La Corte Constitucional volvió a pronunciarse sobre la eutanasia, esto luego de que en el año 2021 ampliaran el derecho a morir dignamente y permitir la eutanasia en pacientes no terminales cuando el procedimiento sea realizado por un médico, con consentimiento informado de pacientes con intenso sufrimiento por una lesión corporal o enfermedad grave e incurable.
El alto tribunal trajo a colación el caso de Martha Liria Sepúlveda, quien entre el 2021 y el 2022 fue el rostro visible de las barreras a las que se enfrentan las personas que, en Colombia, buscan de forma voluntaria una muerte digna.
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Por ello, la Corte Constitucional insistió que esos obstáculos deben finalizarse, esto debido a que, hasta la fecha, no se ha actualizado la regulación sobre el acceso a una muerte digna, “ni mucho menos el Congreso ha avanzado en la regulación integral de la materia por medio de una ley estatutaria” para la eutanasia.
Lo anterior, para que se ejerza “el libre ejercicio de la autodeterminación de las personas en aplicación de sus derechos fundamentales a una vida digna; al libre desarrollo de la personalidad y al respeto de la prohibición de tratos crueles, inhumanos y degradantes”.
El caso de Martha Sepúlveda
Y es que, esta determinación se realiza en el estudio de la tutela que, en su momento, presentó Martha Liria Sepúlveda, con 51 años de edad, quien padecía un diagnóstico de Esclerosis Lateral Amiotrófica, ELA, que le ocasionaba el deterioro progresivo de sus facultades motoras y un sufrimiento que ella misma denominó como “incompatible con su proyecto de vida”.
En el mes de julio de 2021, Martha pidió por voluntad anticipada que se le realizara la eutanasia y en agosto de ese mismo año le fue aprobada. En octubre, una semana antes de la fecha en la que debía morir, Noticias Caracol realizó un reportaje sobre Martha, quien se iba a convertir en la primera persona en morir dignamente, a voluntad, sin tener un diagnóstico no terminal.
Lamentablemente, la IPS Instituto Colombiano del Dolor, Incodol, revocó su decisión. Frente a esto, la mujer presentó una acción de tutela contra el instituto; pidiendo proteger sus derechos a la muerte digna, dignidad humana, vida digna, libre desarrollo de la personalidad y no ser expuesta a tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Martha Sepúlveda solicitó que se le aplicara la eutanasia y que le pidieran disculpas públicas. Posteriormente, el 14 de octubre de 2021, un juzgado de circuito de Medellín admitió la tutela, y dos semanas después ordenó el procedimiento médico; pero rechazó la petición de perdón.
Luego de varios meses de espera, en enero de 2022, Martha falleció dignamente. Debido a este caso, la Corte dijo que considera pertinente “pronunciarse sobre la problemática discutida, en atención a la necesidad de avanzar en la protección del derecho a la vida en el marco de la posibilidad de las personas de decidir sobre tener una muerte digna”.
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