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¡Ojo! Estas son las multas que existen para peatones en Colombia

¡Ojo! Estas son las multas que existen para peatones en Colombia

Tomada de Unsplash

Aunque los peatones son considerados los actores viales más vulnerables, también tienen responsabilidades y obligaciones que deben cumplir si no quieren adquirir multas según el Código Nacional de Tránsito en Colombia.

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El incumplimiento de estas normas puede acarrear sanciones económicas para los peatones.

Algunas de las infracciones que pueden ser multadas incluyen cruzar por lugares no permitidos, transitar sobre el guardavías del ferrocarril, obstaculizar o poner en riesgo a otros usuarios de la vía, no obedecer las señales de tránsito o las indicaciones de las autoridades, entre otras.

Por lo tanto, los peatones deben estar atentos a cumplir con las reglas de tránsito para evitar sanciones económicas.

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Este es el listado de multas para peatones

F01Invadir la zona destinada al tránsito de vehículos, ni transitar en ésta en patines, monopatines, patinetas o similares.$38.329
F02Llevar, sin las debidas precauciones, elementos que puedan obstaculizar o afectar el tránsito.$38.329
F03Cruzar por sitios no permitidos o transitar sobre el guardavías del ferrocarril.$38.329
F04Ubicarse delante o detrás de un vehículo que tenga el motor encendido.$38.329
F05Remolcarse de vehículos en movimiento.$38.329
F06Actuar de manera que ponga en peligro su integridad física.$38.329
F07Cruzar la vía atravesando el tráfico vehicular en lugares en donde existen pasos peatonales.$38.329
F08Ocupar la zona de seguridad y protección de la vía férrea, la cual se establece a una distancia no menor de 12 metros a lado y lado del eje de la vía férrea.$38.329
F09Subirse o bajarse de los vehículos en movimiento, cualquiera que sea la operación o maniobra. $38.329
F10Transitar por los túneles, puentes y viaductos de las vías férreas.$38.329
F11En relación con el SUMP, estos no deben ocupar la zona de seguridad y corredores de tránsito de los vehículos del SUMP, fuera de los lugares expresamente autorizados y habilitados para ello.$38.329
F12Dentro del perímetro urbano, el cruce debe hacerse sólo para las zonas autorizadas como los puentes peatonales, los pasos peatonales y las bocacalles.$38.329

¿Cómo saber si se tienen comparendos peatonales?

  1. Ingrese al sitio web de la Secretaría de Movilidad de su ciudad o municipio. Muchas de estas entidades tienen una sección de "Consulta de Comparendos" donde puede ingresar su número de cédula.
  2. En la sección de consulta, ingrese su número de documento de identidad. Esto le permitirá ver si tiene algún comparendo registrado a su nombre por infracciones cometidas como peatón.
  3. Algunas ciudades también permiten consultar los comparendos a través de aplicaciones móviles o líneas telefónicas. Revise los canales de atención de la autoridad de tránsito de su localidad.
  4. Si tiene un comparendo, la consulta le mostrará detalles como la fecha, lugar, tipo de infracción y el monto de la multa correspondiente.
  5. En caso de estar en desacuerdo con el comparendo, puede interponer los recursos de ley dentro de los plazos establecidos, como la presentación de descargos.

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