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Policía de Cali investiga polígono de tiro ilegal en el sector de Navarro

Policía de Cali investiga polígono de tiro ilegal en el sector de Navarro

Especial para 90minutos.co

La Policía Metropolitana de Cali dispuso de un grupo especial del GOES y SIJIN para investigar qué sucede tras un polígono ilegal instalado en el sector de Navarro.

De acuerdo con las autoridades, en días pasados, se denunciaron e identificaron, por lo menos, siete blancos de tiro hechos con impresiones de figuras humanas. Los vecinos del corregimiento manifestaron su temor al visualizar siluetas humanas en hojas blancas fijadas en el suelo con estacas o, incluso, en árboles.

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"El grupo está en la parte rural tratando de verificar y sobre todo quien colocó eso y para qué".

Brigadier General Juan Carlos León Montes, comandante de la Policía.

Es posible que bandas delincuenciales estuvieran asistiendo a la zona para practicar su puntería. Mientras se determina la razón, la Policía adelanta investigaciones para esclarecer la situación; Además, esto es debido que existe una preocupación por “ser una vía pública que lleva al antiguo botadero de basura”.

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En el Decreto 1809 de 1994, por el cual se reglamenta el Decreto 2535 de 1933, que tiene por objeto fijar normas y requisitos para la tenencia y el porte de armas, se derivan los artículos que explican los requisitos y la solicitud que se requiere para el funcionamiento de los polígonos de tiro.

Conseguir un permiso legalmente

Según el Artículo 4 de este documento, “a los coleccionistas y deportistas debidamente registrados, por índole de su afición o práctica deportiva, se les expedirán permisos de tenencia”; además, todas las armas fabricadas antes del año 1900, no requieren permiso de porte más que una credencial expedida por el Comando General de las Fuerzas Militares.

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Por otro lado, el Artículo 5 establece los requisitos para la instalación de polígonos; este hace referencia el artículo 30 del Decreto 2535 de 1993:

  1. Solicitud motivada dirigida al Comandante General de las Fuerzas Militares con datos como: Nombre, apellidos completos, número de cédula de ciudadanía y dirección del solicitante. De igual forma, la Localización exacta del lugar en donde se proyecta instalar el polígono.
  2. Certificado judicial vigente.
  3. Concepto favorable expedido por la respectiva autoridad militar con jurisdicción, en el que se indique que el lugar de instalación reúne las condiciones estipuladas en el Manual que posee el Ejército Nacional; así como también que el personal tiene las condiciones de idoneidad en el manejo y conservación de armas.
  4. Apertura de un libro con ciertas indicaciones que reúna todos los datos necesarios de la persona que utiliza el polígono.
  5. Concepto expedido por la autoridad civil que indique que la instalación del polígono no afecta la tranquilidad y seguridad públicas.
  6. Todo polígono debe tener un administrador responsable. Esta persona deberá acreditar su idoneidad en el manejo de armas, debidamente inscrito en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

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Finalmente, el Artículo 7 establece que “el Comité de armas del Ministerio de Defensa Nacional, estudiará y decidirá sobre todas las peticiones que se formulen”.

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