La fiscal Adriana Bellavigna,encargada de lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 6 del Ministerio Público argentino, al tener conocimiento de las imágenes donde se presenta el caso donde una mujer cubre con bengalas el cuerpo de su hijo de 9 años para ingresar a la final de la Copa Libertadores en el estadio Monumental de River, inició junto al Cuerpo de Investigaciones Judiciales de la Ciudad (CIJ), una investigación que permitió identificar a la mujer que ejecutó este acto.
De acuerdo con la información oficial, el CIJ logró identificar a la mujer; luego de la confirmación se presentaron las pruebas a la fiscal, quien basándose en los artículos 106 y 107 del Código Penal, solicitó la orden de detención por el delito de poner en riesgo la vida del menor.
El Ministerio Público emitió un comunicado donde asegura que, “fue clave el software de tratamiento de imágenes y el trabajo con las redes sociales. En las imágenes relevadas, fue posible detectar el uso de un reloj en la persona que colocaba las bengalas al menor, objeto que se logró observar en otra imagen en una red social asociada a los identificados”.
Detuvieron a la mujer que le puso bengalas a un menor. Se expone a penas de dos a seis años de prisión. Vía @Domingol pic.twitter.com/4dsvxpf60m
— César Luis Merlo (@CLMerlo) November 25, 2018
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María Julia Correa, Jueza que trabaja en el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 28, dio la orden la detención, basándose en los siguientes artículos:
Artículo 106: "El que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse y a la que deba mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya incapacitado, será reprimido con prisión de 2 a 6 años. La pena será de reclusión o prisión de 3 a 10 años, si a consecuencia del abandono resultare grave daño en el cuerpo o en la salud de la víctima. Si ocurriere la muerte, la pena será de 5 a 15 años de reclusión o prisión".
Artículo 107: "El máximum y el mínimum de las penas establecidas en el artículo precedente, serán aumentados en un tercio cuando el delito fuera cometido por los padres contra sus hijos y por éstos contra aquéllos o por el cónyuge".
El Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, se encuentra evaluando a la familia de la menor.
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