El arrendamiento de un local comercial suele convertirse en una de las decisiones más sensibles para comerciantes y propietarios. A diferencia del alquiler de vivienda, este tipo de contrato no se rige por la Ley 820 de 2003, sino por los artículos 518 y siguientes del Código de Comercio, lo que implica reglas particulares que conviene tener claras antes de firmar.
Asimismo, la primera diferencia sustancial está en la finalidad del inmueble. Mientras la vivienda urbana protege el derecho a la habitación, el local comercial protege el ejercicio de una actividad económica. Esto cambia el enfoque jurídico del contrato y las garantías para cada parte.
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Obligaciones claras desde el inicio del contrato de arrendamiento
Uno de los puntos más relevantes al momento de arrendar es definir con precisión las obligaciones de cada parte. El arrendador debe entregar el inmueble en condiciones adecuadas para su uso y garantizar el goce pacífico del bien.
Por su parte, el arrendatario, es decir, el comerciante, está obligado a pagar el canon de arrendamiento y respetar la destinación pactada, es decir, desarrollar únicamente la actividad comercial acordada.
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Si el inmueble está sometido a propiedad horizontal, también debe cumplir con su reglamento. Este detalle, que suele pasarse por alto, puede generar sanciones o incluso conflictos contractuales si no se respeta.
Otro punto determinante es el tiempo. Si el establecimiento de comercio no ha cumplido dos años de funcionamiento en el lugar, el contrato puede terminarse al vencimiento del plazo pactado sin mayores restricciones. Sin embargo, una vez superados los dos años, el arrendatario adquiere una protección especial conocida como derecho de renovación.
¿Cuándo puede solicitarse la devolución?
Según lo explicado por el abogado David Bedoya, se deben cumplir algunas características para el causas para la finalización del contrato:
- Incumplimiento del arrendatario.
- Grave ruina del local, incluyendo reparaciones que se deban hacer.
- Arrendador necesita el local comercial, ya sea para su habitación o para colocar un establecimiento de comercio que debe ser sustancialmente diferente.
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Teniendo en cuenta esto, el arrendamiento de un local comercial y su debido solicitud de devolución debe apelarse en los contextos anteriormente mencionados:
“El arrendador debe enviar un escrito que se llama desahucio dentro de los 6 meses anteriores a la terminación del contrato”.
Asimismo, este tiempo es considerado prudente para “efecto de que el arrendatario tenga el tiempo de buscar otro lugar al cual irse y no afectar su operación normal”. Ahora bien, otro proceso es el siguiente:
“Si estamos dentro de la primera causal (Incumplimiento del arrendatario), la cual sería el incumplimiento de las obligaciones del arrendatario, ahí sí no necesitaría de los 6 meses. Simplemente sería enviarle una carta al arrendatario solicitándole la devolución del inmueble a causa del incumplimiento”.Asimismo, el experto explica más a profundidad en la siguiente entrevista:
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