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FLIP lanza alerta por restricciones de MinInterior durante las elecciones

FLIP lanza alerta por restricciones de MinInterior durante las elecciones

Especial para 90minutos.co

La Fundación para la Libertad de Prensa se pronunció frente al Decreto 1702 de 2023 para las elecciones y aseguró que no es compatible con los parámetros constitucionales sobre la libertad de expresión. Además, fueron enfáticos en que esto afectaba el derecho a informar y a ser informado en las elecciones.

Estas restricciones, días antes de las elecciones del 2023, han generado confusión entre los medios y periodistas que cubrirán las jornadas electorales el próximo 29 de octubre.

Según el Artículo 4 de este Decreto, se prohíbe toda clase de “entrevistas con fines político-electorales a través de radio, prensa y televisión”.

“Esto es una restricción arbitraria considerando que las declaraciones de candidatos son un asunto de interés público y es común que los medios acudan a buscar ese tipo de entrevistas ese día. La norma no ofrece criterios para diferenciar una entrevista que tenga fines político electorales de una que no los tenga”.

FLIP.

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Otras restricciones en el Decreto para las elecciones 2023

Además, en el Artículo 13 explica que durante este domingo, 29 de octubre, “solo podrán brindar información de orden público que previamente sea confirmada por fuentes oficiales”.

De acuerdo con la FLIP, esto afecta el ejercicio periodístico, ya que no puede haber fuentes de información vedadas o prohibidas.

“No es aceptable que el Ministerio exija que las publicaciones sobre asuntos de interés nacional, como este tipo de acciones, deban tener una aprobación previa de una autoridad pública. Adicionalmente, en muchas zonas del país, las autoridades locales dicen no estar autorizadas para confirmar este tipo de informaciones y remiten a los reporteros a los voceros nacionales”.

Fundación para la Libertad de Prensa, Flip.

Asimismo, en el Artículo 7 del Decreto determina que el uso del celular y cámaras fotográficas y de video en los puestos de votación está prohibido “durante las 8 am y las 4 pm”. Únicamente se permitirá el uso de estos dispositivos por parte de los medios de comunicación “previa coordinación con la Registraduría Nacional del Estado Civil”.

Esta prohibición no resulta acorde a la libertad de expresión, ya que es una medida que limita a que la ciudadanía ejerza su derecho a hacer veeduría del proceso electoral.

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¿Cuándo un país puede prohibir la libertad de expresión?

La FLIP recuerda que la Convención Americana de Derechos Humanos indica que cuando un Estado quiera limitar la libertad de expresión de manera legítima debe cumplir con tres requisitos:

  1. La restricción debe estar previamente consagrada en una ley redactada de manera precisa y clara.
  2. La restricción debe ser necesaria para el logro de objetivos autorizados por la misma Convención (es decir la vigencia de otros derechos humanos).
  3. Se demuestre que la restricción es necesaria y absolutamente proporcional.

“Ninguno de estos tres artículos mencionados arriba supera el test tripartito pues de entrada las limitaciones que contemplan no existen en ninguna otra Ley. A su vez, esta normativa debe contemplar que la libertad de prensa contribuye a la garantía del acceso a la información y no es un obstáculo como el decreto pareciera insinuar”.

Fundación para la Libertad de Prensa, Flip.

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No es la primera vez que pasa

En las elecciones regionales de 2019 y las legislativas de 2022, el Ministerio del Interior también expidió normas que contienían disposiciones que limitaban el ejercicio periodístico en este día.

En ese entonces, la FLIP envió cartas al MinInterior, al Registrador y al Presidente del Consejo Nacional Electoral sobre las preocupaciones que dejó el trabajo de las autoridades durante las jornadas electorales de 2019 y 2022.

“Con esto, se esperaba formular una serie de recomendaciones para brindar las condiciones óptimas para el ejercicio de la libertad de prensa; no obstante, las entidades nunca respondieron”.

Fundación para la Libertad de Prensa, Flip.

Adicionalmente, la FLIP hace un llamado al Ministerio del Interior para que modifique el decreto y lo enmiende, teniendo en cuenta los parámetros constitucionales, que garanticen los derechos a la libertad de expresión y de prensa.

“Es necesario que la Registraduría, la Policía y el CNE, garanticen que las y los periodistas del país puedan llevar a cabo sus labores durante las jornadas electorales sin temor de enfrentar obstáculos o sufrir represalias”.

Fundación para la Libertad de Prensa, Flip.

Durante este año, y hasta octubre, la FLIP registró 69 agresiones a periodistas por parte de grupos armados y 40 casos relacionados con el cubrimiento electoral.

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