Según la Resolución 17 de enero de 2015, algunas labores especificas entre las que se encuentran los vehículos de vigilancia, seguridad privada, de carga que transporten alimentos perecederos, de atención médica personalizada, transportes escolares, entre otros, requieren una mayor libertad al movilizarse en la ciudad de Cali.
Los interesados deberán presentar certificado laboral del conductor, copia del carné institucional en el que se acredite su cargo y entidad pública en la cual labora, licencia de conducción vigente, tarjeta de propiedad del vehículo, Soat y el certificado de revisión técnica mecánica.
Una vez estudiados los documentos, la Secretaría de Tránsito responderá a cada solicitud, y los vehículos aceptados, quedaran registrados en los equipos de fotodetección para que no se les sancione.
De igual manera, si el automóvil es detenido por un agente de Tránsito, este deberá verificar que se encuentre dentro de la excepción y no podrá aplicarle la infracción por movilizarse en horas de pico y placa.