Noticias de Cali

Estas son las 33 excepciones que anunció la Alcaldía de Cali durante el toque de queda de tres días

El decreto, además, prohíbe el consumo de licor en toda la capital vallecaucana durante los tres días de duración del toque de queda.

Estas son las 33 excepciones que anunció la Alcaldía de Cali durante el toque de queda de tres días

El decreto, además, prohíbe el consumo de licor en toda la capital vallecaucana durante los tres días de duración del toque de queda.

Compartir

Aunque existe un decreto departamental, la Alcaldía de Cali, en la tarde de este jueves, expidió otras medidas que se tomarán en la ciudad ante el toque de queda durante el puente festivo en el Valle.

Por lo tanto, según el decreto municipal, queda restringida la libre circulación de personas y vehículos en toda la ciudad, a partir del viernes 20 de marzo a las 10:00 p.m., hasta el día martes 24 de marzo a las 04:00 a.m.

Dentro de este decreto se describen las personas y actividades que estarán exentan de la medida, por lo que, el personal exceptuado deberá contar con plena identificación  y documentación que acredite el ejercicio de sus funciones y actividades.

La normativa municipal describe la excepción a las siguientes personas y actividades

  1.  Establecimientos y locales comerciales de almacenes de cadena, supermercados mayoristas y tiendas minoristas de alimentación, de bebidas, de productos y bienes de primera necesidad, de productos farmacéuticos, de productos médicos, ópticas, de productos ortopédicos, de productos de aseo e higiene, y de alimentos y medicinas para mascotas. Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar.
  2. Bienes y servicios gastronómicos, tales como restaurantes, panaderías, cafeterías y similares exclusivamente en lo que corresponde a la oferta de sus productos mediante plataformas de comercio electrónico y/o por entrega a domicilio; restaurantes ubicados dentro de las instalaciones hoteleras, los cuales solo podrán prestar el servicio a sus huéspedes.
  3. Personas que presten sus servicios a empresas o plataformas tecnológicas dedicadas a la entrega a domicilio de elementos de primera necesidad, alimentos preparados y productos farmacéuticos, por medio de motocicletas y bicicletas, quienes deberán estar plenamente identificados.
  4. Prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios públicos y privados de salud.
  5. Cuidado institucional o domiciliario de mayores, menores, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables y de animales.
  6. Orden público, seguridad general y atención sanitaria.
  7. Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso que la autoridad así lo requiera.
  8. Abastecimiento y distribución de combustible.
  9. Servicios de ambulancias, sanitario, atención pre hospitalaria, la distribución de medicamentos a domicilio, farmacias y emergencias veterinarias.
  10. Realizar el abastecimiento, distribución, cargue y descargue de elementos de primera necesidad, productos de aseo, alimentos preparados, suministros médicos y agua potable.
  11. La prestación de servicios indispensables de operación, mantenimiento y emergencias de servicios públicos domiciliarios, como acueducto, alcantarillado, energía, aseo, relleno sanitario, y servicios de telecomunicaciones, call center, redes y data center, debidamente acreditados por las respectivas empresas públicas o sus concesionarios acreditados.
  12. La prestación de servicios funerarios, exclusivamente durante el tiempo de la prestación del mismo.
  13. La prestación de servicios de operación indispensables de hoteles, empresas de vigilancia privada y transporte de valores.
  14. El transporte de animales vivos y productos perecederos.
  15. La Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Ministerio Público, Defensa Civil, Cruz Roja, Defensoría del Pueblo, Cuerpo Oficial de Bomberos, Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria, organismos de socorro y Fiscalía General de la Nación, jueces penales con funciones de control de garantías y de conocimiento en el ejercicio de sus funciones, organismos de emergencia y socorro del orden nacional, departamental o municipal.
  16. Servidores públicos y contratistas estatales para el cumplimiento de actividades relacionadas con la seguridad, prevención y control objeto de estas disposiciones y recolección de datos, vigilancia epidemiológica, personal que presta servicio de vigilancia en las instituciones públicas.
  17. Los programas sociales indispensables que requieren continuidad del servicio a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF y la Secretaría de Bienestar Social.
  18. Los indispensables para el funcionamiento de canales de televisión, estaciones de radio, prensa escrita, digital, y distribuidores de medios de comunicación debidamente acreditados.
  19. Las personas que acrediten debidamente ser personal de transporte masivo y sus operarios, concesionarios y personal de apoyo a la operación.
  20. Personal que labore en plantas de producción de alimentos y productos farmacéuticos.
  21. Los trabajadores y operarios que prestan sus servicios en turnos de trabajo, en obras públicas, empresas, fabricas, plantas, laboratorios y en actividades de campo y cosecha de productos agrícolas y demás personal relacionado con las labores de campo requeridas por las empresas debidamente acreditados con documentos tales como, carnets o cartas de la empresa.
  22. Personal de vehículos o rutas destinados al transporte de trabajadores y operarios de empresas que realizan operación 24/7.
  23. Personal operativo y administrativo de los terminales de transporte, los conductores, ayudantes, el personal administrativo y viajeros que tengan viajes intermunicipales programados durante el período de restricción, debidamente acreditados con documentos tales como pasaje o tiquetes, tasa de uso, planilla de despacho o cualquier medio idóneo para tal fin. Lo anterior sin distinción respecto a viajes intermunicipales.
  24. Personal y vehículos de las empresas de gases medicinales, debidamente acreditados.
  25. Personal operativo y administrativo aeroportuario, pilotos, tripulantes, viajeros y quienes los transporten, que tengan vuelos de salida o llegada a los diferentes municipios y-o distritos del Valle del Cauca, programados durante el periodo de restricción, debidamente acreditados con documentos tales como pasaportes, pasabordos (físicos o electrónicos), tiquetes, entre otros.
  26. Personal y vehículos de las empresas concesionarias del servicio público de aseo del Departamento del Valle del Cauca, debidamente acreditados.
  27. Los vehículos de servicio público individual debidamente identificados podrán movilizar personas desde y hacia los terminales, aéreo y terrestre, como también clínicas y hospitales, y de las empresas con turnos de trabajo nocturno. Los vehículos de servicio público individual una vez terminada sus labores deberán dirigirse a su lugar de domicilio.
  28. Los empleados de empresas de servicios públicos domiciliarios que deban adelantar acciones concretas en el período de restricción.
  29. Están autorizados para su movilización el personal requerido para los vehículos de transporte de carga de animales, de alimentos y bebidas no alcohólicas, bienes perecederos, productos de aseo y suministros médicos, el transporte de materia prima e insumos para la producción industrial y agropecuaria, y vehículos que se encuentren en tránsito hacia otros municipios.
  30. Se autoriza el tránsito de vehículos particulares en casos de urgencias
  31. Vehículos y personal de alce, cargue y transporte de productos agrícolas.
  32. El servicio público individual de taxis, siempre y cuando se solicite telefónicamente o a través de plataformas, para la realización de alguna de las anteriores actividades o prestación de esos servicios.
  33. Una persona por núcleo familiar podrá sacar cuando sea necesario, en su entorno más inmediato, a sus mascotas o animales de compañía por un lapso no superior a 25 minutos.

Le puede interesar:

https://90minutos.co/medidas-seguridad-salud-alcaldia-cali-confirman-ley-seca-desde-viernes-19-03-2020/

Lee más noticias

Colombia

¿Qué es la dismorfia corporal y cómo afecta la salud emocional? Expertos explican trastorno

La dismorfia corporal genera afectaciones en el estado emocional y bienestar de las personas; si se reconoce ayuda a mejorar la salud mental.

La dismorfia corporal genera afectaciones en el estado emocional y bienestar de las personas; si se reconoce ayuda a mejorar la salud mental.

Compartir

La dismorfia corporal es un trastorno de salud mental que altera la percepción que una persona tiene de su apariencia física, llevándola a identificar defectos que pueden ser mínimos o incluso inexistentes.

Aunque es una condición poco visibilizada, especialistas advierten que su impacto puede afectar profundamente la autoestima, las relaciones sociales y la calidad de vida.

Únete a nuestro canal de WhatsApp + ¡Síguenos en Google News!

De acuerdo con una revisión científica publicada en 2025, la dismorfia corporal tiene una prevalencia del 17 % en la población general, con una mayor incidencia en mujeres que en hombres. El estudio también señala que Latinoamérica registra las tasas más altas de este trastorno en comparación con otras regiones del mundo.

Tomada de Pexels

Lea también: Mitos sobre la alopecia: experta brinda recomendaciones y despeja dudas

Un trastorno silencioso que impacta la salud

Las personas que lo padecen suelen desarrollar una preocupación constante por aspectos específicos de su cuerpo, lo que puede generar conductas repetitivas como mirarse frecuentemente al espejo, intentar ocultar ciertas partes de su apariencia o buscar cambios físicos de manera obsesiva.

Una joven que vivió esta situación relató que, a pesar de haber alcanzado un peso muy bajo, seguía percibiéndose con sobrepeso.

''Recuerdo que un profesor de educación física me hizo un comentario que me impactó profundamente. Me dijo que a los hombres no les gustaban las mujeres demasiado delgadas''.

Recordó Mariana Oñoso, persona que padeció dismorfia.

¿Cómo puede impactar en la vida cotidiana?

Los especialistas explican que este trastorno afecta diferentes dimensiones de la vida. Además de deteriorar la autoestima, puede provocar aislamiento social, inseguridad y dificultades en el ámbito académico, laboral y personal.

''Las personas muchas veces evitan exponerse por miedo a ser juzgadas. Si no tienen confianza en sí mismas, pueden pensar que los demás las ven de la misma forma negativa en que ellas se perciben''.

Explicó la psicóloga Yurany Soto.

Lea también: Salud bucal infantil: hábitos clave para cuidar los dientes de los niños

Por otro lado, el médico Edgar Elías Fuenmayor menciona que las consecuencias también pueden reflejarse en la salud física. En los casos más severos, la preocupación excesiva por la imagen corporal puede estar asociada a trastornos de la conducta alimentaria, provocando complicaciones como desnutrición, alteraciones en los niveles de sodio y potasio, problemas digestivos e incluso hospitalizaciones.

''En urgencias generalmente vemos las consecuencias: esofagitis, desnutrición severa y trastornos hidroelectrolíticos. En consulta externa es donde con mayor frecuencia logramos identificar el problema de fondo''

Enfatizó.

Por otro lado, un estudio relacionado con la salud mental realizado por la Universidad Santiago de Cali en 2024 encontró que, entre pacientes diagnosticados con trastornos mentales, al menos uno de cada 50 presentaba síntomas relacionados con la dismorfia corporal.

Los expertos insisten en la importancia de reconocer las señales de alerta y buscar apoyo profesional de manera oportuna. La detección temprana puede contribuir a mejorar la salud mental de quienes enfrentan este trastorno, especialmente entre los jóvenes, quienes constituyen uno de los grupos más vulnerables frente a las presiones sociales y los estándares de belleza.

Artículo relacionado

Sigue nuestras redes sociales:

Lee más noticias

Estamos con vos

Alertan por cruce en Cali donde se registran hasta tres accidentes al día

Habitantes del barrio La Libertad, cerca a la Galería de Santa Elena de Cali, alertan alta accidentalidad de un cruce peligroso en la zona.

Habitantes del barrio La Libertad, cerca a la Galería de Santa Elena de Cali, alertan alta accidentalidad de un cruce peligroso en la zona.

Compartir

La comunidad del barrio La Libertad, en inmediaciones de la Galería de Santa Helena, denunció la alta accidentalidad que se registra en una intersección vial del sector y solicitó a la Alcaldía de Cali implementar medidas urgentes para mejorar la seguridad en la zona.

Únete a nuestro canal de WhatsApp + ¡Síguenos en Google News!

Según los residentes, en este cruce peligroso se presentan hasta tres accidentes diarios, situación que pone en riesgo a conductores, motociclistas, peatones y habitantes de las viviendas cercanas en Cali.

Barrio La Libertad, Comuna 10 | Nicolás Trujillo

Lea también: Presunto error en comparendo: ciudadana asegura que su vehículo estaba en su vivienda

Un llamado de la comunidad: siniestros viales en la zona

Los vecinos aseguran que una de las principales causas de los siniestros es el incumplimiento de las señales de tránsito por parte de algunos conductores, especialmente quienes circulan por la carrera 32.

''La gente viene por la carrera 32 y no hace el pare. Siempre terminan los vehículos contra una vivienda del sector. La propietaria tuvo que instalar protecciones porque ya le han tumbado la fachada en dos ocasiones debido a los accidentes''.

Relató un habitante de la zona.

Asimismo, la comunidad manifestó que, aunque existen reductores de velocidad, estos no han sido suficientes para disminuir el número de incidentes.

Por ello, solicitan una revisión integral de las condiciones de movilidad en el sector y la implementación de nuevas medidas de prevención de este cruce peligroso en el suroriente Cali.

Por consiguiente, entre las peticiones de los residentes se encuentran el mejoramiento de la señalización vial, la demarcación de la intersección, la instalación de más reductores de velocidad y la realización de estudios que determinen la viabilidad de ubicar un semáforo en el lugar.

Lea también: Concejo de Cali debate proyectos clave para movilidad y desarrollo urbano

''Le pediríamos al Gobierno Distrital que haga presencia en este punto y revise las necesidades que tenemos. Se requiere mejorar la señalización, reforzar las medidas de control y, si los estudios lo permiten, considerar la instalación de un semáforo''.

Expresó otro habitante.

Por otro lado, los residentes señalaron que la problemática persiste desde hace varios años y advirtieron que, de no tomarse medidas oportunas, podría registrarse una emergencia de mayores proporciones.

Ante esta situación, la comunidad hizo un llamado a la Secretaría de Movilidad y a la Alcaldía de Cali para que adelanten una intervención que permita reducir la accidentalidad y garantizar la seguridad de quienes transitan diariamente por este sector de la ciudad.

Artículo relacionado

Sigue nuestras redes sociales:

Lee más noticias

Noticias de Cali

Conozca el Proyecto de Acuerdo en Cali que reconoce la bicicleta como medio alternativo

En el Día Mundial de la Bicicleta, Cali dio un paso hacia el fortalecimiento del vehículo de dos ruedas como medio alternativo.

En el Día Mundial de la Bicicleta, Cali dio un paso hacia el fortalecimiento del vehículo de dos ruedas como medio alternativo.

Compartir

Hoy, miércoles 3 de junio, se conmemora el Día Mundial de la bicicleta, un medio de transporte considerado sostenible, ecológico y sencillo que contribuye a la gestión ambiental y beneficia la salud; según la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Únete a nuestro canal de WhatsApp + ¡Síguenos en Google News!

Justamente, el Concejo de Cali aprobó en segundo debate el Proyecto de Acuerdo 090 'Cali en bici', que reglamenta la Ley 1811 de 2016, la cual promueve el uso de la bicicleta como medio de transporte en Colombia.

Además, otorga prelación a los ciclistas frente a los vehículos, obliga a mantener una distancia mínima de seguridad de 1,50 metros al adelantarlos e incluye incentivos laborales para quienes se movilizan al trabajo en bicicleta. Igualmente, aplica la Ley 2476 de 2025 o Ley de Ciudades Verdes.

En la construcción de la iniciativa participaron diversos colectivos, entre ellos Biciusuarios Integrados, BiciLab y Métale Pedal, entre otros.

Lea también: Afectaciones por lluvias: en Cartago: reportan árboles caídos y cortes de luz

''Este proyecto apunta a mejorar condiciones de infraestructura, a generar pedagogía y a generar incentivos para que los usuarios adquieran esta modalidad''

Explica el concejal de Cali, Rodrigo Salazar.
Imagen de referencia | William Soto

Una cultura de la bicicleta en la sociedad

Actualmente, entre 120.000 y 150.000 viajes diarios se realizan en bicicleta en Cali, una cifra que representa entre el 3 % y el 5 % de los desplazamientos urbanos.

Además, la ciudad cuenta con cerca de 160 kilómetros de infraestructura para ciclistas, consolidándose como una de las ciudades del país con mayor red de ciclorrutas.

Sin embargo, las autoridades y los usuarios coinciden en que aún existen importantes desafíos en materia de seguridad vial. Cada año, entre 15 y 25 ciclistas pierden la vida en las vías de la capital vallecaucana.

''Desde el Gobierno Nacional buscamos desarrollar una serie de esfuerzos que aporten a la movilidad activa y segura, especialmente en Cali, que presenta una cifra considerable de ciclistas fallecidos por siniestros viales y que este año ya registra 16 muertes. De ahí que la seguridad sea clave''.

Expresó Yolanda Mogollón, delegada de la Agencia Nacional de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte.

Según el Informe de Calidad de Vida de Cali Cómo Vamos (2025), el parque automotor de la ciudad ha crecido a una tasa anual del 5,2 % durante la última década, superando la capacidad de expansión de la malla vial.

Lea también: Segunda vuelta presidencial: analistas advierten riesgo por discursos polarizantes

Esto ha reducido la velocidad promedio en corredores arteriales en Cali, como la Calle 5 y la Autopista Suroriental, a menos de 18 km/h; la bicicleta, al ocupar un 90 % menos de espacio que un vehículo particular, representa una solución técnica como medio alternativo para optimizar el uso del espacio público.

Caleños que le apuestan al cambio

Por otro lado, los ciclistas, quienes piensan que la bicicleta es un medio alternativo para Cali, reconocen los avances que ha tenido la ciudad en los últimos años, especialmente en la ampliación de la infraestructura. No obstante, consideran que todavía falta fortalecer la cultura vial y ampliar la cobertura de las ciclorrutas.

''En las horas pico es un poco peligroso porque estamos invadidos por motocicletas, peatones y otros vehículos que utilizan los mismos espacios''.

Manifestó uno de los usuarios consultados.

Otro ciudadano señaló que uno de los principales inconvenientes se presenta cuando las motocicletas invaden los carriles destinados para bicicletas.

''Se ha avanzado y se ha ampliado la infraestructura, pero todavía falta. Lo ideal sería que tuviera cobertura en toda la ciudad''.

Afirmó.

Con la aprobación del acuerdo Cali en Bici, el reto ahora será convertir los lineamientos de la política pública en acciones concretas que permitan mejorar la seguridad vial, ampliar la infraestructura disponible y fortalecer una cultura de respeto hacia los ciclistas en las vías de la ciudad.

Jornada de bicicletas por el Día Mundial de la Bicicleta | Alcaldía de Cali

Artículo relacionado

Sigue nuestras redes sociales: