Colombia

Gobierno de Panamá incluyó Colombia en listado de jurisdicciones y cuentas financieras de residentes fiscales

Con el decreto 343 el Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá podría recibir información correspondiente a 2019 de los residentes fiscales colombianos.

Gobierno de Panamá incluyó Colombia en listado de jurisdicciones y cuentas financieras de residentes fiscales

Con el decreto 343 el Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá podría recibir información correspondiente a 2019 de los residentes fiscales colombianos.

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El Gobierno de Panamá ha incluido a Colombia en el listado de jurisdicciones, quienes recibirán información sobre las cuentas financieras de los titulares o beneficiarios finales que sean residentes fiscales colombianos, incluyendo información de 2019.

El Decreto fue firmado por el Presidente Laurentino Cortizo Cohen, determina que las diferentes instituciones financieras panameñas deberán entregar información a la Dirección General de Ingresos de la República de Panamá sobre las cuentas financieras cuyos titulares o beneficiarios finales sean residentes fiscales colombianos.

El Acuerdo Multilateral entre Autoridades Tributarias (MCAA) del cual hace parte Colombia, le permite a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) intercambiar de manera automática durante el 2020 información sobre cuentas financieras con 104 jurisdicciones; mientras que con la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal (MAC), puede intercambiar información tributaria previa petición con 125 jurisdicciones, incluido Panamá.

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La información brindada por Panamá se añadirá a la información reportada por otras jurisdicciones a la Autoridad Tributaria, lo que permite a la DIAN tener el conocimiento de los activos y pasivos que se encuentren en el exterior de los residentes colombianos y el valor de los mismos.

Es así como el Director de la DIAN, José Andrés Romero Tarazona, recordó que el próximo 25 de septiembre vence el plazo para que los residentes fiscales en Colombia declaren, liquiden y paguen el impuesto de normalización tributaria, como impuesto complementario al impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio, mediante el cual los contribuyentes que tengan activos omitidos, activos declarados inexactos o pasivos inexistentes a 1 de enero de 2020, pueden normalizar su situación fiscal.

El código penal establece que la omisión de activos, activos declarados inexactos o inclusión de pasivos inexistentes puede traer como consecuencia la pena privativa de la libertad de 48 a 108 meses y una multa del 20% del valor del activo omitido, del valor del activo declarado inexactamente o del valor del pasivo inexistente.

Con información de la DIAN

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Reforma pensional: Así avanza el segundo debate en el Senado

Hasta el momento, la reforma pensional queda a 12 artículos de ser aprobada en su segundo debate en el Senado.

Reforma pensional: Así avanza el segundo debate en el Senado
@SenadoGovCo

Hasta el momento, la reforma pensional queda a 12 artículos de ser aprobada en su segundo debate en el Senado.

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En la tarde de este martes, 23 de abril, continúa el debate de la reforma pensional en el Senado. Cabe mencionar que aún faltan 23 artículos por votar y se espera que estos puedan ser discutidos hoy.

Por su parte, Gloria Inés Ramírez, ministra de Trabajo, advirtió que se deberán aprobar los artículos faltantes o la iniciativa podría hundirse.

Es importante recordar que, este lunes 22 de abril, se aprobaron 14 artículos tras algunas dificultades que tuvo el oficialismo para avanzar. A pesar de que ya han sido aprobados, casi todos los artículos ‘delicados’. Aún existen algunos que faltan por debatir.

Así avanza el debate

Cerca de las 3:40 p.m., el presidente del Senado, Iván Name, inició el debate de la reforma pensional e informó que hay cuórum decisorio.

Tras empezar formalmente el debate, se votaron los artículos 4, 7, 13, 14 y 16, algunos de ellos con modificaciones. Con 48 votos por el sí y 9 en contra fueron aprobados.

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Por otro lado, la modificación al artículo 2 presentada por el senador Guido Echeverry fue rechazada con 19 votos por el sí y 46 por el no.

Asimismo, se conoció que fueron aprobados los artículos 2 y 10 como vienen en la ponencia. Así como también fueron aprobados los artículos 17 y 20 con 48 votos por el sí y 2 por el no

En Plenaria también aprobaron los artículos 21 y 25 del texto de la reforma pensional. Sin embargo, Paloma Valencia alegó posibles irregularidades, por lo que María José Pizarro, aceptó repetir la deliberación.

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¿Cómo restringir las comunicaciones de carácter comercial?

¿Ha sido usted víctima de llamadas, correos electrónicos o incluso mensajes de texto con publicidad de entidades comerciales a los que usted no se ha registrado? Entra en vigencia la Ley Dejen de Fregar

¿Ha sido usted víctima de llamadas, correos electrónicos o incluso mensajes de texto con publicidad de entidades comerciales a los que usted no se ha registrado? Entra en vigencia la Ley Dejen de Fregar

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Debido a las constantes quejas sobre llamadas, mensajes de texto y correos electrónicos con publicidad de diferentes entidades comerciales; el ministerio de las TIC y la comisión de regulación de comunicaciones habilito el funcionamiento del Registro de Números Excluido (RNE) una base de datos en la que puede inscribir su número telefónico y correo electrónico para restringir las comunicaciones de carácter comercial.

De conformidad con la Ley 2300 de 2023, cualquier consumidor podrá inscribirse en el RNE; para solicitar su exclusión de ser contactado para fines comerciales y publicitarios a través de mensajería.

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Para esto es importante tener en cuenta la siguiente información:

•La inscripción en el RNE no implica que el usuario no recibirá mensajes relacionados con la prestación del servicio por parte de su operador, tales como avisos de vencimiento o corte de facturación.

•La inscripción en el RNE no implica la no prestación de servicios de mensajes comerciales o publicitarios solicitados por el usuario antes de realizar la inscripción correspondiente, ni tampoco aquellos que sean solicitados expresamente con posterioridad a dicha inscripción.

• Recuerde que debe ser titular de la línea fija, móvil o del correo electrónico a registrar.

•En cualquier momento, puede solicitar de forma gratuita que su número telefónico sea eliminado de dicho registro en el día hábil siguiente.

Teniendo en cuenta la información anterior, podrá inscribirse de la siguiente manera:

-Deberá ingresar a la página www.tramitescrcom.gov.co

-Buscar la sección “¡Aquí Puedes Realizar! “y seleccionar la opción “Registro de Números Excluidos”. 

-Leer la información que aparece en la página y acepte los términos y condiciones en la parte final. Cree un usuario y contraseña; y llene los datos solicitados.

-Verifique su correo electrónico.

-Una vez completado, el usuario recibirá un correo electrónico con un enlace para validar su registro. Ahí deberá iniciar sesión y selecciona la opción "Inscribir número".

-Ingrese el número de teléfono que desee registrar.

-Acepte los términos y condiciones, y finalmente su número estará registrado en el RNE.

Después de realizada la inscripción correspondiente, el operador o empresas comerciales deberán dejar de enviarle mensajes con contenido comercial dentro de los cinco días hábiles siguientes.

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Colombia

Reclamar pasaporte en Colombia: Recuerde el plazo máximo para adquirirlo

Las entidades encargadas de la distribución del documento en el país hacen un llamado para que los ciudadanos que adelanten el documento, se acerquen a reclamarlo dentro del tiempo pactado.

Reclamar pasaporte en Colombia: Recuerde el plazo máximo para adquirirlo
Tomada de las página web de la cancillería.

Las entidades encargadas de la distribución del documento en el país hacen un llamado para que los ciudadanos que adelanten el documento, se acerquen a reclamarlo dentro del tiempo pactado.

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Sacar el pasaporte en Colombia por primera vez, es algo que no debería preocupar a los interesados, ya que el proceso es fácil, siempre y cuando cumplas con una serie de requisitos para sacar el pasaporte colombiano; exigidos por la oficina del Ministerio de Relaciones Exteriores.

A su vez, la Cancillería de Colombia recuerda a los ciudadanos que el plazo máximo para reclamar su pasaporte es de seis (6) meses a partir de la fecha de expedición.

Si pasado este tiempo el pasaporte no es reclamado, será devuelto a la Cancillería y destruido.

¿Qué documentos necesito presentar?

Para reclamar tu pasaporte, debes presentar los siguientes documentos:

  • Cédula de ciudadanía original
  • Recibo de pago del pasaporte

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Puedes reclamar tu pasaporte en la oficina donde lo solicitaste o en cualquiera de las oficinas de la Cancillería en todo el país. Eso sí, dentro del tiempo delimitado por las entidades oficiales.

En el caso del Valle del Cauca, la Gobernación hizo una pequeña campaña para recordar a aquellos vallecaucanos el tiempo límite de entrega del documento.

Asimismo, recuerda que puedes reclamar tu pasaporte tres (3) días hábiles después de haber realizado tu segundo pago.

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Consejos para evitar que tu pasaporte sea devuelto a la Cancillería

Igualmente, reclamar el pasaporte en Colombia debería tener previamente en cuenta los siguientes consejos:

  • Planifica tu viaje con anticipación y solicita tu pasaporte con tiempo suficiente.
  • Guarda tu recibo de pago del pasaporte en un lugar seguro.
  • Consulta el estado de tu trámite de pasaporte en la página web de la Cancillería.
  • Reclama tu pasaporte dentro del plazo máximo de seis (6) meses.

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