Icono del sitio Noticiero 90 Minutos

En firme fallo de primera instancia contra exalcalde de Guapi, Cauca

En firme fallo de primera instancia contra exalcalde de Guapi, Cauca

El exmandatario incumplió lo dispuesto en la ley porque no celebró ni presidió en el año 2011 ni una sola de las sesiones correspondientes a los concejos de Política Social, pese a que el artículo 207 del Código de Infancia y Adolescencia   la (Ley 1098 de 2006) señala como mínimo la celebración y dirección de cuatro sesiones al año.

Al respecto el Ministerio Público recordó que los Consejos Municipales de Política Social (Compos) han sido concebidos como un espacio que posibilita la movilización y apropiación de los recursos presupuestales, así como la definición de las líneas de acción para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes y asegurar su protección y rehabilitación.

Por lo tanto “no se está simplemente poniendo de presente que faltó la realización de las sesiones del consejo de Política Social, sino el ejercicio de derechos y libertades de la infancia y adolescencia”, puntualizó el órgano de control.

La falta fue calificada como grave, cometida a título de culpa grave, teniendo en cuenta que el funcionario incumplió con sus funciones atinentes a la atención y garantía de derechos de la población vulnerable con necesidades básicas insatisfechas.

El fallo de primera instancia proferido por la Procuraduría no fue apelado y en consecuencia, la decisión disciplinaria quedó en firme.

 

 

 

Salir de la versión móvil