el derecho mientras esta estaba en vigor. Los beneficiados por esta medida son:

  • Aquellos que se pensionaron antes del 25 de julio de 2005 y cuya pensión no excedía los 15 salarios mínimos mensuales.
  • Los que se pensionaron entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, siempre que su pensión no superara los 3 salarios mínimos.
  • Teniendo en cuenta lo anterior, los que se pensionaron después del 31 de julio de 2011 no tienen derecho a la Mesada 14. Tampoco la reciben aquellos que se pensionaron después del 25 de julio de 2015 si su pensión excedía los 3 salarios mínimos mensuales.

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Conozca las nuevas convocatorias del Sena para cursos presenciales y a distancia

El Servicio Nacional de Aprendizaje abrirá pronto la convocatoria para que cientos de colombianos interesados puedan inscribirse y aprender.

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Especial para 90minutos.co

El Servicio Nacional de Aprendizaje abrirá pronto la convocatoria para que cientos de colombianos interesados puedan inscribirse y aprender.

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El quinto mes del año ya inició y con él, unas nuevas convocatorias Sena para estudiar algunos programas que oferta el Servicio Nacional de Aprendizaje; teniendo en cuenta que serán de modalidad presencial y virtual. 

Según lo informado por la misma entidad, en la plataforma del Sena (Sofia plus), las fechas fueron oficializadas para la inscripción a los cursos, los cuales estarán disponibles en cinco niveles: 

  • Auxiliar 
  • Operario 
  • Técnico 
  • Tecnólogo 
  • Profundización tecnológica.   

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¿Cuándo serán las fechas de inscripción?

Las convocatorias Sena se abrirán próximamente. Asimismo, basándose en la información del mismo Servicio Nacional de Aprendizaje, el 22 y el 23 de mayo será la publicación de la oferta de los programas; puntualmente los de formación titulada modalidad presencial. 

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Por su parte, del 24 al 30 de mayo se llevarán a cabo las charlas informativas en cada centro y las inscripciones por la página web. 

Por ende, la misma entidad de educación solicita a los interesados estar pendientes a cualquier información.

Pruebas fase I

Es importante tener documentos de identidad terminados en:

  • 04 de junio: 0, 1, 2, 3 y 4
  • 05 de junio: 5, 6, 7, 8, y 9

En la fase II se harán las siguientes actividades:

  • 13 de junio: Consulta Citación a segunda prueba
  • 14 al 20 de junio: Aplicación de prueba web controlada y/o taller
  • 21 de junio: Consulta aspirantes seleccionados

Posteriormente, la citación a matrícula y entrega de documentos es el 21 de junio al 05 de julio, comenzando la formación el 8 de julio de 2024 para esta convocatoria.

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