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No debe estar casada para demandar indemnización por violencia de género: Corte

No debe estar casada para demandar indemnización por violencia de género: Corte

Especial para 90minutos.co

La Sala Civil de la Corte Suprema extendió la protección de las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar que sean agredidas por sus compañeros permanentes, pero no estén casadas; es decir que podrán demandar por indemnización ante un juez de familia.

El alto tribunal se puso de lado de las mujeres que sufren violencia intrafamiliar al estudiar el caso de una mujer que dio una batalla legal para que se reconociera que tenía unión libre con su pareja; a quien denunció por violencia física. Al final del caso, la sentencia terminó por reconocer una reparación por los daños que ella sufrió.

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“las víctimas de violencia física, sexual, emocional o económica ejercida por su compañero permanente, podrán solicitar la indemnización de las secuelas dañosas que hayan padecido; a través de un incidente especial de reparación; que se adelantará en el mismo escenario judicial donde se debatió la configuración del lazo marital de hecho”, se lee en la sentencia.

De la misma forma, en el documento se añade que “no se trata de crear un nuevo rubro indemnizatorio; sino de ofrecer una senda suplementaria para que se ejerza la misma acción de responsabilidad”.

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Una reparación efectiva para las víctimas

Según la Corte Suprema, la justicia “ha de ofrecerle a la mujer violentada una solución procesal adecuada; que no solo le permita acceder a la definición de su estado civil de compañera permanente, sino también a la reparación integral de los daños”.

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El magistrado ponente, Luis Alonso Rico, escribió que “es necesario, pues, repensar el propósito del juicio de existencia de unión marital de hecho, para conferirle una nueva función como espacio para que la voz de las víctimas de violencia intrafamiliar o de género sea escuchada”.

Fue así que la Sala Civil del alto tribunal accedió a crear esta nueva subregla de los procesos de unión marital ante jueces de familia. “De lo contrario, la violencia intrafamiliar o de género quedaría invisibilizada; aumentando las posibilidades de que el agresor no asuma jamás el costo de su conducta dañosa; e incluso, contraria a los valores de respeto y solidaridad propios de la familia”, añade la sentencia.

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