La Alcaldía de Cali compartió el decreto en el que se plantean las medidas que se aplicarán en la ciudad, durante el fin de semana. El documento también presentó un listado con 29 excepciones.
De la medida, estarán exentos, el personal médico, de odontología, farmacéutico, hospitalario y Clínico. Que incluye médicos tradicionales de las comunidades indígenas; debidamente acreditados por sus cabildos.
Así como la asistencia a citas agendadas previamente. Medida que aplicará igualmente para emergencias veterinarias.
Dentro de las excepciones también está considerada, la cadena de producción y distribución de productos de primera necesidad. Sin embargo, para su adquisición podrá desplazarse una sola persona; atendiendo el pico y cedula.
También podrán movilizarse quienes estén debidamente acreditados como miembros de la fuerza pública; Ministerio Publico, Defensa Civil, Cruz Roja, Defensoría del Pueblo y Cuerpo de Bomberos.
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Además, están exentas las actividades necesarias para garantizar la operación de servicios públicos. Así mismo están incluidas actividades de plomería, servicios de aseo y cuidado doméstico. Al igual que personal de vigilancia y seguridad privada .
El decreto también establece excepción para medios de comunicación; programas institucionales de ayuda humanitaria, espiritual y psicológica. Igualmente podrán operar Centros de Protección a víctimas de violación de derechos humanos.
Una persona por núcleo familiar podrá sacar a la mascota o animales de compañía. Y se permitirá la practica individual de actividades deportivas al aire libre; en un kilometre a la redonda de su lugar de domicilio.
Por otra parte, se permitirá la comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos; por entrega a domicilio.
Otras excepciones
- Servicios funerarios, entierros y cremaciones.
- Transporte, suministro y distribución de combustibles.
- Desplazamiento por viajes en transporte aéreo, terrestre, intermunicipal, especial o particular. Que tengan viajes programados o reservas en hoteles y hospedajes.
- Personal operativo esencial para el funcionamiento de los sistemas de transporte público Masivo y colectivo;
- Personal que labora por turnos en empresas que adelanten sus procesos productivos 24/7.
- Vehículos destinados al control de tráfico y grúas.
- Cuidado institucional o domiciliario de mayores o personas especialmente vulnerables.
- La ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública.
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