Icono del sitio Noticiero 90 Minutos

Corte Constitucional toma decisión importante respecto a los procesos de embargo

Corte Constitucional toma decisión importante respecto a los procesos de embargo

Imagen realizada por Meta AI y Canva AI.

En una decisión que ha generado gran alegría entre los amantes de los animales, la Corte Constitucional de Colombia ha establecido que las mascotas no pueden ser embargadas en procesos judiciales.

Este fallo histórico reconoce el profundo vínculo afectivo que las personas establecen con sus animales de compañía y los considera parte integral de sus familias.

Únete a nuestro canal de WhatsApp

La inclusión de las mascotas en la lista de bienes inembargables es un hito en la lucha por los derechos de los animales en Colombia.

Esta decisión reconoce que los animales de compañía no son simples objetos, sino seres sintientes que merecen protección y respeto.

El presidente de la Corte Constitucional y magistrado José Fernando Reyes Cuartas explicó que esta decisión busca llenar un vacío legal y garantizar que los animales no sean utilizados como moneda de cambio en situaciones de conflicto.

Al considerar a las mascotas como miembros de la familia, la Corte Constitucional ha dado un paso importante hacia una sociedad más justa y compasiva.

Lea también: ¿Cómo saber si mi gato está enfermo? Atento a estas señales

¿Qué significa esto para los dueños de mascotas?

Esta decisión brinda tranquilidad a millones de colombianos que comparten su vida con una mascota.

Ahora, en caso de enfrentar dificultades económicas o legales, los dueños de mascotas pueden estar seguros de que sus fieles compañeros no serán separados de ellos.

Más allá de las mascotas: otros bienes protegidos en el proceso de embargo

Mediante la reciente reforma al artículo 594 del Código General del Proceso, se ha ampliado el catálogo de bienes inembargables, además de las mascotas, también otros bienes de primera necesidad como:

Artículo relacionado

Sigue nuestras redes sociales:

Salir de la versión móvil