La prima de mitad de año es uno de los pagos más esperados por millones de trabajadores en Colombia. Sin embargo, no todos los docentes tendrán derecho a recibir este beneficio durante 2026, ya que existen algunas excepciones relacionadas con el tipo de vinculación laboral y las condiciones pensionales de ciertos educadores.
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Aunque la mayoría de los maestros vinculados al sector oficial sí acceden a la prima de servicios, la normativa vigente establece que algunos grupos específicos quedarán excluidos del pago durante este año.
Docentes por prestación de servicios no reciben prima
Uno de los principales grupos excluidos corresponde a los docentes contratados mediante prestación de servicios. Al ser considerados trabajadores independientes y no contar con una relación laboral subordinada, no tienen derecho a prestaciones sociales como prima de servicios, cesantías o intereses a las cesantías.
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La misma situación puede presentarse con algunos profesores ocasionales o catedráticos universitarios cuyos contratos son temporales o se encuentran regulados bajo modalidades especiales definidas por las instituciones educativas. En estos casos, el reconocimiento de pagos adicionales dependerá de las condiciones pactadas en cada contrato.

Algunos pensionados del magisterio también están excluidos
Otro grupo que no recibirá el pago corresponde a ciertos docentes pensionados. Las reformas introducidas mediante el Acto Legislativo 01 de 2005 limitaron el acceso a la denominada Mesada 14, un beneficio adicional que históricamente recibían algunos jubilados.
Por esta razón, los maestros que obtuvieron su pensión después del 31 de julio de 2011 no tienen derecho a recibir este pago adicional en junio. Asimismo, existen restricciones para algunos pensionados que se jubilaron antes de esa fecha y que superan determinados topes de ingresos establecidos por la ley.

¿Cuándo reciben la prima los docentes oficiales?
Los docentes vinculados oficialmente al sistema educativo sí tienen derecho a esta prestación. De acuerdo con las normas vigentes, la prima equivale a 15 días de remuneración por cada semestre trabajado y también puede pagarse de manera proporcional cuando el tiempo laborado es inferior al período completo.
A diferencia de muchos trabajadores del sector privado, que reciben este pago antes del 30 de junio, los docentes oficiales suelen recibir la prima durante las primeras semanas de julio, según los cronogramas definidos por las entidades territoriales y las secretarías de educación.
Por ello, los maestros que hacen parte de la planta oficial del Estado pueden esperar este ingreso adicional en las próximas semanas.

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