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Estos son los cambios en la cotización de pensión para independientes: se aplicará pronto

Estos son los cambios en la cotización de pensión para independientes: se aplicará pronto

Tomado de Pixabay

A partir del 1 de julio de 2025, los trabajadores independientes en Colombia comenzarán a sentir los efectos de la nueva reforma pensional, aprobada por el Congreso y sancionada como la Ley 2381 de 2024.

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La norma, que se fundamenta en cuatro pilares: contributivo, semicontributivo, solidario y voluntario, tiene como objetivo ampliar la cobertura y protección para la vejez. Sin embargo, ha generado preocupación entre los independientes, quienes temen que las nuevas reglas de cotización dificulten aún más el acceso a una pensión.

Para quienes tienen contratos laborales tradicionales, no habrá modificaciones en el esquema de aportes. En cambio, los trabajadores independientes deberán ajustarse a una regulación más estricta, especialmente aquellos con ingresos variables, menores al salario mínimo o que desempeñan trabajos esporádicos.

Cambios clave para los independientes

El principal cambio es que cada contrato firmado por un trabajador independiente generará aportes obligatorios al sistema. Es decir, por cada acuerdo laboral se deberá cotizar de forma proporcional.

Los aportes obligatorios aplicarán a:

¿Quién paga los aportes?

Si el contrato es por prestación de servicios, el Artículo 21 de la reforma establece que el contratante podrá asumir la cotización al sistema de protección social integral, la cual incluye vejez, invalidez y sobrevivencia. Esto será posible si ambas partes lo acuerdan, en cuyo caso los aportes se descontarán directamente de los honorarios.

En caso de no llegar a un acuerdo, el contratista seguirá siendo responsable del pago de sus aportes.

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¿Sobre qué base se calculan?

El pago se realizará sobre una base mínima del 45 % del valor mensual de los ingresos, ya sea:

Cotización por días trabajados

La norma también contempla la posibilidad de cotizar por días. Esto aplica solo si la persona trabaja 20 días o menos en el mes. Si se laboran 21 días o más, se deberá cotizar sobre el mes completo.

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