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Ministro de Defensa y director de Policía, sancionados por desacatar tutela

Ministro de Defensa y director de Policía, sancionados por desacatar tutela

Por desacatar la orden de una tutela, el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo y el director de la policía general Oscar Atehortúa, fueron sancionados con tres días de arresto y una multa de dos salarios mínimos.

Así lo determinó el juzgado promiscuo del circuito de Chinchiná, Caldas, este miércoles en la noche al fallar en contra de los funcionarios.

El caso se dio a favor Faiber Jahir Moreno Salazar por el "incumplimiento a un fallo de tutela proferido el 26 de agosto de 2019”. El fallo ordenaba a la policía Nacional y al Ministerio de Defensa, promover el curso de ascenso al mayor Moreno Salazar.

La situación se da principalmente porque el mayor, Moreno Salazar, fue retirado de la Policía en el año 2008; posteriormente esta decisión fue declarada ilegal, por lo que fue reintegrado años más tarde.

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El conflicto se presenta cuando Moreno Salazar interpone la tutela, pidiendo el reconocimiento del tiempo que fue retirado de forma ilegal; no le permitió prestar sus servicios y reunir los requisitos necesarios para ser llamado al concurso de teniente coronel.

Según lo determinado en el documento el incumplimiento se presenta porque, "a pesar de haber sido sometido al procedimiento de evaluación de trayectoria profesional para ser llamado al curso de ascenso; (Moreno Salazar) fue notificado el 25 de febrero de 2020 que su nombre no había sido recomendado para presentar el concurso previo al curso de capacitación para ascenso al grado de teniente coronel (..)".

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Respuesta al fallo de tutela

Por su parte, el ministerio de defensa explico que “no superó la evaluación de la trayectoria profesional; no el concurso previo al curso de capacitaciones para ascenso al grado de teniente coronel. No obstante  fue reconocido como tiempo de servicios el lapso que estuvo sustraído del servicio activo; tanto así que a la fecha cuenta con 25 años 0 meses 25 días”

De igual forma la Policía Nacional expresó que, “realizaron un estudio detallado de la hoja de vida incluidos los diferentes informes presentados por los entes de control y autoridades judiciales disponiendo no recomendar”.

Finalmente, el Juez de Chinchiná expresó que las entidades demandadas, “no acreditaron el estudio ordenado con atención de las garantías constitucionales, de donde deviene que la mencionada ‘no recomendación’ del accionante resulta caprichosa e impide su derecho al ascenso dentro de la institución”.

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