La seguridad vial en Colombia está regulada principalmente por el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), el cual establece normas claras respecto al transporte de menores de edad en vehículos. Una de las preguntas más comunes entre los padres es: ¿a qué edad un niño puede ocupar el asiento del copiloto en un carro?
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La respuesta está contemplada en el artículo 82 de dicha ley y ha sido reafirmada por el Ministerio de Transporte en el radicado 20211340150941.
Según el Código Nacional de Tránsito, los niños menores de 10 años no pueden viajar en el asiento delantero del vehículo, es decir, no pueden ir como copilotos. Esta disposición se basa en criterios de seguridad, dado que, en caso de un accidente, los menores son más vulnerables a sufrir lesiones graves en esa posición; incluso si usan cinturón de seguridad.
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Además, el artículo especifica que los menores de dos años deben viajar en el asiento trasero utilizando una silla infantil que garantice su seguridad, siempre que el niño viaje acompañado únicamente por el conductor. Esta silla debe estar correctamente instalada y adaptada a la edad, peso y tamaño del menor.
Más especificaciones para que niños se transporten correctamente en vehículos
A su vez, el documento también aclara que los niños de brazos (menores de 2 años) no cuentan como cupo adicional si van sentados sobre el regazo de un adulto, aunque se enfatiza que esto no descarta a los vehículos de garantizar su seguridad.
Por tanto, aunque no ocupen un puesto formal, los niños de brazos deben ser transportados bajo condiciones seguras. Y preferiblemente con un sistema de retención infantil.
Ahora bien, en cuanto al sobrecupo, la normativa es clara: no se puede exceder la capacidad de pasajeros indicada en la licencia del vehículo, con excepción de los niños de brazos. Así, un niño de cuatro años sí cuenta como pasajero y no puede ir sobre las piernas de un adulto, ya que esto se considera sobrecupo y constituye una infracción.
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Para concluir, un niño solo podrá ocupar el asiento del copiloto a partir de los 10 años de edad. Antes de esa edad, debe viajar en el asiento trasero, con cinturón de seguridad y, si es menor de 2 años, en una silla especial.
Adicionalmente, estas medidas no solo obedecen a la normativa legal, sino que están orientadas a proteger la vida y la integridad de los menores en caso de accidente. Es deber de los adultos garantizar un transporte seguro para los niños, respetando las normas y utilizando los dispositivos adecuados.
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