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Ya quedó la nueva nivelación salarial para los maestros en Colombia

Ya quedó la nueva nivelación salarial para los maestros en Colombia

Especial para 90minutos.co

El Gobierno Nacional emitió un decreto que regula la nivelación salarial de los maestros para este año, 2023.

Este nuevo decreto establece una bonificación para los directores y docentes de instituciones educativas públicas en todo el país.

De acuerdo con el Decreto 2000 del 21 de noviembre de 2023, los profesores y directivos docentes tendrán una bonificación extra del 0,4% sobre el salario que recibían el año pasado. Dicho aumento en la remuneración de los docentes será financiado por medio del Sistema General de Participaciones.

“Se crea una bonificación para los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media, que se pagan con cargo al Sistema General de Participaciones y otras fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones”.

Se lee en el decreto. 

De esta manera, se anunció que el incremento va a ser efectivo de forma retroactiva desde el 1 de enero de 2023 y estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre del mismo año.

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Vinculación laboral

Cabe señalar, que para recibir la bonificación, es importante que los profesores y directivos conserven su vinculación laboral durante el periodo mencionado

“Adicionalmente, este beneficio será tenido en cuenta como base para la liquidación del incremento salarial para el año 2024″.

Aseguró en un comunicado de prensa difundido por el Ministerio de Educación.

Por su parte, según el Decreto 2000 de 2023, el valor de la bonificación mensual para los docentes y directivos docentes dependerá del grado de escalafón en el que estén. 

Bonificación para el año 2023/ Ministerio de Educación

Finalmente, en la resolución se indicó que “ninguna autoridad podrá establecer o modificar la bonificación establecida en el presente Decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4a de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos”.

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